Bajarán seis a Liga Nacional Juvenil con una primera fase de dos grupos de 10 equipos

CIRCULAR Nº 8
NORMAS REGULADORAS Y BASES DE COMPETICIÓN DE COMPETICIONES JUVENILES
DE ÁMBITO ESTATAL
Por la presente Circular se publica la normativa reguladora de la organización y
desarrollo de las competiciones juveniles de ámbito estatal correspondientes a la actual
temporada 2020/21, integradas por las siguientes:
División de Honor Juvenil.
Liga Nacional Juvenil.
Campeonato de España / Copa de S.M. El Rey Juvenil.
Copa de Campeones.
Se unen las referidas normas y los anexos correspondientes.

1
NORMAS REGULADORAS Y BASES DE
COMPETICIÓN DE COMPETICIONES
JUVENILES DE ÁMBITO ESTATAL
TEMPORADA 2020/2021

2
DISPOSICIONES GENERALES
PREVIA. – RÉGIMEN APLICABLE.
Las competiciones oficiales juveniles de ámbito estatal de la temporada 2020/2021, tanto en
su organización como en su desarrollo, se regirán, específicamente, por las presentes Normas
Reguladoras y Bases de Competición, ello sin perjuicio, de lo dispuesto en las demás normas
que conforman el ordenamiento jurídico federativo.
La Real Federación Española de Fútbol se reserva el derecho de introducir las modificaciones
necesarias de su competencia o, en su caso, a proponerlo al órgano competente e interpretar
las presentes Normas Reguladoras y Bases de Competición.
PRIMERA. – TITULARIDAD Y CLASIFICACIÓN DE LA COMPETICIÓN.
Las competiciones juveniles de ámbito estatal, son competiciones oficiales, correspondiendo
la titularidad, en exclusiva, a la Real Federación Española de Fútbol.
SEGUNDA. – CALENDARIO.
Las competiciones se desarrollarán con arreglo al calendario oficial que, como Anexo 1, se
unirán a las presentes Normas Reguladoras y Bases de Competición.
TERCERA. INSCRIPCIÓN DE LOS EQUIPOS EN LA COMPETICIÓN.
Aquellos clubes que por méritos deportivos de sus respectivos equipos tengan derecho a
participar en una de las competiciones oficiales de ámbito estatal no profesional con el equipo
correspondiente, tendrán derecho a inscribir a sus equipos en la competición dentro del
período fijado para ello.
Los clubes deberán formalizar la inscripción de todos sus equipos en las competiciones
oficiales de ámbito estatal mediante la plataforma web/digital que habilita la RFEF.
La inscripción en la competición tiene carácter voluntario y su formalización implica la sujeción
voluntaria de carácter especial, del club y de todos sus miembros, a los Estatutos,

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Reglamentos, Normas de Competición y demás normativa válidamente adoptada por los
órganos respectivos de la RFEF de acuerdo con la legislación vigente, te, y especialmente los
protocolos de seguridad ante la pandemia.
La inscripción de un equipo en la competición sólo podrá ser aceptada por la RFEF cuando el
club y, en su caso, el equipo, cumplan previamente con todos los requisitos deportivos legal y
reglamentariamente establecidos y vigentes para la participación en la categoría para la que
se inscribe.
CUARTA. – PERÍODOS DE SOLICITUD DE LICENCIAS.
El periodo de solicitud de licencias para la temporada 2020/2021 comenzará el 4 de agosto
2020 y finalizará el 1 de marzo de 2021.
QUINTA. – NÚMERO DE LICENCIAS POR EQUIPO.
Los clubes podrán obtener hasta un máximo de veinticinco licencias de jugadores por cada
uno de los equipos que militen en las referidas categorías, computándose en dicho número
cualquiera clase de aquéllas.
SEXTA. – REGLAS DE JUEGO.
Los partidos y competiciones se celebrarán, en todo caso, con sujeción a las Reglas de Juego
de la International Football Association Board (IFAB).
SÉPTIMA. – BALÓN OFICIAL.
El balón con el que se disputen los encuentros deberá cumplir con las normas reglamentarias.
OCTAVA. – UNIFORMIDAD.
1. La uniformidad de los futbolistas deberá acogerse a las disposiciones recogidas en el
Reglamento General a tal fin, debiendo disponer de un mínimo de dos y un máximo de tres
que deberán de ser comunicados a la RFEF con una antelación mínima de quince días al
primer partido de competición oficial de cada temporada deportiva.

2. Los clubes deberán jugar con el primero de sus uniformes oficiales salvo si los uniformes
de los dos equipos que compitan fueran tan iguales o parecidos que indujeran a confusión,
cambiará el suyo, si así lo requiere el árbitro, el que juegue en campo contrario y si el
partido se celebrase en terreno neutral, lo hará el conjunto de más moderna afiliación a la
RFEF.

3. A los efectos que prevé el párrafo anterior, los clubes deberán adoptar en sus
desplazamientos las previsiones necesarias para un eventual cambio de uniformidad,
llevando obligatoriamente dos equipaciones.
4. De conformidad con el artículo 111 Reglamento General la publicidad, necesariamente
deberá tener contenido comercial, sin que puedan ser objeto de incorporación en la
indumentaria de juego cualesquiera marcas, signos distintivos, anagramas, emblemas y/o
imágenes que supongan de hecho, o puedan suponer manifestaciones de tipo político o
religioso o su utilización sea considerada contraria a los intereses de la RFEF, como
tampoco está permitido el uso de otros espacios de las equipaciones y complementos
como el brazalete de capitán, para introducir cualquiera de ellos, sin que esté previa y
expresamente autorizado por la RFEF.
5. La numeración de los futbolistas de sus plantillas deberá ser del 1 al 22, como máximo,
reservándose los números 1 y 13 para los guardametas y el 22 para un eventual tercer
guardameta.
NOVENA. – JORNADA Y HORARIOS.
a) Los partidos tendrán lugar en los días fijados en el calendario oficial sin perjuicio de lo
dispuesto en el Reglamento General.
b) Los partidos deberán disputarse entre las 12:00 y las 18:00 horas de la fecha señalada
para la jornada, con el fin de facilitar los desplazamientos de los equipos, todo ello de
conforme a lo estipulado en los artículos 205 y 214 del Reglamento General.
c) Los clubes tienen la obligación de comunicar el horario del encuentro a la RFEF, y al
club visitante, con una antelación mínima de siete días a la disputa del mismo mediante
la pasarela habilitada en el Sistema Fénix para tal fin o en su defecto mediante correo
electrónico a la dirección futboljuvenil@rfef.es

