La Generalitat Valenciana incrementará en la declaración de la renta de este año las bases liquidables para las deducciones fiscales en relación a los gastos asociados a la práctica deportiva. En concreto, se pasará de los 32.000 € en declaración individual a los 68.000 y en declaración conjunta el incrementl será de 48.000 € a 78.000. Los importes actuales máximos por deducción se mantendrían.

Esta deducción es aplicable sobre los gastos soportados por cuotas de pertenencia o adhesión satisfechas a gimnasios, clubes deportivos, entre otros gastos.

Importe de la deducción

  • 30% del importe satisfecho en el periodo impositivo por gastos asociados a la práctica del deporte o actividades saludables.
  • 50% del importe satisfecho si el declarante es mayor de 65 años o tiene una discapacidad igual o superior al 33%.
  • 100% del importe satisfecho si el declarante es mayor de 75 años o tiene una discapacidad igual o superior al 65%.

El límite máximo de la deducción será de 150 €.

El límite de deducción se establecerá por contribuyente y los desembolsos podrán ir destinados a actividades desarrolladas por el contribuyente, su cónyuge y aquellas personas que den derecho a la aplicación de los mínimos familiares por descendientes y ascendientes.

Gastos que dan derecho a deducción

  • Cuotas de pertenencia o adhesión satisfechas a gimnasios, clubes deportivos, federaciones deportivas, grupos de recreación deportiva, secciones deportivas o de recreación deportiva de otras entidades no deportivas, agrupaciones de recreación deportiva, asociaciones de federaciones y sociedades anónimas deportivas.
  • Adquisición del equipamiento obligatorio para la práctica del deporte federado.
  • Servicios personales de entrenamiento prestados por técnicos y entrenadores deportivos.
  • Servicios personales prestados por traumatólogos, dietistas-nutricionistas, fisioterapeutas, podólogos o técnicos superiores en Dietética.

Deberá acreditarse las adquisiciones de bienes o servicios mediante la correspondiente factura y el justificante del pago realizado mediante tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuentas en entidades de crédito.

Cuando dos contribuyentes declarantes tengan derecho a la aplicación de esta deducción por corresponder a gastos relacionados con otros miembros de su unidad familiar su importe se prorrateará entre ellos por partes iguales.

El president de la Generalitat, Juanfran Pérez Llorca, ha anunciado “la ampliación de las deducciones fiscales de carácter social a las rentas medias que va a beneficiar a cerca de un millón de ciudadanos de la Comunitat Valenciana”.

El jefe del Consell ha explicado que con esta medida “300.000 nuevos contribuyentes podrán aplicarse la ampliación de estas desgravaciones por gastos en dentista, oculista, práctica deportiva, enfermedades raras y alzhéimer, entre otras”.  El impacto económico de la medida representa unos 30,2 millones de euros.

Se trata de una iniciativa con efecto retroactivo que continúa con la política de rebajas fiscales impulsada por el Consell para aliviar la carga tributaria de las familias valencianas y favorecer la cohesión social que se contrapone “al infierno fiscal de los ocho años de gobierno del Botànic”, ha señalado Pérez Llorca. 

El president ha reafirmado la apuesta del Ejecutivo valenciano por una administración que “baja impuestos pero recauda un 7,4% más, elimina la burocracia y da libertad a las familias, al tiempo que garantiza unos servicios públicos fuertes y sostenibles”.