Las nuevas limitaciones para los jugadores A que pasan al B

Una de las modificaciones del Reglamento de la Federació de Fútbol de la Comunitat Valenciana de esta temporada está relacionada con los cambios de jugadores entres los equipos dentro de un mismo club.

Tras la modificación del Reglamento, un jugador de un equipo A que se inscriba en un equipo B del mismo club no podrá volver a inscribirse, ni a alinearse con el equipo A.

Así se entiende según la nueva redacción del Artículo 100 del Reglamento en el punto 6.

Ripotenis

De este modo, durante la primera vuelta se podrán inscribir jugadores de un equipo de un club a otro equipo del mismo club, con la única restricción de que no podrá inscribirse, ni volver a alinearse con el equipo en el que inicialmente estuvo inscrito.

Una vez finalizada la primera vuelta, según se regula en el punto 5, únicamente podrán «bajar» un máximo de 4 jugadores de un equipo A o principal a un equipo B de igual o similar categoría.

Artículo 100. Normas relativas a la inscripción y alineación de futbolistas. Licencias.

En lo que atañe a la alineación de futbolistas, para los clubes que tengan equipos dependientes, según los define el artículo 98.1 de la presente Sección 1ª, de este Capítulo, se regirán por las normas siguientes:

1.-Los o las futbolistas mayores de veintitrés años, en lo referente a su alineación, estarán sujetos a las prescripciones que establece el artículo 104 del presente reglamento.
Las edades a las que se refiere el presente artículo se entenderán referidas al día 1 de enero de la temporada de que se trate, lo que se concretará cada temporada mediante circular.

2.- Los y las futbolistas menores de veintitrés años adscritos a equipos dependientes de un club, según se define en el artículo 98.1 precedente, podrán intervenir en categoría o división superior y retornar a la de origen, en el transcurso de la temporada, sin ninguna clase de limitaciones, salvo las que en los apartados siguientes se indican:

a) Los o las futbolistas con licencias PB, FPb, PS y PSF; B, FB, BS y BSF; AL, FAl, SA y SAF; I, FI, IS e ISF; podrán alinearse en la categoría inmediatamente superior, con la licencia que originariamente le fue expedida, siempre que hayan nacido en el año natural posterior a lo establecido como mínimo para cada una de las categorías.

b) Los o las futbolistas cadetes, con quince años cumplidos, pueden jugar en competiciones de juveniles u otra categoría superior, con la licencia que les fue expedida originariamente.

c) Las licencias C, FC, CS y CSF, e inferiores, faculta para actuar en todos los equipos del club que los tenga inscritos, siempre que lo sean de división superior.

3.- Tratándose de competiciones distintas a los Campeonatos de Liga, el número de futbolistas que se alineen en un equipo superior, procedentes de equipos dependientes, no podrá exceder de tres, pero respetando en todo caso lo que dispone el artículo 269 del presente Reglamento.

4.- En competiciones por sistema de eliminatorias en los que puedan intervenir los equipos pertenecientes a divisiones distintas, solo podrá participar el primero del club principal, quedando excluidos los equipos dependientes, salvo que las bases de competición modifiquen esta norma.

5.- Una vez finalizada la primera vuelta de una misma temporada, los o las futbolistas con licencia J, FJ, JS y JSF e inferiores, que hubieren sido originariamente inscritos en el equipo principal o dependientes de un club y hubieren causado baja en el mismo, no podrán darse de alta en equipos del mismo club de igual o inferior categoría o división a aquel equipo en el que primeramente fue inscrito, en número superior a cuatro futbolistas por equipo.

6.- Los y las futbolistas cuya licencia se cancele, en el transcurso de la misma temporada, no podrán obtener licencia ni alinearse en el mismo equipo del club al que ya estuvieron vinculados.

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