DÉCIMA. – CAMPO DE JUEGO E INSTALACIONES
En relación con las instalaciones, los clubes están obligados a comunicar con una antelación
de, al menos, quince días anteriores al inicio de la competición, la situación, medidas, tipo de
superficie y un campo alternativo de juego. Todas las instalaciones deberán de respetar lo
dispuesto en los artículos 203 y siguientes del Reglamento General.
UNDÉCIMA. – ALINEACIÓN DE FUTBOLISTAS.
1. El árbitro deberá ser informado, antes del inicio del encuentro, de la relación de los
futbolistas titulares y los eventualmente suplentes de cada uno de los equipos, así como la
relación de técnicos que podrán situarse en el banquillo.
2. Para poder comenzar un partido cada uno de los equipos deberá comparecer y mantener
durante todo el desarrollo del mismo al menos siete jugadores pertenecientes a la plantilla
de la categoría en la que milita el equipo. Cuando un equipo no llegue a ese número
mínimo, ya sea previo al partido o durante el desarrollo del mismo por cualesquiera causas
que den lugar a reducir ese número, la diferencia hasta el exigido de siete no podrá cubrirse
con jugadores de otra clase o categoría y el árbitro acordará la suspensión del encuentro,
adoptando el órgano disciplinario la resolución que proceda.
3. Los jugadores procedentes de equipos filiales o dependientes que, conforme a los artículos
226 y 227 del Reglamento General, puedan ser incluidos en la relación de futbolistas
titulares o suplentes, estará condicionada a que hubiera sido inscrito dentro de los periodos
reglamentariamente establecidos para los jugadores del equipo en el que vayan a
intervenir. En cuanto al desarrollo del encuentro, tan solo podrán concurrir un máximo de
cuatro de estos jugadores sobre el terreno de juego.
La posibilidad de intervenir en el principal o patrocinador en el transcurso de la temporada
quedará enervada cuando se trate de jugadores que, habiendo estados inscritos por el
superior, hayan sido dados de baja en este y formalizado inscripción por el inferior en la
misma temporada o cuando, tratándose de clubes cuyo primer equipo se encuentre
adscrito a categorías no profesionales, se halle incurso en cualquiera de las situaciones
prevista en los artículos 49, 61 o 192 del Reglamento General.
La alineación de futbolistas en ningún caso podrá contravenir lo dispuesto en los artículos
del 223 al 230 del Reglamento General.

DUODÉCIMA. – SUPLENTES Y SUSTITUCIONES.
1. El número de jugadores eventualmente suplentes no podrá exceder, en ningún caso, de
nueve futbolistas.
La intervención de estos en un partido será, como máximo, de cinco jugadores mediante la
sustitución de un jugador titular, como límite, en tres interrupciones del partido por cada
equipo, previa autorización del árbitro. Realizado éste, el sustituto deberá de salir del
terreno de juego por la línea delimitadora del mismo más cercana a su posición y no podrá
volver a intervenir en el encuentro.
Para las competiciones por eliminatorias, en el caso de disputarse una prórroga, ambos
equipos llegarán a esta con el número de suplentes y oportunidades de sustitución que no
hayan empleado. Además, se podrá realizar una sustitución adicional durante la misma que
podrá aprovecharse únicamente tanto antes del inicio como durante el periodo de descanso
de la misma.
Todo ello de conformidad con las Circulares 19 y 20 de 2020 dictadas por International
Football Association Board (IFAB).
Durante el partido, solo podrán realizar ejercicios de calentamiento en la banda ocupada
por el Árbitro Asistente número 1, un máximo de tres jugadores por equipo. En ningún caso
podrá ser sustituido un futbolista expulsado.
DECIMOTERCERA. – PUBLICIDAD.
A partir de la hora señalada para el inicio del partido no podrá exhibirse publicidad alguna en
el área técnica; tampoco en el terreno de juego, a un metro de la línea de banda o de meta
hacia el exterior de los mismos, ni en los marcos y redes de las porterías, ni en los banderines
de córner. Por terreno de juego se entiende, a estos efectos, el total del rectángulo que lo
constituye, incluidos los laterales de las porterías.
DECIMOCUARTA. – ARBITRAJE.
Para aquellos aspectos relativos a la designación arbitral y a los honorarios arbitrales se estará
a lo dispuesto en el Reglamento General de la RFEF y a los acuerdos adoptados por el Comité
Técnico de Árbitros y por el órgano competente, en su caso, teniendo en cuenta las siguientes
particularidades para las designaciones:

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1. División de Honor: los árbitros serán, al menos, de Segunda División “B”, siempre y
cuando la Federación Autonómica del club local disponga de colegiados de la citada
categoría. En su defecto, lo serán de Tercera División.
2. Liga Nacional: los árbitros serán, al menos, de Tercera División. Las designaciones
las realizará el Comité Técnico de Árbitros de la RFEF, a propuesta del Comité de
Árbitros de la Federación Autonómica donde se celebre el partido. Los árbitros y sus
asistentes tendrán la misma adscripción territorial del equipo local.
3. En caso de solicitud de árbitro de distinta territorialidad a la de los equipos
contendientes, ésta habrá de realizarse al menos siete días antes de la celebración del
partido, corriendo por cuenta del peticionario todos los gastos originados.
DECIMOQUINTA.- DETERMINACIÓN DE LOS CICLOS DE AMONESTACIONES Y
SANCIONES.
En los Campeonatos Nacionales de Liga, la acumulación de cinco amonestaciones en el
transcurso de la misma temporada y competición determinará la suspensión por un partido,
con la accesoria pecuniaria que prevé, según los casos, el artículo 52 del Código Disciplinario
de la RFEF. Al término de la liga regular quedarán anulados los ciclos vigentes de
amonestaciones que no hayan devenido en suspensión.
En el Campeonato de España / Copa de S.M. el Rey Juvenil y en la Copa de Campeones, la
acumulación de tres amonestaciones en el transcurso de la misma fase determinará la
suspensión por un partido, con la accesoria pecuniaria que prevé, según los casos, el artículo
52 del Código Disciplinario de la RFEF.
Las sanciones de suspensión por partidos se someterán a lo dispuesto en el artículo 56 del
Código Disciplinario de la RFEF.
DECIMOSEXTA. – ACTOS DE RENDICIÓN DE TRIBUTOS Y HOMENAJES.
De conformidad con la circular correspondiente para la presente temporada, los actos que
supongan manifestaciones de rendición de tributos, homenajes o distinciones, deberán ser
autorizados por la RFEF, con un plazo máximo de solicitud de 72 horas previas a la disputa
del partido. Únicamente se deberá pedir autorización a la RFEF cuando se vaya a realizar
cualquiera de los siguientes actos:

a) Guardar un minuto de silencio y/o portar brazaletes negros en la camiseta. En el caso
de que el fallecimiento que da lugar al respetuoso homenaje se produjera fuera del
plazo previsto, no será necesaria la autorización de la RFEF y se deberá informar al
árbitro del encuentro, a su llegada a la instalación, por parte del delegado de equipo
que quiera rendir el homenaje para que adopte las medidas oportunas para la
realización del acto.
b) Saques de honor.
c) Entrega de trofeos, deberán finalizar siete minutos antes del inicio del encuentro.
d) Homenajes que desee realizar el club local a aficionados, equipos de fútbol base y
cualesquiera otros, debiéndose haber finalizado dichos actos siete minutos antes del
inicio del encuentro.
La RFEF tendrá la potestad exclusiva de acordar actos en nombre de todo el fútbol español
o de alguna categoría y/o competición específica.
DECIMOCTAVA. – EDADES DE PARTICIPACIÓN
Podrán intervenir en las competiciones a las que hacen méritos las presentes Normas
Reguladoras, los jugadores nacidos en los años 2002, 2003, 2004 o más tarde.

