Becas de hasta 2.500 euros para deportistas de la Comunitat Valenciana

  • La Conselleria d’Educació, Investigació, Cultura i Esport ha publicat en el ‘Diari Oficial de la Generalitat Valenciana’ una resolució per la qual es convoquen les beques academicoesportives per a esportistes d’elit del territori valencià per a 2018. La Conselleria destina a aquestes beques un total de 349.200 euros.Aquestes beques tenen com a finalitat ajudar als i les esportistes d’elit a sufragar, en part, les despeses ocasionades pels seus estudis i formació acadèmica com a incentiu econòmic a la seua formació, en consideració als seus resultats esportius, les exigències en la seua preparació i el fet de representar un model per a la joventut. Aquestes beques tindran una dotació econòmica que oscil·larà entre els 500 i els 2.500 euros.

    Entre els requisits necessaris està ser esportista d’elit de nivell A o B, que apareguen en les llistes d’esportistes d’elit publicades des de l’1 de gener de 2017 fins al 10 de maig de 2018 i que no hagen perdut aquesta condició.

    Un altre dels requisits és que els sol·licitants complisquen com a màxim 26 anys en 2018 i estar en possessió de la corresponent llicència en vigor d’una federació esportiva valenciana, acreditada per la federació corresponent.

    La sol·licitud de presentació telemàtica estarà accessible a través de la seu electrònica de la Generalitat Valenciana, https://sede.gva.es, en l’apartat d’ajudes, beques i subvencions en el procediment corresponent a aquesta convocatòria, o s’accedirà directament a través de l’enllaç següent: consultar ací
    Així mateix, la sol·licitud també podrà presentar-se en paper.
    El termini per a la presentació de sol·licituds finalitzarà el pròxim 10 de maig de 2018.

    Martin's Grill
  • ¿Qué se puede solicitar?Nombre del trámiteSolicitud de becas académico-deportivas para deportistas de élite de la Comunitat Valenciana para el año 2018

    Objeto del trámite

    Las becas objeto de esta convocatoria estarán destinadas a ayudar a los y las deportistas de élite a sufragar en parte los gastos ocasionados por sus estudios y formación académica, como incentivo económico a su formación, en consideración a sus resultados deportivos, las exigencias en su preparación y el hecho de representar un modelo para la juventud.

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  • ¿Quién puede iniciarlo?Interesados/SolicitantesPodrán solicitar estas becas académico-deportivas las personas físicas que puedan obtener la condición de beneficiarias por no concurrir ninguna de las circunstancias que lo impide, las cuales se detallan en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y que cumplan los siguientes requisitos:

    Requisitos

    a) Ser deportistas de élite de la Comunitat Valenciana de nivel A o de nivel B, que aparezcan en las Listas de Deportistas de Élite publicadas desde el 1 de enero de 2017 hasta el final del plazo de presentación de solicitudes de las presentes becas académico-deportivas, y que no hayan perdido dicha condición por alguna de las causas previstas en el artículo 6 del Decreto 13/2006, de 20 de enero, del Consell de la Generalitat, sobre los Deportistas de Élite de la Comunitat Valenciana.
    b) Acreditar resultados, obtenidos desde el 1 de enero de 2017 hasta la fecha de fin del plazo de presentación de solicitudes, referidos en el artículo 6.2 de las bases que regulan la convocatoria, o al menos en campeonatos oficiales de España, resultados de:
    b.1) Modalidades Olímpicas o Paralímpicas: resultados entre los 6 primeros clasificados en categorías de más de 17 años, o entre los 16 primeros clasificados en categoría senior.
    b.2) Otras modalidades oficialmente reconocidas: resultados entre los 3 primeros clasificados en categorías de más de 17 años, o entre los 12 primeros clasificados en categoría senior.
    Todos los resultados deberán ser obtenidos en campeonatos oficiales que cumplan el resto de requisitos de número mínimo de deportistas y equipos participantes por categoría establecidos igualmente en el artículo 6.2 de las bases que regulan la convocatoria.
    c) Tener domicilio en cualquier municipio de la Comunitat Valenciana en el momento de la solicitud, salvo aquellos deportistas incluidos en Centros Estatales de Tecnificación Deportiva o situación similar, que hayan desarrollado su carrera deportiva en la Comunitat Valenciana hasta ese momento, acreditándose esta situación por su federación deportiva.
    d) Deportistas que en 2018 cumplan como máximo 26 años.
    e) Estar en posesión de la correspondiente licencia en vigor de una federación deportiva de la Comunitat Valenciana, acreditado por la correspondiente federación.
    f) Tener matrícula durante todo el curso académico 2017-2018 en un centro de enseñanza secundaria o universitaria oficialmente reconocido por la Conselleria competente en materia de educación, cursando enseñanzas de régimen general, enseñanzas de régimen especial o enseñanza universitaria.

