Desde el pasado 23 de octubre los profesionales del deporte en la Comunitat Valenciana tienen la obligatoriedad de inscribirse en el Censo de Profesionales del Deporte.
El plazo para realizar la inscripción con la Declaración Responsable finaliza el 31 de enero de 2026.
La presentación de la Declaración Responsable permitirá el ejercicio de la respectiva profesión desde el día de su registro. A continuación os indicamos los aspectos más importantes de censo, la documentación a presentar y forma de inscribirse.
¿Quién debe presentar la Declaración Responsable?
Las personas que ejerzan en el ámbito de la Comunitat Valenciana alguna de las profesiones del deporte y la actividad física reguladas en la Ley 2/2022, de 22 de julio:
- Monitor/a Deportivo/a acondicionamiento físico básico.
- Monitor/a Deportivo/a recreativo/a y de animación.
- Monitor/a Deportivo/a formativo/a.
- Entrenador/a Deportivo/a.
- Preparador/a físico/a.
- Director/a deportivo/a.
En el marco de una prestación de servicios de deporte y actividad física:
- Por cuenta propia o ajena.
- A cambio de retribución o voluntariamente.
- En el sector público o en el privado.
¿Quién NO debe presentar la Declaración Responsable?
- El profesorado de Educación Física
- El personal arbitral y juez deportivo
- Las personas que ejerzan como deportistas
- Las personas que desarrollan su actividad profesional deportiva en la Comunitat Valenciana de forma puntual u
- ocasional. Puntual, hasta tres meses. Ejercicio Regula y Habitual, cuando se repita en el tiempo, con cierta continuidad, aunque su duración fuera inferior a tres meses.
- El personal gestor deportivo (desempeña funciones de gestión administrativa y operativa dentro del ámbito deportivo,
- sin que sea necesario contar con una titulación específica reservada. Estas funciones no incluyen la dirección técnicodeportiva, competencia exclusiva de los directores deportivos).
- Las personas que desarrollen actividades profesionales que se rijan por su normativa específica.
Censo público y accesible
El Censo de Profesionales del Deporte y la Actividad Física de la Comunitat Valenciana será público y estará accesible a cualquier persona para la consulta de los siguientes datos:
- Nombre y apellidos
- Titulación
- Profesión
- Correo electrónico profesional ( previa autorización)
Una persona que ejerza más de una profesión del deporte y la actividad física deberá presentar una Declaración Responsable por cada una de ellas.
La inexactitud, la falsedad o la omisión, de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento que se acompañe o incorpore a la Declaración Responsable, o su no presentación, supondrá la imposibilidad de seguir ejerciendo la respectiva actividad profesional desde el momento en que la dirección general competente en materia de deporte tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar.
Proceso de tramitación
Exclusivamente tramitación TELEMÁTICA. Debes seleccionar entre dos opciones de formularios :
Documentación
a) DNI/NIE de la persona profesional
b) Titulación / certificado o diploma formativo
c) Certificado negativo del Registro central de delincuentes sexuales y de trata de seres humanos)
d) Seguro de Responsabilidad Civil
- Los documentos a) y b) se podrán consultar automáticamente, excepto si la persona interesada manifieste su oposición a la consulta interactiva de datos.
- El documento c) será obligatoria su presentación para quienes desarrollen su actividad profesional en contacto habitual con menores.
No obstante, sí se deberá presentar la documentación correspondiente en los siguientes casos:
1.- Cuando se acrediten titulaciones, homologaciones, convalidaciones, acreditaciones por la experiencia y resto de circunstancias que permitan el ejercicio profesional del deporte y la actividad física que no puedan ser consultadas por parte del órgano gestor. En esta línea, la dirección general competente en materia de deporte podrá reclamar también la documentación que no pueda obtener de oficio, a pesar de la autorización de la persona solicitante a su consulta interactiva.
2. Cuando la solicitud la tramite una persona representante se deberá adjuntar obligatoriamente una declaración responsable firmada por la persona profesional solicitante. Esta declaración incluirá una autorización que deje constancia fidedigna de la representación, para el caso de que no se autorice la consulta en el Registro de Representantes de la ACCV de la Generalitat Valenciana, lo cual implicará tener que adjuntar necesariamente el DNI/NIE de la persona profesional.
3. Sin perjuicio de lo anterior, se deberá adjuntar documentación específica en las siguientes situaciones:
– Personas que ejercen las profesiones de monitor deportivo sin reunir los requisitos de formación establecidos en la Ley 2/2022, de acuerdo con la Disposición adicional séptima de la mencionada ley: Deberán presentar el justificante de haber solicitado ante la autoridad laboral/educativa la acreditación de las competencias profesionales por experiencia profesional y vías de formación no formal. Si no disponen del mismo, pueden obtenerlo aquí.
