El CD Castelló, obligat a comunicar per protocol els casos que impossibiliten competir

A raiz del caso Covid-19 confirmado por el CD Castellón a través de su web, aquest és el protocolo actualizado por parte de la Federación Española de Fútbol en las categorías no profesionales de ámbito estatal con fecha 14 d'octubre.

VII) ACTUACIÓN PARA LA DETECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL DE
cadet salesians a

Martin's Grill
  1. La RFEF y, si és el cas, las Federaciones Territoriales deberán cumplir
    y hacer cumplir lo previsto en el presente apartado del Protocolo.
  2. Se evitará la presencia o participación en actividades y, especialment,
    en partidos de fútbol y fútbol sala oficiales de personas que: (jo)
    presentasen sintomatología compatible con un contagio; (ii)
    estuviesen contagiadas sin infección resuelta; (iii) se hubiese
    establecido su cuarentena por haber mantenido contacto estrecho
    con persona contagiada confirmada o, aun no pudiendo ello ser
    determinado, con persona que presente síntomas compatibles con
    un posible contagio. En tot cas, los criterios a aplicar por la RFEF
    49
    y las respectivas Federaciones Territoriales deberán resultar de lo
    dispuesto en cada momento por las autoridades sanitarias.
    La RFEF y las respectivas Federaciones Territoriales sólo podrán
    actuar en estos cometidos cuando tengan evidencias de los aspectos
    assenyalats.
  3. Els clubs, respecto de sus integrantes, tendrán la obligación de
    comunicar a la RFEF los casos que, en base a lo apuntado en el
    per cobrir una vacant produïda a la Lliga Nacional, conlleven la imposibilidad de tomar parte en las
    competiciones federadas oficiales de ámbito estatal.
  4. En los casos de haberse producido un contagio, el regreso a la
    activitat esportiva, y muy especialmente a las competiciones,
    requerirá de la autorización correspondiente de la RFEF, estant
    ésta condicionada a la aportación por los interesados de la
    correspondiente documentación médica acreditativa de la
    existencia objetiva de una situación que no compromete la salud,
    ni de la persona afectada, ni de otras personas con las que pudiese
    tener o llegar a tener contacto en la actividad deportiva.
    El incumplimiento de las obligaciones establecidas en el Protocolo
    supondrá la aplicación del régimen sancionador establecido por la
    RFEF. En casos de sospecha fundada de brote durante el período de
    pandèmia, la RFEF o en su caso cada uno de los clubes informará al
    CSD y a la autoridad sanitaria competente el plazo de 24 horas desde
    el conocimiento de los casos. La RFEF y los organizadores se dotarán
    de los mecanismos oportunos para poder sancionar a aquéllos
    participantes que incumplan lo dispuesto en este Protocolo y, que es pretén ascendir i no pogués obtenir l'ascens
    que es pretén ascendir i no pogués obtenir l'ascens, los de refuerzo, pudiendo llegar a la inmediata descalificación.

IX) ACTUACIÓN EN CASO DE POSITIVO EN EL DESARROLLO DE UNA
COMPETICIÓ
En caso de que se detecte un positivo en un equipo o durante el periodo
de desarrollo de los entrenamientos o durante el calendario de
competición de ámbito estatal y carácter no profesional todos los clubes
y los miembros individuales de los mismos están obligados a:

  1. Comunicar el positiu a:
    a. Consejería de Sanidad de la CCAA correspondiente.
    Supeditado a las recomendaciones de la CCAA
    corresponent.

b. RFEF.
c. Entidad local competente en el territorio donde se desarrolla
la competición Entidad local competente en el territorio donde se desarrolla
la competició.

Automáticamente seguir el protocolo del Ministerio de Sanidad y/o
autoridad sanitaria autonómica.

Si existís algun contacte estret dins del club, de la mateixa
manera, se deberá seguir el protocolo del Ministerio de Sanidad y/o
autoridad sanitaria autonómica.

S'hauran de desinfectar les instal·lacions.

La RFEF se pondrá en contacto con las autoridades sanitarias
competentes para colaborar en el sistema de rastreo de posibles
casos positivos provocados por contacto estrecho.
La resolución del desarrollo de las competiciones regulares, així com
las decisiones estimadas en la afectación de la continuidad de la misma
será responsabilidad de la RFEF y las decisiones que se adopten serán
comunicadas todos los participantes.
La RFEF ha incluido en todas las Normas y Bases de competición unas
reglas que prevén como actuar en casos de Covid, tanto para la
continuación o finalización de las competiciones oficiales como para
como actuar en casos de positivos tanto en entrenamientos como en
los partidos oficiales.

DEIXA UNA RESPOSTA

Si us plau escriure el teu comentari:
Introduïu aquí el vostre nom