La Generalitat concede ayudas de hasta 2.500 euros a deportistas de élite con 26 años como máximo

La Conselleria de Educación, Cultura y Deporte ha convocado las becas académico-deportivas para deportistas de élite del territorio valenciano para el año 2020 para que puedan compaginar el rendimiento académico con el deportivo. La convocatoria publicada en el DOGV se puede consultar en el siguiente enlace: consultar aquí

Deporte ha incrementado este año el importe de esta línea de ayudas hasta los 400.000 euros, un 14 % más que en la convocatoria anterior, en que fueron becados un total de 341 deportistas de élite valencianos, 156 mujeres y 185 hombres. Las becas tienen una dotación económica que oscila entre los 500 y los 2.500 euros.

El director general de Deporte, Josep Miquel Moya, ha señalado que «el incremento progresivo del presupuesto de estas becas ha permitido conceder más becas a jóvenes deportistas valencianos y llegar a más deportes diferentes cada año. Con estas ayudas damos apoyo y aportamos las herramientas necesarias para contribuir al crecimiento personal, académico y deportivo de los deportistas valencianos más jóvenes».

Ripotenis

Estas becas tienen como finalidad ayudar a los y las deportistas de élite valencianos a sufragar, en parte, las gastos ocasionadas por los estudios y la formación académica como incentivo económico a la formación, en consideración a los resultados deportivos, las exigencias de la preparación y el hecho de representar un modelo para la juventud.

Así, para poder optar a la beca es necesario ser deportista de élite de nivel A o B, incluidos en las listas de deportistas de élite publicadas desde el 1 de enero de 2019, y que no hayan perdido esta condición. Otro de los requisitos es que los solicitantes cumplan como máximo 26 años durante el 2020, y estar en posesión de la licencia en vigor correspondiente de una federación deportiva valenciana.

El plazo de presentación de solicitudes estará abierto hasta el 22 de julio de 2020. La solicitud se podrá presentar por medios electrónicos a través de la sede electrónica de la Generalitat Valenciana, consultar aquí, en el apartado de ayudas, becas y subvenciones en el procedimiento correspondiente a esta convocatoria, o se accederá directamente a través del siguiente enlace: consultar aquí. Asimismo, la solicitud también podrá presentarse en papel, preferentemente en el Registro de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte.

Segundo. Personas beneficiarias
1. Las personas beneficiarias serán aquellas personas físicas que
acrediten los requisitos establecidos en este apartado y que puedan obtener la condición de beneficiarias por no concurrir en ninguna de las
circunstancias que lo impidan, las cuales se detallan en el artículo 13 de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones:
a) Ser deportistas de élite de la Comunitat Valenciana de nivel A o
de nivel B, que aparezcan en las listas de deportistas de élite publicadas
desde el 1 de enero de 2019 hasta el final del plazo de solicitud establecido en el apartado séptimo de esta convocatoria, y que no hayan perdido esta condición por alguna de las causas del artículo 6 del Decreto
13/2006, de 20 de enero, del Consell de la Generalitat, sobre los deportistas de élite de la Comunidad Valenciana.
b) Acreditar los resultados, obtenidos desde el 1 de enero de 2019
hasta la fecha final del plazo de presentación de solicitudes, referidos
en el artículo 6.2 de las bases que regulan esta convocatoria, o al menos
en campeonatos oficiales de España, resultados de:
b.1. Modalidades olímpicas o paralímpicas: resultados entre los 6
primeros clasificados en categorías de más de 17 años, o entre los 16
primeros clasificados en categoría sénior.
b.2. Otras modalidades oficialmente reconocidas: resultados entre
los 3 primeros clasificados en categorías de más de 17 años, o entre los
12 primeros clasificados en categoría sénior.
Todos los resultados tienen que ser obtenidos en campeonatos oficiales que cumplan el resto de requisitos de número mínimo de deportistas y equipos participantes por categoría establecidos igualmente en
el artículo 6.2 de les bases que regulan esta convocatoria.
c) Tener el domicilio en cualquier municipio de la Comunitat Valenciana en el momento de la solicitud, excepto los deportistas incluidos
en centros estatales de tecnificación deportiva o situación parecida, que
hayan desarrollado la carrera deportiva en la Comunitat Valenciana hasta
este momento, situación que debe acreditar su federación deportiva.
d) Deportistas que en 2020 cumplan como máximo 26 años.
e) Estar en posesión de la correspondiente licencia en vigor de una
federación deportiva de la Comunitat Valenciana, i que lo acredite la
federación correspondiente.
f) Tener matrícula durante todo el curso académico 2019-2020 en un
centro de enseñanza secundaria o universitaria oficialmente reconocido

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