– Personal funcionario de carrera, personal laboral fijo o indefinido, personal funcionario interino y personal laboral temporal o eventual al servicio de las administraciones públicas que ejerce la profesión de monitor o entrenador deportivos, sin cumplir los requisitos de titulación exigidos. Deberán acreditar su condición de personal funcionario o laboral, a 26 de enero de 2023 fecha de entrada en vigor de la ley 2/2022.
– Personas con formación deportiva federativa anterior al 26 de enero de 2023, fecha de entrada en vigor de la ley 2/2022: Para ejercer la profesión de monitor o entrenador deportivo se deberá aportar el certificado/diploma federativo correspondiente, en ambos casos acompañado de un certificado de la federación de la Comunitat Valenciana que acredite haber tenido licencia de monitor o entrenador al menos durante una temporada entre el 26/07/2019 y el 26/07/2024. Para ejercer la profesión de director deportivo de su modalidad deberá aportar un certificado federativo de nivel III acompañado de un certificado o contrato con la entidad en la que ha ejercido la mencionada profesión durante al menos tres años entre el 26/07/2017 y el 26/07/2024.

Acceso de terceros a los datos
El acceso a datos diferentes de los anteriores, se realizará previa solicitud en la que se identifique la persona solicitante y acredite la condición de interesada en el procedimiento, o el específico interés legítimo, dentro de los límites establecidos en la normativa reguladora de protección de datos de carácter personal.
Seguro de responsabilidad civil
Es obligatorio disponer de un seguro de responsabilidad civil profesional que cubra los posibles daños a personas usuarias y a terceros derivados del ejercicio de tu actividad profesional.
¿Quién puede suscribir el seguro?
- La persona profesional, si ejerce por cuenta propia.
- La empresa o entidad empleadora, si se trabaja por cuenta ajena.
- Una entidad de colegiación, asociación o federación, mediante un seguro colectivo (por ejemplo, el seguro que ofrece el
COLEF a sus colegiados). - La Administración Pública correspondiente, en el caso de personal funcionario o laboral de su organización

Profesiones reguladas del deporte y la actividad física y sus funciones
1.- Monitor deportivo o monitora deportiva en acondicionamiento físico básico:
Elaboración y ejecución de actividades de acondicionamiento/mantenimiento físico básico, mejora de la condición física y de desarrollo y aprendizaje motor.
Vigilancia y orientación básica para la utilización elemental del equipamiento y la maquinaria deportiva para la realización segura y adecuada en la ejecución de actividades de acondicionamiento físico básico.
Asignación elemental y básica de rutinas grupales generales de ejercicios estandarizados y prediseñados previamente para la población en general en actividades de acondicionamiento físico básico.
Titulaciones/Formaciones requeridas
- – Técnico o Técnica Superior en Animación de Actividades Físicas y Deportivas (TAFAD).
- – Técnico o Técnica Superior en Enseñanza y Animación Sociodeportiva (TSEAS).
- – Técnico o Técnica Superior en Acondicionamiento Físico (TSAF).
- – Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte o título universitario correspondiente.
- – Certificado Profesional habilitante para la cualificación profesional específica:
- AFDA0110 Acondicionamiento físico en grupo con soporte musical.
- AFDA0111 Fitness acuático e hidrocinesia.
- AFDA0210 Acondicionamiento físico en sala de entrenamiento polivalente.
2. Monitor deportivo o monitora deportiva en actividades físicas recreativas o animación deportiva:
Elaboración y ejecución de actividades de guía y animación deportiva. En el deporte en edad de escolarización obligatoria podrán desarrollar la actividad en eventos de carácter lúdico recreativo.
Titulaciones/Formaciones requeridas
- – Técnico o Técnica Superior en Animación de Actividades Físicas y Deportivas (TAFAD).
- – Técnico o Técnica Superior en Enseñanza y Animación Sociodeportiva (TSEAS).
- – Técnico o Técnica Superior en Acondicionamiento Físico (TSAF).
- – Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte o título universitario correspondiente.
- – Técnico o Técnica en Conducción de Actividades Físico-Deportivas en el Medio Natural.
- – Técnico o Técnica en Guía en el medio natural y de tiempo libre.
- – Técnico o Técnica en Actividades Ecuestres.
- – Certificado oficial del ciclo inicial de Técnico Deportivo o certificado/diploma de Nivel I de Periodo Transitorio, de la modalidad y especialidad deportiva correspondiente.