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DISPOSICIONES ADICIONALES
PRIMERA.- LA REFERENCIA AL GÉNERO EN LAS NORMAS REGULADORAS Y BASES
DE COMPETICIÓN.
Toda referencia al género masculino en las presentes Normas Reguladoras y Bases de
Competición en lo que respecta a árbitros, jugadores u otros intervinientes equivaldrá, para
simplificar la lectura, tanto a hombres como a mujeres.
SEGUNDA. – EL OBLIGADO CUMPLIMIENTO DE LA CIRCULAR N.º 42 DE LA RFEF
TEMPORADA 16/17 EN RELACIÓN CON LOS MENORES DE EDAD.
A fin de dar obligado cumplimiento a la normativa actual existente sobre la Ley de protección
jurídica del menor, y con la intención de informar a todos los que les pueda afectar, se recuerda
el obligado cumplimiento de la Circular nº 42 de la RFEF Temporada 16/17, en la cual se
comunican los requisitos para el acceso y ejercicio a las profesiones, oficios y actividades que
impliquen contacto habitual con menores.

DISPOSICIONES EXTRAORDINARIAS POR COVID-19
PRIMERA. – SALVAGUARDA GENÉRICA.
Lo dispuesto en las presentes Bases o Normas de competición puede verse modificado
durante el transcurso de la temporada por causa de fuerza mayor, siendo competencia de la
Comisión Delegada de la Asamblea de la RFEF la determinación de la paralización y/o de la
vuelta a la competición en atención a las causas de fuerza mayor que sobrevengan y su
prolongación en el tiempo, salvo en aquellos aspectos que la competencia fuera del Juez/a de
Competición.
A los efectos previstos en estas Bases de competición se considera que quedan acreditadas
las causas de fuerza mayor cuando en un territorio determinado exista una normativa o una
orden gubernativa, y si fuere el caso, debidamente avalada por la justicia competente, que
impida el desarrollo de las actividades deportivas de competición federada, ya sea
entrenamientos de cualquier nivel o la disputa de partidos en dicho territorio o bien que se
haya decretado el Estado de Alarma que incluya estas limitaciones.
SEGUNDA. – RESULTADOS FINALES DE LA COMPETICIÓN SI NO FINALIZA PARA
TODOS.
En caso de suspensión o paralización de las competiciones por fuerza mayor se aplicarán las
siguientes reglas para la determinación de los ascensos, descensos y ganadores de las
competiciones.
a) Para competiciones con fase regular única (ida y vuelta).
En caso de suspensión o paralización de las competiciones por fuerza mayor, y para el caso
de que no pudiese finalizar la totalidad de la competición, es decir, disputarse la totalidad de
los partidos previstos desde el inicio, antes del 30 de junio se considerará como finalizada sin
ascensos y sin descensos o, en su caso, sin ganador del título en el supuesto que no se
hubieran podido disputar, como mínimo, el 50% del total de las jornadas previstas en el
calendario oficial de todos los clubes participantes.

Si en el momento de suspenderse o como máximo a 30 de junio se hubieran disputado un
número de jornadas igual o superior al 50% de las mismas de todos los clubes participantes
se dará como válida la clasificación en el momento en que no pudieran disputarse más
encuentros antes del 30 de junio y se aplicarán las mismas reglas de ascensos y descensos
o, en su caso, de título, según lo estipulado en las bases de competición y las reglas previstas
en el Reglamento General.
b) Para las competiciones con varias fases (subgrupos, grupos y fases clasificación).
En aquellas competiciones o divisiones en que hubiera diversas fases (subgrupos, grupos y
eliminatorias) si por cualquier circunstancia de fuerza mayor no pudiese finalizar la totalidad
de la competición, es decir, la disputa de todos los partidos previstos desde el inicio, antes del
30 de junio, se someterá a la Comisión Delegada de la RFEF la resolución específica de la
situación siempre teniendo en cuenta que para que puedan existir ascensos y descensos
deberá haberse completado como mínimo el 50% de los partidos que correspondiera disputar
para conseguir el objetivo o resultado competitivo fijado para la siguiente temporada (ascenso,
descenso) y en caso de igualdad de situaciones se resolverá por coeficiente computado en la
totalidad de los partidos disputados sumando todas las fases disputadas hasta el momento en
que no se pudo seguir disputando.
c) Para las competiciones con formato eliminatorias.
Si por cualquier circunstancia de fuerza mayor, antes del 30 de junio, no pudiesen
desarrollarse una o varias de las eliminatorias de la competición, la misma se dará por
finalizada sin campeones, ni otros resultados, salvo que quedase por disputar exclusivamente
la final o la final four en cuyo caso la Comisión Delegada podrá decidir disputarla durante la
siguiente temporada.
En todo caso, si por cualquier circunstancia de fuerza mayor no se pudieran disputar algunos
partidos de la eliminatoria y sí otros, se dará continuidad con los equipos vencedores que sí
la hubieren disputado y con aquellos equipos que no habiéndolas podido disputar el motivo no
guardara relación con los integrantes de ese mismo equipo o con el territorio donde disputan
los encuentros.”
TERCERA. – NORMAS ESPECÍFICAS SI NO TODOS LOS EQUIPOS PUEDEN ACABAR
IGUAL O PUEDEN DISPUTAR TODOS LOS PARTIDOS
1. Si un equipo o varios, por causas de fuerza mayor, no pudiera/n disputar uno o varios
partidos en la competición regular durante la temporada y los mismos no pudieran ser
disputados antes de finalizar la misma, la clasificación final se realizará mediante el sistema de coeficientes, es decir, la relación entre los puntos obtenidos y el número de partidos
disputados, siempre que el número de partidos no disputados para ese equipo concreto no
sea superior al 20% de la mayoría de los equipos en la misma competición.
Si la diferencia de partidos para ese equipo concreto fuera superior al 20% el criterio del
coeficiente se tendrá en cuenta única y exclusivamente a los efectos de dilucidar cuales
son los clubes que descienden de categoría y siempre que el equipo concreto si como
consecuencia de las causas de fuerza mayor el equipo en estas circunstancias estuviera
en una de esas posiciones de descenso por los puntos obtenidos hasta ese momento.
2. Si por razones de fuerza mayor un equipo de categoría Juvenil no pudiera realizar los
entrenamientos y disputar los partidos en su terreno de juego deberá paralizar los
entrenamientos y la participación en la competición hasta que las autoridades competentes
permitan hacerlo.
Estas normas específicas prevalecerán sobre cualquier otra que pudiera ser contradictoria con
estas en estas Normas de competición y conformarán el criterio interpretativo de cualquier
otra.
CUARTA. – DE LOS EFECTOS DE UN TEST POSITIVO EN LA PLANTILLA, CUERPO
TÉCNICO Y DEMÁS INTEGRANTES.
Cuando en un equipo de las competiciones de juveniles exista un caso positivo por Covid-1
de cualquiera de las personas que tenga licencia deportiva con dicho equipo, se deberán
suspender de inmediato los entrenamientos y la participación en las competiciones hasta que
quede acreditado que el resto de miembros con licencia de dicho equipo hayan dado negativo
en los test por el Covid-19 y nunca antes de 7 días desde que se tenga conocimiento del
positivo.
QUINTA. – DE LA OBLIGACIÓN DE REPORTAR CASOS POSITIVOS POR COVID-19.
Los clubes que participan en competiciones de ámbito estatal juveniles y desde el inicio de las
competiciones deportivas, están obligados a comunicar de manera confidencial y bajo el
principio de secreto profesional al Departamento Médico de la RFEF y en el plazo máximo de
24 horas desde que tuvieran conocimiento del mismo, si cualquiera de sus integrantes con
licencia federada en competiciones no profesionales de ámbito estatal diera positivo de Covid19.
La misma obligación y con los mismos criterios y garantías tendrá cualquiera de las personas
que posean licencia deportiva con la RFEF y considere no oportuno comunicar la incidencia
al club al que pertenece.

