Sin novedades en la Federació más allá del 31 de enero

A falta de cuatro días para concluir el mes de enero, la última circular de la Federació de Futbol de la Comunitat Valenciana, la nº 28 referente a las consecuencias de la suspensión temporal de las competiciones de ámbito territorial, deja en el 31 de enero la suspensión temporal y provisional de  todas las competiciones de fútbol y fútbol Sala. tanto masculino como femenino, de ámbito territorial competencia de esta Federación, así como la suspensión de todos los partidos señalados inicialmente en el calendario oficial para ese periodo de tiempo. 

Con la burocracia de la Generalitat a pleno ritmo plasmado en decretos y resoluciones, lo bien es cierto es que la Federació no ha informado sobre las consecuencias directas del Real Decreto de Presidencia de la Generalitat que, entre otras medidas, incluye el cierre de las instalaciones deportivas, limitaciones sociales y cierre perimetrales de poblaciones que en la práctica impiden la práctica deportiva hasta el 15 de febrero. Eso, el calendario retocado de la Federación establece como fecha de reanudación de las competiciones ligueras el próximo fin de semana del 6-7 de febrero con  la jornada aplazada en su día por el temporal. Pero va a ser imposible.

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Circular nº 28

Según la RESOLUCIÓN de 5 de enero de 2021, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, concretamente en su apartado 2.2 punto 1 se establece lo siguiente:

«No se permite la participación de personas escolarizadas en las etapas educativas de Infantil y Primaria en acontecimientos y en competiciones deportivas organizadas por personas o entidades públicas o privadas, en el marco de los Juegos Deportivos, del deporte federado o del deporte no federado».

No obstante, en el apartado 2.1 de dicha resolución se establece que se pueden realizar actividades deportivas de grupo y entrenamientos deportivos de la siguiente manera:

a) En las actividades deportivas grupales y en los entrenamientos deportivos podrán participar un máximo de 25 personas deportistas. En todo caso se procurará que los grupos sean estables y evitan los contactos con otros grupos de actividad o de entrenamiento. b) Así mismo, se promoverá la práctica de dinámicas deportivas individuales, que permiten garantizar la distancia de seguridad y que se desarrollan preferentemente al aire libre.

De igual manera, la citada resolución establece que mantendrá su vigencia hasta el próximo 31 de enero de 2021, fecha a partir de la cual se podrá retomar la competición si la situación sanitaria lo permite.

Posteriormente, el 7 de enero de 2021 se decretó la suspensión de la jornada que se debía de celebrar el 9 y 10 de enero de todas las competiciones de Fútbol 11 y Fútbol Sala de ámbito territorial organizadas por esta FFCV, debido a las inclemencias meteorológicas que hacían correr peligro la integridad de nuestros afiliados en sus desplazamientos, además de la gran cantidad de instalaciones deportivas de nuestra Comunidad que fueron inhabilitadas para la práctica deportiva.

Finalmente, y dada la alta incidencia de contagios existente en nuestra Comunidad, esta Federación, el pasado 11 de enero de 2021, adoptó la decisión de posponer las competiciones de Fútbol y Fútbol Sala de ámbito territorial hasta el próximo 31 de enero de 2021.

Como consecuencia de lo anterior, se hace necesario acordar hasta el próximo 31 de enero de 2021, la suspensión provisional y temporal de todas las competiciones de fútbol y fútbol Sala. tanto masculino como femenino. de ámbito territorial competencia de esta Federación, así como la suspensión de todos los partidos señalados inicialmente en el calendario oficial para ese periodo de tiempo.

Con la reanudación de las competiciones, se señalarán nuevas fechas para la celebración de los partidos suspendidos y pendientes de disputarse, así como para las jornadas que han sido aplazadas como consecuencia de la citada suspensión desde el 7 hasta el 31 de enero de 2021; lo que será debidamente comunicado a todos nuestros afiliados mediante circular publicada al efecto.

Por otra parte, acordada la suspensión provisional y temporal de las competiciones y puesto que pueden darse circunstancias disciplinarias que perjudiquen a nuestros afiliados, tanto clubes como técnicos, futbolistas y árbitros, se acuerda que las sanciones pendientes de cumplimiento, ya sean por la comisión de infracciones muy graves, graves o leves, quedan en suspenso, debiendo de cumplirse por los infractores una vez se reanuden las competiciones.

Lo que se comunica a nuestras delegaciones, al Comité Técnico de Árbitros y a nuestros clubes afiliados para su conocimiento y efectos oportunos.

Circular nº 28

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