Castelló retalla 100.000 els cànons i amplia concessions als bars de poliesportius pel Covid-19

El Ajuntament de Castelló, a través del seu Patronat d'Esports, ha acordado por unaminidad de grupos políticos y sus miembros la minoración del canon por el periodo afectado de cierre de las instalaciones deportivas, de cierre de las instalaciones de bar y de restricciones de uso de las instalacionesdeportivas, de los bares sitos en las instalaciones deportivas Gaetà Huguet, Chencho-Ciudad Deportiva, Piscina Olímpica y Gran Vía todo ello para paliar los efectos económicos originados por la medidas aplicadas para hacer frente a la emergencia sanitaria derivada de la Covid-19, fijándose los cánones en las siguientes cantidades:

Gaetá Huguet CANON CONDONACIÓN
Canon 1ª anualidad 12.662,36 3.497,64
Canon 2ª anualidad 1.704,55 14.455,45
Canon 3ª anualidad 10.404,39 5.755,61
24.771,30 23.708,70
Chencho CANON CONDONACIÓN
Canon 1ª anualidad 18.100,94 4.999,06
Canon 2ª anualidad 2.436,67 20.663,33
Canon 3ª anualidad 14.873,15 8.226,85
35.410,76 33.889,24
Piscina Olímpica CANON CONDONACIÓN
Canon 1ª anualidad 9.030,00
Canon 2ª anualidad 3.444,91 5.585,09
Canon 3ª anualidad 1.311,17 7.718,83
13.786,07 13.303,93
Gran Via CANON CONDONACIÓN
Canon 1ª anualidad 15.500,00
Canon 2ª anualidad 5.913,26 9.586,75
Canon 3ª anualidad 2.250,65 13.249,36

Ripotenis

Además el Patronato ha acordado ampliar el periodo de ejecución de los contratos de referencia en 164 dies, finalizando los
mismos en las siguientes fechas (el Real Decreto sólo permite el 15% del tiempo que en realidad debería corresponder:
Gaetà Huguet: 10/11/2022
Chencho-Ciudad Deportiva: 10/11/2022
Piscina Olímpica: 15/05/2022
Gran Via: 15/05/2022

Resum:
Gaetá Huguet CANON BI INICIAL CANON BI REVISADO CONDONACIÓN
Canon 1ª anualidad 16.100,00 12.662,36 3.497,64
Canon 2ª anualidad 16.100,00 1.704,55 1 14.455,45
Canon 3ª anualidad 16.100,00 10.404,39 5.755,61
48.480,00 24.771,30 23.708,70

Chencho CANON BI INICIAL CANON BI REVISADO CONDONACIÓN
Canon 1ª anualidad 23.100,00 18.100,94 4.999,06
Canon 2ª anualidad 23.100,00 2.436,67 20.663,33
Canon 3ª anualidad 23.100,00 14.873,15 8.226,85
69.300,00 35.410,76 33.889,24

Piscina Olímpica
CANON BI INICIAL CANON BI REVISADO CONDONACIÓN
Canon 1ª anualidad 9.030,00 9.030,00
Canon 2ª anualidad 9.030,00 3.444,91 5.585,09

Canon 3ª anualidad 9.030,00 1.311,17 7.718,83
27.090,00 13.786,07 13.303,93

Gran Vía CANON BI INICIAL CANON BI REVISADO CONDONACIÓN
Canon 1ª anualidad 15.500,00 15.500,00
Canon 2ª anualidad 15.500,00 5.913,26 9.586,75
Canon 3ª anualidad 15.500,00 2.250,65 13.249,36
46.500,00 23.663,90 22.836,10


Visto el informe del Director de Actividades de fecha 21/02/2022 sobre la conveniencia de ampliar el
plazo de ejecución de los contratos de referencia así como condonar parte del canon por los periodos
en que las instalaciones de bar han estado cerradas y la aplicación de un 25% durante el periodo que
han estado abiertas pero con grandes restricciones de uso
, cuyo tenor literal es el siguiente:
“Debido a la situación creada por la Pandemia del COVID19, los Estados de Alarma decretados
desde el inicial del 14 de març de 2020, y las restricciones normativas nacionales y autonómicas
que afectaban a las instalaciones deportivas en general y a sus servicios de bar/cafetería en
particular, los adjudicatarios de la explotación de las mismas no han podido hacer un uso y
aprovechamiento normal de las mismas.
Atendiendo a ello se considera oportuno, de acuerdo a las circunstancias de cada periodo e
instalación valorar la condonación o reducción del canon a abonar, así como la prolongación de
dichos contratos al objeto de que equilibrar su explotación.
Los periodos difieren mínimamente según la instalación.
Los contratos se vieron afectados en los siguientes periodos:

  • Estado de alarma del 14 de març de 2020 y hasta su levantamiento y reinicio de actividad
  • Dicho reinicio del servicio se produjo el 16 de juny de 2020 en las instalaciones Gaetà Huguet y
    Chencho-Ciudad Deportiva, i el 24 de junio en Gran Via, Piscina Olímpica, Pabellón Ciutat de
    Castelló y San Agustín, en todos los casos con importantes restricciones de uso hasta el 15 de
    novembre de 2020.
  • Posteriormente entre el 16 de novembre de 2020 i el 8 d'octubre de 2021, hasta la Resolución
    que normalizo en buena medida el uso de las instalaciones, decayendo aforos de uso de las mismas
    y de sus vestuarios, se entiende que no se pudo hacer un uso normal de las mismas.
    Atendiendo al uso realizado y a las normas nacionales, autonómicas y municipales aplicadas en
    dichos periodos se entiende que se debe condonar el pago del canon en el primer y tercer periodo y
    aplicar un cobro del 25% del mismo en el segundo periodo.
    Y en cuanto a la duración del contrato y de acuerdo a dichos periodos se estima que se debe
    prolongar los mismos en la siguiente duración:
  • Instalación Gaeta Huguet, ampliación de 421 días desde el 30 de maig de 2022, finalitzant el 25 de
    juliol de 2018 2023.
  • Instalaciones Chencho-Ciudad Deportiva, ampliación de 421 días desde el 30 de maig de 2022,
    finalitzant el 25 de juliol de 2023.
  • Instalación Gran Via, ampliación de 429 días desde el 30 de desembre de 2021, finalitzant el 4 de
    març de 2023.
  • Instalaciones Chencho-Ciudad Deportiva, ampliación de 429 días desde el 30 de desembre de 2021,
    finalitzant el 4 de març de 2023..
    Lo que se informa a los efectos oportunos considerando procedente el hecho de condonar o reducir el
    canon de dichos contratos así como la ampliación de su duración de forma que la explotación de los
    bares/cafetería de las instalaciones alcancen un equilibrio razonable respecto a la duración de dichos
    contratos en un periodo de normalidad.


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