A la Federació sólo le queda ya la vía jurídica para que vuelvan las ligas suspendidas

El nuevo decreto de la Conselleria de Sanitat Universal i Salut Pública de la Generalitat Valenciana amplía la prohibición de competir para el fútbol y el fútbol sala territorial hasta el 12 de abril.

Tal y como publicamos ayer en un comunicado, esta nueva resolución provoca consternación y rechazo en la FFCV, que luchará junto a los clubes por reanudar cuanto antes las competiciones federadas.

La única novedad del nuevo decreto respecto del anterior es la apertura de pabellones para los entrenamientos de fútbol sala, con uso de mascarilla y con horario limitado a las 20:00 horas.

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Además, la redacción del decreto contempla una variación en los entrenamientos de fútbol 8 y futsal base, que hasta la fecha sólo podían desarrollarse en grupos de 4 jugadores/as.

Según el nuevo decreto de la Generalitat, el número límite de jugadores y jugadoras se amplía a los 10.

#JuguemSegurs

El fútbol federado ha cumplido en todo momento con las indicaciones de la Generalitat Valenciana, llegando a suspender voluntariamente las competiciones en solidaridad con los afectados por la pandemia. Pero eso, en lugar de ser premiado, parece haberle penalizado.

La FFCV agotará todos los argumentos jurídicos a su alcance para revertir esta situación que provoca un trato desigual entre el deporte y el resto de actividades cotidianas.

La FFCV reclamará, en nombre propio y de todos sus clubes afiliados, daños y perjuicios por responsabilidad patrimonial de la Administración hasta sus últimas consecuencias.

El mundo del fútbol confía en que la Generalitat recapacite su decisión, ya que su labor es resolver un problema, no agrandarlo. Se agotó el tiempo de las excusas y los pretextos, es hora de volver a jugar a fútbol y al futsal.

Grupos de 10 para entrenar

Por lo que respecta a los deportistas federados o no federados en edad escolar en las etapas educativas de infantil y primaria, categorías alevín, benjamín y prebenjamín, se modifica la normativa anterior, permitiéndose la participación de grupos de 10 deportistas, en vez de los cuatro deportistas que permitía la normativa anterior.

De igual manera sigue sin permitirse el contacto físico, o sea, se continúa castigando a los niños al no poder practicar su deporte con normalidad.

12.2. Actividad física y deportiva de la población en edad escolar de las etapas educativas de Infantil y Primaria fuera de la jornada escolar.

12.2.1. Actividades deportivas de grupo y entrenamientos deportivos.

a) La población en edad escolar de las etapas educativas de Infantil y Primaria podrá participar fuera de la jornada escolar en actividades deportivas grupales y en entrenamientos deportivos, con un máximo de 10 personas deportistas con las limitaciones que establece el apartado siguiente.

b) En todo caso, las actividades deportivas grupales y los entrenamientos deportivos se desarrollarán en grupos estables y evitando los contactos con otros grupos de actividad o de entrenamiento. Así mismo, se podrán realizar únicamente dinámicas deportivas individuales y sin contacto físico, que permiten garantizar en todo momento la distancia de seguridad entre los deportistas participantes. Para la realización de actividad deportiva en instalaciones cerradas será obligatorio el uso de mascarilla.

c) Las actividades deportivas grupales y los entrenamientos deportivos se desarrollarán, en todo caso, sin público. Los acompañantes de los menores que participan en las actividades no podrán permanecer en las instalaciones deportivas y evitarán en todo caso permanecer en los alrededores de las instalaciones y generar situaciones de aglomeración de personas.

d) La actividad física y la práctica deportiva que se realice en actividades lectivas, extraescolares o complementarías durante la jornada escolar, se someterá a las disposiciones de los Protocolos vigentes en cada momento para los centros escolares, adoptados por la Conselleria competente en materia de Educación y por la Conselleria competente en materia de Sanidad.

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