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A estos efectos, la no comunicación prevista en los párrafos anteriores será considerada como
infracción muy grave de las previstas en el artículo 68 del Código Disciplinario, considerado
como una conducta contraria al buen orden deportivo o, en su caso, como infracción muy
grave de las previstas en el artículo 69bis del mismo texto, al considerarse como actos
especialmente graves por la manifiesta falta de respeto y puesta en riesgo a los compañeros
del mismo equipo y del equipo rival.

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BASES DE COMPETICIÓN
DIVISIÓN DE HONOR Y LIGA NACIONAL JUVENIL
PRIMERA. – EQUIPOS PARTICIPANTES.
1. En División de Honor participan un total de ciento cuarenta y dos clubes, distribuidos en
grupos de competiciones, siendo 6 grupos de 20 equipos y un grupo de 22 equipos, tal y
como se refleja en el anexo 2.
2. En Liga Nacional, los clubes participantes serán distribuidos en diecisiete grupos conforme
a los criterios de territorialidad, dividiendo cada uno de esos grupos en subgrupos en los
que deberán estar encuadrados, hasta donde posible fuere, el mismo número de equipos
en cada uno de ellos, siendo tales equipos y grupos los reflejados en el anexo 2.
SEGUNDA. DESARROLLO DE LA COMPETICIÓN.
1. División de Honor Juvenil.
La competición se desarrollará en dos fases, de las cuales, la primera corresponderá a la
competición regular y la segunda abarcará dos fases específicas (Segunda Fase para la Copa
de Campeones y Segunda Fase por la Permanencia en División de Honor).
a) Primera Fase (A y B).
Se configura en un total de 18 partidos en 18 jornadas para los grupos de 20 equipos y en 20
partidos en 22 jornadas para el grupo de 22 equipos, a disputar en cada subgrupo de diez u 11 equipos que se configuraran, en la medida de lo posible, con equipos pertenecientes a la
mismas Federación Territorial o por proximidad geográfica, pudiendo ser los mismos
sorteados si fuese necesario. Dichos subgrupos serán denominados cada uno de ellos con A
y B en cada uno de los siete grupos, siendo estos: Grupo 1 A, Grupo 1 B, Grupo 2 A, Grupo 2
B, Grupo 3 A, Grupo 3 B, Grupo 4 A, Grupo 4 B, Grupo 5 A, Grupo 5 B, Grupo 6 A, Grupo 6
B, Grupo 7 A y Grupo 7B.
Los clubes participantes se enfrentarán a doble vuelta mediante el sistema de puntos,
estableciéndose la clasificación final con arreglo a los puntos obtenidos por cada uno de los clubes contendientes, a razón de tres puntos por partido ganado, uno por empatado y cero
por perdido.
Los clubes que se clasifiquen en los cinco primeros puestos de cada subgrupo accederán a la
Segunda Fase para la Copa de Campeones mientras que los clasificados en las restantes
posiciones accederán a la Segunda Fase por la Permanencia en División de Honor.
Los puntos obtenidos, así como los goles, tanto a favor como en contra, se arrastrarán a la
siguiente fase, comenzado cada equipo su fase específica con los puntos y goles obtenidos
en la Primera Fase. En el grupo de 22 equipos, se calculará el coeficiente, siendo este mismo
el que se arrastre a las fases específicas.
b) Segunda Fase para la Copa de Campeones (C).
Participarán los clubes clasificados en los cinco primeros puestos de cada subgrupo. Los
equipos que participaron en el subgrupo A se enfrentarán, a una vuelta, a los que participaron
en el subgrupo B no pudiendo, en ningún caso, enfrentarse a los equipos que participaron en
su mismo subgrupo de la Fase Regular. Se configura, por tanto, en un total de 5 partidos en
5 jornadas.
La clasificación se realizará mediante el sistema de puntos, estableciéndose la clasificación
final con arreglo a los puntos obtenidos por cada uno de los clubes contendientes, a razón de
tres puntos por partido ganado, uno por empatado y cero por perdido, a los que se añadirán
los puntos o coeficiente, así como los goles en pro y en contra y los resultados obtenidos en
la Primera Fase.
El primer equipo clasificado en cada grupo, además del mejor segundo de entre los 7 grupos,
se clasificarán para la Copa de Campeones.
c) Segunda Fase por la permanencia (D).
Participarán los clubes clasificados en los puestos del sexto al último de cada subgrupo. Los
equipos que participaron en el subgrupo A se enfrentarán, a una vuelta, a los que participaron
en el subgrupo B no pudiendo, en ningún caso, enfrentarse a los equipos que participaron en
su mismo subgrupo de la Fase Regular. Se configura, por tanto, en un total de 5/6 partidos en 5/7 jornadas.
La clasificación se realizará mediante el sistema de puntos, estableciéndose la clasificación
final con arreglo a los puntos obtenidos por cada uno de los clubes contendientes, a razón de tres puntos por partido ganado, uno por empatado y cero por perdido, a los que se añadirán los puntos o coeficiente, así como los goles en pro y en contra y los resultados obtenidos en
la Primera Fase.
Los seis últimos clasificados de cada grupo descenderán a Liga Nacional Juvenil.
2. Liga Nacional Juvenil.
La competición se desarrollará en dos fases, de las cuales, la primera corresponderá a la
competición regular y la segunda abarcará dos fases específicas (Segunda Fase para
Ascenso a División de Honor y Segunda Fase por la Permanencia en Liga Nacional).
a) Primera Fase (A y B).
Los clubes participantes serán divididos en dos subgrupos del mismo número de equipos en
la medida de lo posible.
Los clubes participantes se enfrentarán a doble vuelta mediante el sistema de puntos,
estableciéndose la clasificación final con arreglo a los puntos obtenidos por cada uno de los
clubes contendientes, a razón de tres puntos por partido ganado, uno por empatado y cero
por perdido.
Los clubes que se clasifiquen en los primeros puestos de cada subgrupo accederán a la
Segunda Fase para División de Honor mientras que los clasificados en las restantes
posiciones accederán a la Segunda Fase por la Permanencia en Liga Nacional Juvenil. Las
Federaciones de ámbito autonómico deberán estipular el número de equipos de participarán
en cada fase, teniendo que guardar idéntica proporción, en la medida de lo posible, el número
de equipos que participa en cada una de ellas.
Los puntos obtenidos o coeficientes en el caso de grupos impares, así como los goles, tanto
a favor como en contra, se arrastrarán a la siguiente fase, comenzado cada equipo su fase
específica con los puntos y goles obtenidos en la Primera Fase.
– Segundas Fases.
Se atenderá a los criterios expuestos anteriormente en la composición de grupos de cada una
de ellas, con la particularidad que los equipos encuadrados en el subgrupo A se enfrentarán
a los encuadrados en el subgrupo B, a una vuelta, sin poder enfrentarse a los equipos con los
que estuvieron encuadrado en el mismo subgrupo de la Primera Fase.
La clasificación se realizará mediante el sistema de puntos, estableciéndose la clasificación
final con arreglo a los puntos o coeficientes obtenidos por cada uno de los clubes
contendientes, a razón de tres puntos por partido ganado, uno por empatado y cero por

