Normativa para dilucidar clasificación final en caso de empates

Como está a punto de concluir Liga Autonómica Infantil y Cadete, Primera y Segunda Juvenil (normativa aplicable Artículo 285) y el resto de competiciones en formato liga regular (Segunda Infantil y Fútbol 8), os recordamos la normativa para dilucidar empates en la clasificación final.

NORMATIVA APLICABLE

Artículo 285.- (Ligas normales)

Orden de la clasificación en caso de empate a puntos.

1.- Si en una competición por puntos se produce empate entre dos equipos, éste se resolverá por la mayor diferencia de goles a favor, sumados los a favor y en contra, según el resultado de los dos partidos jugados entre ellos; si así no se dilucidase, se decidirá también por la mayor diferencia de goles a favor, pero teniendo en cuenta todos los obtenidos y recibidos en el transcurso de la competición; de ser idéntica la diferencia, resultará campeón el que hubiese marcado más tantos en la competición.

Ripotenis

2.- Si el empate se produjese entre más de dos equipos, se resolverá:

a) Por la puntuación que le corresponda a tenor de los resultados obtenidos entre ellos, como si los demás no hubieran participado.

b) Por la mayor diferencia de goles a favor y en contra, considerando únicamente, los partidos jugados entre sí por los equipos empatados.

c) Por la mayor diferencia de goles obtenidos y recibidos, teniendo en cuenta todos los encuentros del campeonato y, siendo aquella idéntica, a favor del equipo que bubiese marcado más goles.

3.• Las normas anteriores se aplicarán por este orden y con carácter excluyente, de tal suerte que, si al aplicar una de ellas se resolviera el empate de alguno de los equipos implicados, éste quedará excluido, aplicándose a los que resten las que correspondan, según su número sea de dos o más.

4.- Si la competición se hubiese celebrado a una vuelta y el empate a puntos, en la clasificación final, se produjese entre dos o más equipos, se resolverá:
a.- Por la mayor diferencia de goles obtenidos y recibidos, teniendo en cuenta todos los encuentros del campeonato.
b.- Por el mayor número de goles marcados, teniendo en cuenta todos los conseguidos en la competición.
c.- Por el resultado de los partidos jugados entre ellos.

5.- En el caso de que la situación de empate no se resuelva mediante la aplicación de cuanto se dispone en el presente artículo, se jugará un partido de desempate en la fecha, hora y campo neutral que el Comité de Competición y Disciplina competente designe.

Artículo 285 bis.- (Ligas con cambios volantes y Fútbol 8)

Orden de la clasificación en caso de empate a puntos en competiciones en las que son obligatorias la alineación de la totalidad de los o las futbolistas inscritas en el acta arbitral.

1.- Si en una competición por puntos se produce empate entre dos equipos, éste se resolverá:

a) Por la mayor diferencia de goles a favor, sumados los a favor y en contra, según el resultado de los dos partidos jugados entre ellos.
b) Por el menor número de goles encajados en la competición.
c) A favor del equipo empatado a puntos que tenga una mejor posición en la clasificación final de juego limpio de la FFCV en la categoría de que se trate.
d) A favor del equipo empatado a puntos que tenga a su favor más tarjetas verdes durante la temporada de que se trate.

2.- Si el empate se produjese entre más de dos equipos, se resolverá:

a) Por la puntuación que le corresponda a tenor de los resultados obtenidos entre ellos, como si los demás no hubieran participado.
b) Por la mayor diferencia de goles a favor y en contra, considerando únicamente, los partidos jugados entre sí por los equipos empatados.
c) Por el menor número de goles encajados en la competición.
d) A favor del equipo empatado a puntos que tenga una mejor posición en la clasificación final de juego limpio de la FFCV en la categoría de que se trate.
e) A favor del equipo empatado a puntos que tenga a su favor más tarjetas verdes durante la temporada de que se trate.

3.- Las normas anteriores se aplicarán por este orden y con carácter excluyente, de tal suerte que, si al aplicar una de ellas se resolviera el empate de alguno de los equipos implicados, éste quedará excluido, aplicándose a los que resten las que correspondan, según su número sea de dos o más.

4.- Si la competición se hubiese celebrado a una vuelta y el empate a puntos, en la clasificación final, se produjese entre dos o más equipos, se resolverá:

a.- Por el resultado de los partidos jugados entre ellos.
b.- Por el menor número de goles encajados en la competición.
c.- A favor del equipo empatado a puntos que tenga una mejor posición en la clasificación final de juego limpio de la FFCV en la categoría de que se trate.
d- A favor del equipo empatado a puntos que tenga a su favor más tarjetas verdes durante la temporada de que se trate.
5.- En el caso de que la situación de empate no se resuelva mediante la aplicación de cuanto se dispone en el presente artículo, se jugará un partido de desempate en la fecha, hora y campo neutral que el Comité de Competición y Disciplina competente designe.

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