- – Técnico Deportivo (Grado Medio académico oficial) o certificado/diploma de Nivel II de Periodo Transitorio, de la modalidad y especialidad deportiva correspondiente.
- – Técnico Deportivo Superior (Grado Superior académico oficial) o certificado/diploma de Nivel III de Periodo Transitorio, de la modalidad y especialidad deportiva correspondiente.
- – Certificado Profesional habilitante para la cualificación profesional específica:
- AFDA0109 Guía por itinerarios en bicicleta.
- AFDA0112 Guía por barrancos secos o acuáticos.
- AFDA0209 Guía por itinerarios ecuestres en el medio natural.
- AFDA0211 Animación físico-deportiva y recreativa.
- AFDA0212 Guía de espeleología.
- AFDA0411 Animación físico-deportiva y recreativa para personas con discapacidad.
- AFDA0611 Guía por itinerarios de baja y media montaña.
- AFD_C_003_4B Guía ecuestre en el medio natural.
- AFD_C_004_4B Guía de baja y media montaña, ocio y aventura en el medio natural.
- AFD_C_005_4B Guía de bicicleta en el medio natural.
- AFD_C_006_4B Guía de actividades en el medio acuático.
– Excepcionalmente equivalencia de los certificados federativos,que no sean del periodo transitorio, de la modalidad y especialidad deportiva correspondiente en casos determinados, según lo indicado en los apartados 7.1, 7.2 y 7.3.
3. Monitor deportivo o monitora deportiva en actividad física deportiva de carácter formativo:
Instrucción e iniciación deportiva no enfocada a la competición, si bien en el caso de las competiciones deportivas en edad de escolarización obligatoria (hasta 16 años) o eventos de carácter recreativo también podrán desarrollar su actividad profesional.
La prestación de los servicios propios del monitor deportivo o monitora deportiva requiere su presencia física en el desarrollo de sus funciones.
Titulaciones/Formaciones requeridas
- – Técnico o Técnica Superior en Animación de Actividades Físicas y Deportivas (TAFAD).
- – Técnico o Técnica Superior en Enseñanza y Animación Sociodeportiva (TSEAS).
- – Técnico o Técnica Superior en Acondicionamiento Físico (TSAF).
- – Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte o título universitario correspondiente.
- – Grado en Magisterio de Educación Primaria con mención en Educación Física o título universitario (deporte escolar en educación primaria).
- – Técnico o Técnica en Actividades Ecuestres (actividad se desarrolle con caballos).
- – Certificado oficial del ciclo inicial de Técnico Deportivo o certificado/diploma de Nivel I de Periodo Transitorio, de la modalidad y especialidad deportiva correspondiente.
- – Técnico Deportivo (Grado Medio académico oficial) o certificado/diploma de Nivel II de Periodo Transitorio, de la modalidad y especialidad deportiva correspondiente.
- – Técnico Deportivo Superior (Grado Superior académico oficial) o certificado/diploma de Nivel III de Periodo Transitorio, de la modalidad y especialidad deportiva correspondiente.
- – Certificad Profesional habilitante para la cualificación profesional específica:
- AFDA0310 Actividades de natación.
- AFDA0311 Instructor de yoga.
– Excepcionalmente equivalencia de los certificados federativos, que no sean del periodo transitorio, de la modalidad y especialidad deportiva correspondiente en casos determinados, según lo indicado en los apartados 7.1, 7.2 y 7.3.
4.- Entrenador deportivo o entrenadora deportiva
Entrenamiento, selección, planificación, programación, conducción, asesoramiento, iniciación, instrucción, control, seguimiento y evaluación a deportistas o equipos para la competición en la modalidad deportiva o especialidad correspondiente.
Titulaciones/Formaciones requeridas
- – Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte o título universitario correspondiente.
- – Técnico Deportivo (Grado Medio académico oficial) o certificado/diploma de Nivel II de Periodo Transitorio, de la modalidad y especialidad deportiva correspondiente.
- – Técnico Deportivo Superior (Grado Superior académico oficial) o certificado/diploma de Nivel III de Periodo Transitorio, de la modalidad y especialidad deportiva correspondiente.
- – Excepcionalmente equivalencia de los certificados federativos de la modalidad y especialidad deportiva correspondiente en casos determinados, según lo indicado en los apartados 7.1, 7.2 y 7.3.