perdido, a los que se añadirán los puntos o coeficiente, así como los goles en pro y en contra
y los resultados obtenidos en la Primera Fase.
TERCERA. – CONSECUENCIAS CLASIFICATORIAS.
1. Campeones.
Resultarán campeones de cada uno de los grupos de División de Honor Juvenil aquellos que
queden clasificados en el primer puesto de la Segunda Fase para la copa de Campeones,
obteniendo por ello en propiedad la copa que acredita tal condición.
Resultarán campeones de cada uno de los grupos de Liga Nacional Juvenil los que queden
clasificados en la primera posición de los grupos por el ascenso a División de Honor.
2. Ascenso.
a) El campeón de cada grupo de la segunda fase específica ascenderá a División de
Honor.
b) Los subcampeones de las fases especificas de los grupos 1º, 4º, 7º, 8º, 12º, 13º y 14º
ascenderán a División de Honor.
c) También ascenderán los clasificados en los cuatro primeros puestos de la competición
autonómica canaria.
d) En cuanto a los grupos 13 y 14 se estará a lo establecido en los acuerdos oportunos.
3. Descensos.
Descenderán de categoría los clubes que no logren su permanencia en la fase específica para
ello de División de Honor Juvenil.
En el caso de Liga Nacional, las Federaciones de ámbito autonómico tomarán las medidas
oportunas para la regularización de los grupos en dos temporadas de acuerdo con la
configuración de cada grupo. Al finalizar la temporada 2021/2022 los grupos deberán ser de
16/18 equipos.
4. Campeonato de España / Copa de S.M. el Rey Juvenil.
Obtendrán su derecho a participar los clubes que así se establezcan en las Bases de
Competición específicas de campeonato.

5. Copa de Campeones.
Obtendrán su derecho a participar los clubes que así se establezcan en las Bases de
Competición específicas de campeonato.
6. Exclusiones o incomparecencias.
El club excluido de una competición por doble incomparecencia, o el que se retire de la misma,
se tendrá por no participante en ella y ocupará el último lugar de la clasificación, con cero
puntos, computándose entre las plazas de descenso previstas.
7. Consecuencia de los vínculos de filialidad o dependencia.
Los equipos filiales y dependientes no podrán estar adscritos a la misma categoría o división
que el club patrocinador. Si el club patrocinador o principal materializara su descenso a una
categoría inferior en la que participe un equipo filial o dependiente, éste descenderá a la
categoría inmediatamente inferior.
Los clubes filiales o dependientes no podrán participar en la segunda fase cuando el
patrocinador o principal ocupe una plaza en la categoría a la que pudiera ascender salvo que,
por disparidad del calendario, no pudiera conocerse el puesto definitivo en la clasificación final
del equipo patrocinador o filial pudiendo, en este caso, disputar la segunda fase, pero no
materializaría el ascenso si el principal o patrocinador continuará en la misma categoría.
El vínculo de filialidad no podrá servir para eludir, en ningún caso, las disposiciones
reglamentarias ni de estas bases de competición.
CUARTA. – OCUPACIÓN DE PLAZAS Y CONSECUENCIAS DE ASCENSOS Y
DESCENSOS.
Si se produjeran vacantes por cualesquiera otras circunstancias, se atenderá a lo que dispone
el Reglamento General al respecto y los acuerdos siguientes:
Renovación y ampliación del acuerdo adoptado por las Federaciones Andaluza, Ceuta y
Melilla en 2013, sobre las plazas de División de Honor Juvenil y Liga Nacional Juvenil de
Fútbol.
Acuerdos adoptados para la composición del Grupo IV de División de Honor Juvenil y de los
grupos 13 y 14 de la Liga Nacional Juvenil:

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1) Las Federaciones de Ceuta y Melilla, a partir de la 2018/2019, tendrán derecho siempre
a disponer de una plaza cada una en División de Honor Juvenil, según los términos que
más abajo se especifican.
2) Igualmente y desde la misma temporada 2018/2019, dichas Federaciones dispondrán
solamente de una plaza en Liga Nacional Juvenil (grupo 13 Melilla, grupo 14 Ceuta).
3) El grupo IV de División de Honor podrá ser supernumerario para adaptarse a esta
normativa.
4) Si el equipo de División de Honor Juvenil y el de Liga Nacional Juvenil mantienen la
categoría, no se producirá ningún ascenso ni descenso.
5) Si desciende el equipo de División de Honor Juvenil y se mantiene el de Liga Nacional
Juvenil, asciende el de Liga Nacional a División de Honor Juvenil y el descendido de
División de Honor Juvenil ocupa la plaza en Liga Nacional Juvenil. No habrá ascenso
a Liga Nacional Juvenil por ya disponer de equipo.
6) Si se mantiene el equipo de División de Honor Juvenil y desciende el de Liga Nacional
Juvenil, ascendería un equipo a Liga Nacional Juvenil.
7) Si descienden tanto el equipo de División de Honor Juvenil como el de Liga Nacional
Juvenil de las Territoriales de Ceuta o Melilla, el de División de Honor ocuparía la plaza
de Liga Nacional Juvenil y la plaza de División sería ocupada por el Campeón o
Subcampeón de la Territorial correspondiente (Ceuta o Melilla). Si ninguno de los
campeones aceptasen ocupar la plaza, sería el Subcampeón quien la ocupase.
Cuando en el caso de que el equipo de División de Honor Juvenil de las Territoriales de Ceuta
o Melilla a descender fuese el que hubiese ascendido en la temporada anterior directamente
desde la Territorial y el Liga Nacional Juvenil mantuviese la categoría, éste (el DHJ)
descendería directamente a la Territorial, quedando los ascensos de la siguiente manera:
– El Liga Nacional Juvenil ascendería a División de Honor Juvenil
– El Campeón de la Territorial ascendería a Liga Nacional Juvenil
En el caso de que la Liga Nacional Juvenil también descendiese a la Territorial en esa misma
temporada, las plazas quedarían así:
– El Campeón de la Territorial ascendería a División de Honor Juvenil
– El Subcampeón de la Territorial ascendería a Liga Nacional Juvenil