    Las personas interesadas deberán cumplir estos requisitos en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

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  • Cuantía de la ayuda/Procedimiento de cobroCUANTÍA
    Las becas se concederán hasta agotar el crédito consignado, y tendrán una dotación que oscilará entre 500 euros y 2.500 euros.PAGO
    Una vez resuelta la convocatoria de las becas y efectuados los trámites contables preceptivos, se procederá a su abono de una sola vez, en la cuenta bancaria indicada por la persona beneficiaria.

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  • ¿Cuándo solicitarlo?Plazo de presentaciónEl plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y finalizará el 10 de mayo de 2018.(DOGV nº 8283, de 27/04/2018)

    El incumplimiento de este plazo determinará automáticamente la exclusión.

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  • ¿Dónde dirigirse?Presencial– En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan o ante cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier administración de las Comunidades Autónomas, o a la de alguna de las entidades que forman la Administración Local si, en este último caso, se hubiera suscrito el oportuno convenio, así como en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

    – También en cualquier oficina de Correos. En este caso se deberá presentar en sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia.

    – Y, preferentemente, en:

    REGISTRO DE LA SECCIÓN DE DEPORTE – VALENCIA
    C/ GREGORIO GEA, 14
    46009 Valencia
    Tel: 012

    REGISTRO DE LA D.T. DE EDUCACIÓN, INVESTIGACIÓN, CULTURA Y DEPORTE DE ALICANTE.
    C/ CARRATALÁ, 47
    03007 Alacant/Alicante
    Tel: 012

    REGISTRO DE LA SECCIÓN DE DEPORTE DE CASTELLÓN
    AVDA. DEL MAR, 23
    12003 Castelló de la Plana/Castellón de la Plana
    Tel: 012

    REGISTRO GENERAL DE LA CONSELLERIA DE EDUCACIÓN, INVESTIGACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
    AVDA. CAMPANAR, 32
    46015 Valencia
    Tel: 012

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  • ¿Qué documentación se debe presentar?Las solicitudes de beca deberán ajustarse al modelo incluido en la convocatoria, y deberán acompañarse de la siguiente documentación:- Impreso de solicitud (anexo I de la convocatoria).

    – Certificado original de empadronamiento de la persona solicitante en vigor o fotocopia debidamente cotejada.

    – Historial deportivo certificado por la federación deportiva autonómica correspondiente, exclusivamente cumplimentado según el modelo que figura como anexo II a la convocatoria, y que recoja la participación y resultados del o de la deportista en las competiciones que figuran en dicho anexo disputadas desde el 1 de enero de 2017 hasta la fecha de final del plazo para la presentación de solicitudes de esta convocatoria.

    – Fotocopia del DNI o NIE.

    – Certificado original del centro de estudios reconocido oficialmente o fotocopia compulsada del mismo en el que se especifique que el o la deportista solicitante ha estado matriculado o matriculada en el curso 2017/2018 y cursando los estudios indicados en el punto 2.1.f) de la convocatoria.
    Modelo de domiciliación bancaria en el que conste la titularidad de la cuenta bancaria donde se quiera recibir la beca solicitada (anexo III de la convocatoria)

    – Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en el artículo 13, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Esta declaración está incluida en el apartado D de la solicitud.