5.- Preparador físico o preparadora física
a) Especialista en rendimiento físico-deportivo:
Asesoramiento, prevención, planificación, diseño, evaluación técnico-científica, desarrollo y ejecución de actividades físico-deportivas y ejercicio físico orientado al mantenimiento, mejora, desarrollo, optimización y recuperación de la condición física y las capacidades coordinativas de personas, grupos o equipos, enfocada o no a la competición o pruebas oficiales. La denominación de entrenador o entrenadora personal se considera incluida dentro de la profesión de preparador físico o preparadora física.
b) En las áreas de educación física extracurricular, readaptación deportiva y promoción de la salud:
Prevención, asesoramiento, planificación, diseño, individualización, desarrollo y evaluación técnico-científica del trabajo mediante actividades físico-deportivas y ejercicio físico orientado a la mejora de la calidad de vida y salud de las personas.
Readaptación, reentrenamiento o reeducación de personas, grupos o equipos con lesiones y patologías, compitan o no, mediante actividades físico-deportivas y ejercicios físicos adecuados a sus características y necesidades.
Preparación, asesoramiento, planificación, desarrollo y evaluación técnico-científica de actividades físico-deportivas y ejercicios físicos orientados a la mejora de la calidad de vida y salud realizado con poblaciones que requieren especial atención como personas con diversidad funcional, mujeres embarazadas o en puerperio, personas mayores y menores de edad, personas con patologías y problemas de salud diagnosticados por personal médico.
Titulaciones/Formaciones requeridas
– Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte o título universitario correspondiente.
6.- Director deportivo o directora deportiva
Dirección, organización, coordinación, programación, planificación, supervisión y evaluación de actividades físicas y deportivas y de los recursos humanos del deporte en un centro, servicio, instalación, entidad o evento deportivo, tanto de titularidad pública como privada, y siempre aplicando los conocimientos y las técnicas propias de las ciencias de la actividad física y del deporte, así como conocimientos instrumentales necesarios para el desarrollo de sus funciones.
Titulaciones/Formaciones requeridas
- – Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte o título universitario correspondiente.
- – Técnico Deportivo Superior (Grado Superior académico oficial) o certificado/diploma de Nivel III de Periodo Transitorio, de la modalidad y especialidad deportiva correspondiente (en una única modalidad deportiva).
- – Excepcionalmente equivalencia de los certificados federativos de la modalidad y especialidad deportiva correspondiente en casos determinados, según lo indicado en el apartado a.7.1).
7.- Profesor o profesora de Educación Física
Enseñanza de la Educación Física en cualquiera de los niveles educativos previstos en la normativa reguladora del sistema educativo.
Esta profesión del deporte y la actividad física de la CV está excluida de este trámite debido a que para ejercer la misma no es exigible presentar la Declaración responsable.

Equivalencias profesionales de los certificados federativos
- 7.1) Personas con formación deportiva federativa anterior al 26/01/23, fecha de entrada en vigor de la Ley 2/2022, tendrán competencia profesional para ejercer la profesión de monitor deportivo o de entrenador deportivo respectivamente cuando hayan tenido una experiencia como monitor o entrenador al menos durante una temporada entre el 26/07/2019 y el 26/07/2024 con su correspondiente licencia en la federación de la Comunitat Valenciana de esa modalidad deportiva. Para ejercer la profesión de director deportivo de su modalidad deberá estar en posesión de un certificado federativo de nivel III y haber desarrollado esta profesión durante al menos tres años entre el 26/07/2017 y el 26/07/2024. En ambos casos se deberá acreditar la formación y experiencia requerida.
- 7.2) Personas con formación deportiva federativa posterior al 26/07/22, fecha de publicación de la Ley 2/2022, para modalidades o especialidades en las que se han desarrollado enseñanzas de régimen especial (atletismo, baloncesto, balonmano, buceo, deportes de invierno, esgrima, espeleología, fútbol, fútbol sala, hípica, judo, montaña y escalada, piragüismo, salvamento y socorrismo y vela) tendrán competencia profesional para ejercer la profesión de monitor deportivo si están en posesión de un certificado federativo de nivel I y para ejercer la profesión de entrenador deportivo un certificado federativo de nivel II, siempre que la correspondiente formación federativa cuente con el reconocimiento de l’Escola de l’Esport de la Generalitat.
- 7.3) Personas con formación federativa, conforme a la Convención de Entrenadores de la UEFA y reconocida en el resto de países de la UE, obtenida con posterioridad al 26/01/2023, en proceso de ordenación por parte del Ministerio de Educación – CSD (D.F. 6ª, Ley 39/2022).
Preguntas frecuentes
En el siguiente enlace «Preguntas frecuentes« obtendrás respuestas a la dudas de la tramitación y registro en el censo de Profesionales del deporte


