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8) Si el equipo de División de Honor Juvenil se mantiene y el de Liga Nacional Juvenil
quedara en puestos de ascenso, no se produciría éste al disponer ya de equipo en
División de Honor Juvenil. No habría ascenso a Liga Nacional Juvenil por ya disponer
de equipo.
9) Los ascensos a Liga Nacional Juvenil o descensos de Liga Nacional Juvenil a Territorial
de las Territoriales de Ceuta o Melilla, los regularán las Federaciones de Ceuta y Melilla
con la aprobación de la Liga Nacional de Fútbol Aficionado.
10)Ascenderán a División de Honor Juvenil, Grupo IV, los dos equipos andaluces mejor
clasificados del grupo 13 y 14 de Liga Nacional Juvenil.
11)Independientemente de los clubes de Melilla y Ceuta, descenderán de cada uno de los
grupos 13 y 14 de Liga Nacional Juvenil a territorial, los cuatro clubes andaluces peor
clasificados. Ascenderán a Liga Nacional, grupos 13 y 14, los cuatro clubes andaluces
que por clasificación le corresponda.
Del grupo IV de División de Honor Juvenil descenderán los cuatro equipos andaluces peor
clasificados.
12)El presente acuerdo se revisará a la finalización de la temporada 2020-2021.
Si no se diera el supuesto que prevé lo anterior, será potestativo de la RFEF cubrir las
eventuales vacantes y si así lo decidiera, resolverá, oídas las Federaciones interesadas,
acerca de los que deban ocuparlas, ello ponderando las circunstancias concurrentes y
aplicando, con carácter general, las siguientes reglas:
a) Tendrán siempre mejor derecho, por su orden, los clubes de la categoría inferior que, con
mayor puntuación, no hayan obtenido el ascenso, en el bien entendido, por tanto, que el
descenso por razones clasificatorias debe consumarse siempre. Tal mejor derecho
corresponderá, desde luego, al club adscrito al grupo en el que, por criterios de territorialidad,
haya sido integrado el que originó la vacante.
b) Si se optase, cuando proceda, por cubrir una vacante producida en División de Honor por
un club que no se adscriba a Liga Nacional, sólo tendrán derecho a cubrirla los que,
conformando esta última categoría, estén incluidos en grupos que se correspondan con las
zonas geográficas a que pertenezcan los que integran el grupo en el que aquella vacante se
consumó.

Entre dichos clubes que reúnan los requisitos de la territorialidad, corresponderá el derecho al
ascenso al que, de los clasificados en segundo lugar hubiese obtenido mayor puntuación; en
caso de empate, el que tuviera mayor diferencia de goles a favor; de ser ésta idéntica, el que
más tantos hubiera marcado y, de persistir la situación, ésta se resolverá según el resultado
de un partido, en campo neutral, con eventual prórroga y lanzamientos desde el punto de
penalti, si ello fuera menester.
Idénticas reglas se aplicarán entre los terceros clasificados, y así sucesivamente, si los
situados en segundo lugar que tuviesen derecho al ascenso en base a las previsiones
contenidas en el apartado anterior, renunciaran al mismo.
c) Si se optara, cuando proceda, por cubrir una vacante producida en Liga Nacional, se
requerirá a la Federación respectiva que proponga, motivadamente, el club titular del mejor
derecho.
Tratándose de Liga Nacional, y si tras consumarse los ascensos y descensos previstos, algún
grupo se viere incrementado con un número mayor de clubes procedentes de la División de
Honor que al mismo debieran adscribirse por razones geográficas, ello no determinará, si el
número de tales fuera de uno o dos, el descenso a categoría autonómica de ninguno de los
que mantuvieron, por su puntuación, la de dicha Liga Nacional, (quedando el grupo constituido
por diecisiete o, en su caso, dieciocho clubes.)
Las Federaciones de ámbito autonómico están facultadas para enervar lo dispuesto en el
apartado anterior, en el sentido de que aun siendo uno o dos los clubes procedentes de
División de Honor que incrementen su grupo, ello determine que en idéntico número
desciendan a categoría territorial.
Las Federaciones que decidan acogerse a esta opción, deberán ejercerla antes del inicio del
Campeonato, ello en base a elementales principios de seguridad jurídica tanto de la propia
competición, como de los clubes participantes en ella.
En todo caso, siendo más de dos los supernumerariamente descendidos, deberán descender,
asimismo en número igual al de tal exceso, los clubes que hubieren ocupado los puestos
inmediatamente anteriores a los que perdieron la categoría por su puntuación.
Cuando, por cualquier circunstancia, un grupo quede constituido supernumerariamente,
deberán adoptarse las previsiones pertinentes, estableciéndose el número de descensos que
corresponda para que la situación quede regularizada al término de la temporada.

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Ello, no obstante, si en el grupo en el que descendieron clubes por la sola circunstancia de
haberse incluido más de dos supernumerarios de División de Honor, se originase, por
cualquier causa, alguna vacante, los así descendidos con puntuación de permanencia tendrán
derecho a ocuparlas en orden inverso a tal descenso.
QUINTA. – DETERMINACIÓN DE RESULTADOS COMO CONSECUENCIA DE EMPATE EN
LA CLASIFICACIÓN FINAL.
En el supuesto que dos clubes finalizaran el Campeonato de Liga con igualdad de puntos o
coeficientes, el empate se dilucidará, conforme al artículo 201 del Reglamento General, en los
siguientes términos en el orden expuesto:
1. Mayor diferencia de goles entre los anotados y recibidos en el partido disputado entre
ellos.
2. Mayor diferencia de goles entre los anotados y recibidos en el cómputo general de la
competición.
3. El que hubiera conseguido el mayor número de goles a favor.
4. El que hubiera obtenido mejor clasificación en los criterios del juego limpio.
5. Partido en campo neutral, designado por la RFEF, siguiendo los criterios recogidos en
el artículo 202 del Reglamento General.
En el supuesto que más de dos clubes fuesen los que finalizaran el Campeonato de Liga con
igualdad de puntos o coeficientes, el empate se dilucidará, conforme al artículo 201 del
Reglamento General, en los siguientes términos en el orden expuesto y con carácter
excluyente:
1. Mejor puntuación de los partidos disputados entre ellos, como si los demás equipos no
participaran.
2. Mayor diferencia de goles a favor y en contra entre los partidos disputados entre ellos.
3. Mayor diferencia de goles entre los anotados y recibidos en el cómputo general de la
competición.
4. El que hubiera conseguido el mayor número de goles a favor.
5. El que hubiera obtenido mejor clasificación en los criterios del juego limpio.