    NOTA:
    De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en ausencia de oposición expresa por parte de la persona interesada, el órgano gestor del procedimiento estará autorizado para obtener directamente los datos de identidad y de empadronamiento. En caso de oponerse a que el órgano gestor obtenga directamente esta información, deberá manifestarlo expresamente en la solicitud, quedando obligada a aportar los documentos correspondientes.

    Impresos asociados

    SOLICITUD DE BECA ACADÉMICO-DEPORTIVA PARA DEPORTISTAS DE ELITE DE LA COMUNIDAD VALENCIANA

    HISTORIAL DEPORTIVO

    MODELO DE DOMICILIACIÓN BANCARIA

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  • ¿Cómo se tramita?Pasos– Presentación de la solicitud y documentación requerida.

    – Cuando la solicitud no reúna los requisitos o falte algún documento complementario de los que se exigen, se requerirá a la persona interesada para que lo subsane en el plazo de 10 días, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida de su petición, previa resolución dictada al efecto.

    – El Servicio de Deporte de Élite y Formación Deportiva, como órgano instructor, podrá, en cualquier momento de la tramitación del expediente, recabar cualquier otra información que considere necesaria para el mejor conocimiento y comprensión de la aplicación de la beca.

    – Se constituirá una comisión técnica de evaluación encargada del estudio y la valoración de las solicitudes presentadas.

    – Una vez formalizados los actos de instrucción correspondientes, la comisión de evaluación elevará, a través del órgano instructor, la propuesta de concesión o denegación a la persona titular de la Dirección General de Deporte, que resolverá sobre la beca y determinará la cuantía de la misma.

    – La persona titular de la Dirección General de Deporte resolverá la concesión o denegación de las solicitudes presentadas, en el plazo máximo de seis meses a contar desde la publicación de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. No obstante, las solicitudes sobre las cuales no recaiga resolución expresa en el dicho plazo podrán entenderse desestimadas o denegadas.La Dirección General de Deporte notificará a las personas interesadas, dentro del mismo plazo de seis meses, la resolución de concesión o denegación de las solicitudes presentadas, con la publicación de la resolución en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana.

    Recursos que proceden contra la resolución

    Los previstos en la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (B.O.E. nº 236 de 02.10.2015)

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  • ¿Cómo se tramita telemáticamente?TramitaciónEste procedimiento estará publicado en la sede electrónica de la Generalitat (https://sede.gva.es) y podrá realizarse la presentación telemática de las solicitudes, para ello se accederá al catálogo de procedimientos administrativos de la Generalitat. Si algunos de los documentos a aportar junto con la solicitud no pueden ser presentados de forma telemática, se realizará la entrega de los mismos por registro de entrada, en el plazo más breve posible dentro del establecido.

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  • Información complementariaCriterios de valoraciónLa valoración de las solicitudes se efectuará atendiendo a los siguientes criterios:

    a) Resultados obtenidos en las competiciones oficiales en las que haya participado desde el 1 de enero de 2017 y hasta la fecha de fin de plazo de presentación de las solicitudes. Se puntuará el mejor resultado obtenido en cada uno de los campeonatos de cada año que figuran a continuación agrupados en niveles.

    COMPETICIÓN / RESULTADO DEPORTIVO
    Haber participado y tener resultados en los Juegos Olímpicos y Juegos Paralímpicos en la última edición
    Clasificación en Campeonato del Mundo Senior, puestos 1 a 16
    Clasificación en Campeonato de Europa Senior, puestos 1 a 8
    PUNTUACIÓN 120 – 200

    COMPETICIÓN / RESULTADO DEPORTIVO
    Clasificación en Campeonato del Mundo, inferior a Senior y mayores de 17 años, puestos 1 a 8
    Clasificación en Campeonato de Europa, inferior a Senior y mayores de 17 años, puestos 1 a 4
    PUNTUACIÓN 80 – 120

