Hasta el 31 de marzo pueden pedirse ya las ayudas de la Diputación de Castellón para los clubs de deporte base

La Diputación de Castellón ha publicado ya las bases dirigidas a los clubs de deporte base que están federados en la provincia de Castellón. Pueden consultarse de forma íntegra en el siguiente enlace.

Beneficiarios.
Podrán beneficiarse de las subvenciones los clubes de deporte base que estén federados de la provincia de Castellón que sus deportistas, con edades inferiores a los 19 años participen en competiciones oficiales, es decir, en competiciones deportivas reguladas por las correspondientes federaciones deportivas.
No podrán tener la condición de beneficiario las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS).
La percepción de ayudas en esta convocatoria será incompatible con la percepción de ayudas en las
siguientes convocatoria
s:

  • Convocatoria de subvenciones a clubes deportivos de la provincia de Castellón con competiciones
    oficiales de ámbito nacional o internacional para la realización de actividades deportivas durante el ejercicio económico 2023.
  • Convocatoria de subvenciones a clubes deportivos de la provincia de Castellón de municipios con
    población inferior a 3000 habitantes para la realización de actividades deportivas durante el ejercicio
    económico 2023.
    En caso de presentarse más de una solicitud de subvención en distintas convocatorias incompatibles, el Servicio de Deportes, se procederá a subvencionar la que ha tenido entrada en primer lugar en
    el Registro Electrónico de Entrada, excepto si el solicitante desiste a la misma antes de la concesión de
    la subvención, en cuyo caso se atendería la solicitud de subvención que haya tenido entrada en siguiente
    lugar, siempre y cuando cumpla con los requisitos de la respectiva convocatoria.
  • De la actividad subvencionada, ÚNICAMENTE son gastos subvencionables de las presentes ayudas
  • los que se relacionan a continuación:
  • Licencias deportivas.
  • Arbitrajes.
  • Material deportivo.
  • Ropa deportiva.
  • Transporte.
  • Alquiler de instalaciones deportivas.

SEXTA. Cuantía de la subvención y financiación de las actividades subvencionadas.
La cuantía de la subvención no podrá superar el 50% de los gastos subvencionables de la actividad,
siendo la subvención máxima de 30.000,00 €, salvo en aquellos casos especiales que, en su caso, sean
apreciados por la comisión de valoración, de los que se dejará constancia expresamente en la resolución.

Ripotenis

OCTAVA. Solicitudes: plazo, lugar y documentación.
Los interesados en concurrir en este procedimiento deberán presentar sus solicitudes desde el día
siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón hasta el 31 de marzo de 2023.

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