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CAMPEONATO DE ESPAÑA / COPA DE S.M. EL REY JUVENIL
PRIMERA. – EQUIPOS PARTICIPANTES.
Tendrán derecho a participar los dos mejores de cada uno de los subgrupos de la División
de Honor Juvenil, en su primera fase. Asimismo, los cuatros mejores terceros teniendo en
cuenta todos los subgrupos de los grupos de la División de Honor Juvenil.
Para la determinación de los cuatro mejores terceros se tendrán en cuenta los siguientes
apartados:
1) Número de puntos
2) Diferencia de goles
3) Más goles obtenidos
Si no se pueden determinar los cuatro mejores terceros por este procedimiento o faltara
alguno para completar lo establecido, se procederá a realizar un sorteo entre los mejores
quintos implicados hasta completar el número establecido de equipos.
Para la determinación de los cuatro mejores terceros, cuando no todos los grupos tengan
el mismo número de equipos, se hará por coeficiente.
SEGUNDA. DESARROLLO DE LA COMPETICIÓN.
La competición se desarrollará por el sistema de eliminatorias a partido único.
Los emparejamientos serán determinados, en la primera eliminatoria, por proximidad
geográfica y, en su defecto, se procederá a realizar un sorteo para la determinación de los
mismos. Los partidos se disputarán en las instalaciones del club que hubiese obtenido peor
clasificación.
Para determinar los emparejamientos del resto de eliminatorias se realizará sorteo puro,
disputando los encuentros en las instalaciones de club cuya bola fuera extraída en primer
lugar.
Las semifinales y final se desarrollarán por el sistema denominado como “Final Four”. Los
encuentros se desarrollarán en una sede única que será determinada por la RFEF.

TERCERA. – CONSECUENCIAS CLASIFICATORIAS.
1. Campeón.
El club Campeón recibirá la Copa que le acreditará como tal, que pasará a propiedad del club
que la conquiste tres veces consecutivas o cinco alternas Ascenso. Además, se les hará
entrega de 25 medallas doradas.
2. Subcampeón.
Se les hará entrega de 25 medallas plateadas.
CUARTA. – DETERMINACIÓN DE RESULTADOS COMO CONSECUENCIA DE EMPATE
AL TÉRMINO DEL ENCUENTRO.
En el supuesto que dos clubes finalizarán empatados, al término de los 90 minutos, se
resolverán en los siguientes términos en el orden expuesto y con carácter excluyente:
1. Tiempo extra de dos partes de quince minutos cada una.
2. Si al término de la misma siguiese el empate, se procederá al lanzamiento de cinco
penaltis por cada equipo, ante una portería común, alternándose uno y otro en los
lanzamientos, declarándose campeón el que más goles obtenga en los cinco
lanzamientos. Si prosiguiere el empate, seguirán lanzando un penalti cada uno hasta
que, habiendo efectuado ambos iguales números, uno de ellos haya marcado un tanto
más.
Con la única excepción del suplente de un guardameta que no pueda continuar,
solamente estarán autorizados a participar en la tanda de penales aquellos jugadores
que al final del partido se encuentren en el terreno de juego, o aquellos que se
encuentren momentáneamente fuera del mismo por lesión, cambios en el
equipamiento, etc.
Si, al finalizar el partido y antes de la tanda de penales o durante la misma, un equipo
tiene más jugadores que su adversario, deberá reducir su número para equipararlo al
del equipo rival, y se informará al árbitro del nombre y el número de los jugadores
excluidos. Ninguno de ellos podrá participar en la tanda (salvo en el caso descrito a
continuación).

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Aquel guardameta que no se encuentre en condiciones de continuar antes de o durante
la tanda podrá ser reemplazado por un jugador excluido para igualar el número de
jugadores o, si su equipo no ha utilizado el número máximo permitido de sustituciones,
por un suplente designado como tal en la lista oficial, pero el guardameta reemplazado
ya no podrá participar en la tanda ni podrá ejecutar lanzamiento alguno.
Si el guardameta hubiera ejecutado ya un lanzamiento, el suplente no podrá ejecutar
otro hasta la siguiente tanda de penales.
Todo ello, sin perjuicio, a lo estipulado en las Regla 10 de Juego de IFAB.
Resolución de empates en semifinales.
En caso de empate al término de los 90 minutos, deberá dilucidarse mediante el lanzamiento
de cinco penaltis por cada equipo, ante una portería común, alternándose uno y otro en los
lanzamientos, declarándose campeón el que más goles obtenga en los cinco lanzamientos. Si
prosiguiere el empate, seguirán lanzando un penalti cada uno hasta que, habiendo efectuado
ambos igual número, uno de ellos haya marcado un tanto más.
Con la única excepción del suplente de un guardameta que no pueda continuar, solamente
estarán autorizados a participar en la tanda de penales aquellos jugadores que al final del
partido se encuentren en el terreno de juego, o aquellos que se encuentren
momentáneamente fuera del mismo por lesión, cambios en el equipamiento, etc.
Si, al finalizar el partido y antes de la tanda de penales o durante la misma, un equipo tiene
más jugadores que su adversario, deberá reducir su número para equipararlo al del equipo
rival, y se informará al árbitro del nombre y el número de los jugadores excluidos. Ninguno de
ellos podrá participar en la tanda (salvo en el caso descrito a continuación).
Aquel guardameta que no se encuentre en condiciones de continuar antes de o durante la
tanda podrá ser reemplazado por un jugador excluido para igualar el número de jugadores o,
si su equipo no ha utilizado el número máximo permitido de sustituciones, por un suplente
designado como tal en la lista oficial, pero el guardameta reemplazado ya no podrá participar
en la tanda ni podrá ejecutar lanzamiento alguno.
Si el guardameta hubiera ejecutado ya un lanzamiento, el suplente no podrá ejecutar otro
hasta la siguiente tanda de penales.
Todo ello, sin perjuicio, de lo estipulado en las Regla 10 de Juego de IFAB.

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COPA DE CAMPEONES
PRIMERA. – EQUIPOS PARTICIPANTES.
Tendrán derecho a participar los campeones de cada grupo de la Segunda Fase para la Copa
de Campeones de cada uno de los siete grupos de División de Honor y el mejor segundo de
entre los citados grupos.
Determinación del mejor segundo:
A) Por los puntos obtenidos
B) Por la diferencia de goles
C) Por haber marcado más goles
D) Por sorteo
Para la determinación del mejor segundo de los siete grupos, cuando no todos tengan el
mismo número de equipos, se hará por coeficiente.
SEGUNDA. DESARROLLO DE LA COMPETICIÓN.
La competición se desarrollará por el sistema de eliminatorias a doble partido en los cuartos
de final y a partido único en semifinales y final.
Los emparejamientos serán determinados mediante sorteo puro, disputándose el primer
encuentro de cuartos de final en las instalaciones del club cuya bola hubiese sido extraída en
primer lugar. Loa vencedores de cada eliminatoria de cuartos de final, se clasificarán para
disputar las semifinales.
Las semifinales y final se desarrollarán por el sistema denominado como “Final Four”,
determinando los emparejamientos por sorteo puro. Los encuentros, que se disputarán a
partido único, se desarrollarán en una sede única que será determinada por la RFEF.