    COMPETICIÓN / RESULTADO DEPORTIVO
    Resultados en competiciones oficiales de Campeonato del Mundo y Campeonatos de Europa en puestos posteriores a los apartados anteriores.
    Otros campeonatos internacionales con la selección en categorías de edad de más de 17 años hasta categoría Senior
    PUNTUACIÓN 80 – 100

    COMPETICIÓN / RESULTADO DEPORTIVO
    Resultados en Campeonato de España Senior, puestos 1 al 16
    PUNTUACIÓN 80 – 100

    COMPETICIÓN / RESULTADO DEPORTIVO
    Resultados en Campeonato de España en categorías de más de 17 años, entre los 3 primeros puestos, o 6 primeros puestos en prueba olímpica o paralímpica
    PUNTUACIÓN 20 – 80

    1º En modalidades individuales se consideran únicamente pruebas individuales, dobles, relevos y grupos de actuación simultánea, excluyendo clasificaciones obtenidas por puntuaciones como equipo o selección. No se valorarán en modalidades individuales resultados en categorías que no hayan registrado una participación mínima de 16 participantes, siempre que no se trate de fases finales para las que ya se hayan clasificado. En estas modalidades individuales se valorará:
    – Los resultados como dobles, relevo o grupos de actuación simultánea se valorarán con el 75% de los puntos.
    – Se podrá considerar a efectos de clasificación el Ranking Mundial, Europeo, o Nacional certificado por la federación deportiva.
    2º En modalidades de deporte colectivo se consideran resultados con el club y por selecciones, siempre que hayan registrado en esa categoría una participación mínima de 12 equipos o selecciones participantes.
    3º No se valorará resultados obtenidos en estas mismas competiciones como integrante de equipos de otras comunidades autónomas.
    4º Tendrán la consideración de Campeonatos del Mundo atendiendo a su singularidad los torneos de Masters y Gran Slam en tenis, y el Tour de Francia, Giro de Italia y Vuelta a España de ciclismo.
    5º Por categoría junior, a efectos de esta resolución, se englobarán todas las categorías que cumplan 17 años el año del resultado deportivo hasta la categoría absoluta.

    b) Los puntos alcanzados se multiplicarán por un coeficiente corrector en función de la condición de deporte olímpico o no olímpico, sin que supere el 20%. El mismo coeficiente se aplicará respecto a deporte paralímpico.

    c) Los deportistas que cumplan criterios y acrediten resultados en campeonatos de Mundo y/o de Europa en modalidades olímpicas o paralímpicas en la selección nacional de categoría absoluta o junior, con una participación de más de 16 países, recibirán siempre dentro de la disponibilidad presupuestaria, al menos la beca mínima recogida en la convocatoria.

    Finalizada la valoración, se establecerá un orden de prelación entre las solicitudes ordenadas de mayor a menor puntuación, y se realizará entre ellas la distribución económica correspondiente distribuyendo módulos de subvención proporcionalmente a la puntuación desde los de mayor hasta los de menor puntuación, hasta agotar el crédito presupuestario.

    Obligaciones

    – Mantenerse en la situación que legitima su concesión durante el curso académico para el cual se concede la beca y cumplir su finalidad.
    – Acreditar el cumplimiento de los requisitos y condiciones que determinen la concesión o disfrute de la beca.
    – Someterse a las actuaciones de control financiero que corresponden a la Intervención General, en relación con las becas concedidas.
    – Comunicar a la Dirección General de Deporte la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad o por su actividad deportiva, procedentes de otras administraciones o entes públicos o privados. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca.
    – Acreditar que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, solo en el caso de no haber otorgado autorización expresa a la administración valenciana, para que obtenga directamente los datos necesarios.
    – Representar en competición oficial a la Comunitat Valenciana y a la selección nacional en caso de ser seleccionado, salvo caso de lesión o causa justificada por la federación correspondiente.
    – Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 15 de la orden que establece las bases reguladoras de la convocatoria.
    – Las obligaciones previstas en el artículo 15 del Decreto 13/2006, de 20 de enero, del Consell de la Generalitat, sobre los Deportistas de Élite de la Comunitat Valenciana; así como las dispuestas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.