TERCERA. – CONSECUENCIAS CLASIFICATORIAS.
1. Campeón.
El club Campeón recibirá la Copa que le acreditará como tal, que pasará a propiedad del club
que la conquiste tres veces consecutivas o cinco alternas Ascenso. Además, se les hará
entrega de 25 medallas doradas.
2. Subcampeón.
Se les hará entrega de 25 medallas plateadas.
CUARTA. – DETERMINACIÓN DE RESULTADOS COMO CONSECUENCIA DE EMPATE
AL TÉRMINO DEL ENCUENTRO.
Partido único, semifinales.
En caso de empate al término de los 90 minutos, deberá dilucidarse mediante el lanzamiento
de cinco penaltis por cada equipo, ante una portería común, alternándose uno y otro en los
lanzamientos, declarándose campeón el que más goles obtenga en los cinco lanzamientos. Si
prosiguiere el empate, seguirán lanzando un penalti cada uno hasta que, habiendo efectuado
ambos igual número, uno de ellos haya marcado un tanto más.
Con la única excepción del suplente de un guardameta que no pueda continuar, solamente
estarán autorizados a participar en la tanda de penales aquellos jugadores que al final del
partido se encuentren en el terreno de juego, o aquellos que se encuentren
momentáneamente fuera del mismo por lesión, cambios en el equipamiento, etc.
Si, al finalizar el partido y antes de la tanda de penales o durante la misma, un equipo tiene
más jugadores que su adversario, deberá reducir su número para equipararlo al del equipo
rival, y se informará al árbitro del nombre y el número de los jugadores excluidos. Ninguno de
ellos podrá participar en la tanda (salvo en el caso descrito a continuación).
Aquel guardameta que no se encuentre en condiciones de continuar antes de o durante la
tanda podrá ser reemplazado por un jugador excluido para igualar el número de jugadores o,
si su equipo no ha utilizado el número máximo permitido de sustituciones, por un suplente
designado como tal en la lista oficial, pero el guardameta reemplazado ya no podrá participar
en la tanda ni podrá ejecutar lanzamiento alguno.

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Si el guardameta hubiera ejecutado ya un lanzamiento, el suplente no podrá ejecutar otro
hasta la siguiente tanda de penales.
Todo ello, sin perjuicio, a lo estipulado en las Regla 10 de Juego de IFAB.
Partido único, final.
En caso de empate al término de los 90 minutos, deberá dilucidarse mediante los siguientes
criterios, con carácter excluyente y en el orden expuesto.
1. Se disputará un tiempo extra de 30 minutos dividido en dos partes de 15 minutos
cada una. Será vencedor de la eliminatoria el equipo que, trascurrido el tiempo extra
del partido, hubiere conseguido más goles a favor.
2. Si a la conclusión del tiempo extra continuara el empate, se procederá al lanzamiento
de cinco penaltis por cada equipo, según lo dispuesto anteriormente.
Con la única excepción del suplente de un guardameta que no pueda continuar, solamente
estarán autorizados a participar en la tanda de penales aquellos jugadores que al final del
partido se encuentren en el terreno de juego, o aquellos que se encuentren
momentáneamente fuera del mismo por lesión, cambios en el equipamiento, etc.
Doble partido, cuartos de final.
Las eliminatorias que se disputan mediante el sistema de eliminatorias, a doble partido, en
caso de empate, deberá dilucidarse mediante los siguientes términos, en el orden expuesto y
con carácter excluyente.
1. Mejor diferencia de goles obtenida entre los dos encuentros.
2. Si la diferencia fuera la misma, será ganador el que hubiera obtenido más goles a favor
en el campo del adversario.
3. Tiempo extra de 30 minutos dividido en dos partes de quince minutos cada una. A la
finalización del tiempo extra se determinará el ganador conforme al primer y segundo
criterio en el orden expuesto.
4. Si a la conclusión del tiempo extra continuara el empate, se procederá al lanzamiento
de cinco penaltis por cada equipo, ante una portería común, alternándose uno y otro en
los lanzamientos, declarándose campeón el que más goles obtenga en los cinco

lanzamientos. Si prosiguiere el empate, seguirán lanzando un penalti cada uno hasta
que, habiendo efectuado ambos igual número, uno de ellos haya marcado un tanto más.
Con la única excepción del suplente de un guardameta que no pueda continuar, solamente
estarán autorizados a participar en la tanda de penales aquellos jugadores que al final del
partido se encuentren en el terreno de juego, o aquellos que se encuentren
momentáneamente fuera del mismo por lesión, cambios en el equipamiento, etc.
Si, al finalizar el partido y antes de la tanda de penales o durante la misma, un equipo tiene
más jugadores que su adversario, deberá reducir su número para equipararlo al del equipo
rival, y se informará al árbitro del nombre y el número de los jugadores excluidos. Ninguno de
ellos podrá participar en la tanda (salvo en el caso descrito a continuación).
Aquel guardameta que no se encuentre en condiciones de continuar antes de o durante la
tanda podrá ser reemplazado por un jugador excluido para igualar el número de jugadores o,
si su equipo no ha utilizado el número máximo permitido de sustituciones, por un suplente
designado como tal en la lista oficial, pero el guardameta reemplazado ya no podrá participar
en la tanda ni podrá ejecutar lanzamiento alguno.
Si el guardameta hubiera ejecutado ya un lanzamiento, el suplente no podrá ejecutar otro
hasta la siguiente tanda de penales.
Todo ello, sin perjuicio de lo estipulado en las Regla 10 de Juego de IFAB.
QUINTA. – FECHAS DE CELEBRACIÓN.
Los días 16 y 23 de mayo para los cuartos de final. Para las semifinales y Final las fechas
previstas son el 2 y 5 de junio de 2021.
SEXTA. – LISTA DE JUGADORES.
A la llegada a la sede de celebración, los clubes participantes deberán presentar al Delegado
de la RFEF, en la reunión que se celebrará el día antes del primer partido, la lista de 20
jugadores inscritos. En la citada lista deberá aparecer el nombre, dos apellidos, fecha de
nacimiento y número de la camiseta para toda la Copa de Campeones. Se podrán realizar
hasta 5 sustituciones entre los siete eventuales suplentes.
Una vez presentada la lista, en el supuesto de que un jugador cause baja por enfermedad o
lesión grave, este no podrá ser sustituido, excepto si es el guardameta.

El/los club/es deberá/n solicitarlo ante el Delegado de la RFEF designado para la Competición,
aportando un escrito del club y parte médico que acredite su baja, pudiendo realizar el cambio
el club solicitante cuando posea la autorización oficial pertinente.

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