El CSD da luz verde al público en 2B y 3 y fechas al finalizar la competición para recuperar partidos aplazados por Covid-19

COVID-19. Protocolo de actuación para la vuelta de competiciones oficiales de ámbito estatal y carácter no profesional. 
(Temporada 2020-2021)
Suscrito por todas las Comunidades Autónomas, Federación Española de Municipios y Provincias, Federaciones Deportivas Españolas, Asociación del Deporte Español, Comité Paralímpico Español, Comité Olímpico Español y otros interlocutores del deporte y organizadores de competiciones integrados en el Grupo de Tareas para el Impulso del Deporte del Consejo Superior de Deportes.
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I) ASPECTOS GENERALES.
1. Introducción1.
En el marco de la actual pandemia de COVID-19 y la nueva normalidad que ha seguido a las etapas de confinamiento y desescalada durante el presente año 2020, este protocolo (en adelante, el Protocolo) establece un marco general relativo a los procedimientos médicos, sanitarios e higiénicos, así como los protocolos operativos que deben aplicarse en la organización de las competiciones oficiales de ámbito estatal y de carácter no profesional. Adicionalmente, y previo acuerdo a través del Consejo Superior de Deportes (en adelante CSD), podrá servir como referencia y mínimo común denominador para las Comunidades Autónomas (CCAA), en la regulación y control de competiciones deportivas de su competencia, que favorezca la necesaria armonización interterritorial y entre Administraciones, y contribuya a un desarrollo justo y deportivamente igualitario de todas las competiciones.
Con carácter previo hay que señalar que las Federaciones deportivas españolas (FFDDEE o FDE, en adelante), bajo la coordinación y tutela del CSD, ejercen la función pública de carácter administrativo correspondiente a “calificar y organizar, en su caso, las actividades y competiciones oficiales de ámbito estatal”, debiendo tenerse presente que, la organización de tales competiciones “se entiende referida a la regulación del marco general de las mismas”.
La evolución de la situación de la COVID-19 está siendo imprevisible en el aspecto sanitario, lo que requiere la necesaria adopción constante de medidas en el Gobierno central, los Gobiernos de las CCAA, los de las Entidades Locales y las propias FFDDEE para hacer frente a la misma. Hasta la fecha, bajo el liderazgo del CSD y su Grupo de Tareas para el Impulso del Deporte (GTID), todos los actores del mundo del deporte han trabajado de forma coordinada para dotarse de una arquitectura regulatoria de emergencia que ha permitido, por un lado, la vuelta a los entrenamientos de deportistas y clubs, y por otro, para preservar las competiciones profesionales, evitando así agravar el impacto económico de la pandemia sobre el sector. Este Protocolo será continuación o complemento, según los casos, de aquellos ya existentes y vigentes, en particular del general del CSD para la vuelta a los entrenamientos y la vuelta general de la competición, y de los de refuerzo de modalidades deportivas, cuando hayan sido propuestos previamente por las FFDDEE y aceptados por el CSD. Aunque este Protocolo, desde el punto de vista sanitario, tendrá el valor de marco de referencia preferente para aquellas competiciones oficiales de ámbito estatal y carácter no profesional, deberá ser siempre interpretado, cuando fuere posible, teniendo en cuenta las recomendaciones y buenas prácticas derivadas de los demás textos, en particular en aquellas áreas no cubiertas explícitamente por este documento, cuando la situación que surja plantee dificultades inicialmente no previstas o cuando la evolución de la pandemia exijan medidas excepcionales.
1 El Consejo Superior de Deportes garantiza la igualdad efectiva de hombres y mujeres como uno de sus principios básicos de actuación. A tal fin, las menciones genéricas en masculino que aparecen en el siguiente protocolo se entenderán referidas también a su correspondiente femenino, salvo aquellos supuestos en que específicamente se haga constar que no lo es así́.

Se parte de la base de que es imposible garantizar un entorno completamente libre de riesgos y, por tanto, el objetivo no es ni puede ser otro que reducirlo en la medida de lo posible, aplicando las recomendaciones realizadas en cada momento por las autoridades sanitarias. En todo caso, el bien superior a preservar debe ser siempre la seguridad sanitaria, por supuesto del deporte y de los deportistas, pero también de la sociedad en general, y específicamente de aquella parte que convive con los deportistas y su entorno, especialmente expuesta a riesgos de contagio.

Para minimizar ese riesgo en las competiciones que están bajo la tutela de las FFDDEE y se desarrollan en las CCAA se requiere un Protocolo de mínimos claros, pero también es imprescindible que los participantes en el desarrollo de las competiciones respeten estrictamente todas las recomendaciones, instrucciones y precauciones establecidas en este documento, así como las buenas prácticas estándar recomendadas.
Los deportistas, técnicos, auxiliares y demás personal que participa en la organización de las competiciones deben recordar que sus acciones, y en particular, el cumplimiento de los requisitos de distanciamiento social, no solo garantizan un entorno seguro en estas competiciones, sino que también permiten el desarrollo normalizado de las mismas. Todos los miembros de las FFDDEE tienen el deber colectivo de mostrar su liderazgo y de dar ejemplo en la aplicación rigurosa de estas medidas.
Deberá tenerse en cuenta las especificidades de los deportistas con alguna discapacidad, tales como la imposibilidad de cumplir la distancia de seguridad para personas con grandes discapacidades que necesitan apoyo o el tratamiento especial para sillas de ruedas de competición, etc. En este sentido, las FFDDEE deberán prever en sus protocolos de refuerzo las necesidades de estos deportistas y ofrecer soluciones para permitir el desarrollo de los entrenamientos y competiciones en igualdad de condiciones. Además, se ha de proporcionar toda la información relativa a los protocolos y medidas de seguridad sanitaria en un formato accesible, compatible con el cumplimiento de las medidas de higiene.

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El CSD reguló en su momento la vuelta escalonada a los entrenamientos, y ese marco de retorno, dado que sus disposiciones son de carácter general, sigue vigente, en la actual nueva normalidad, y salvo en el ámbito de las competiciones profesionales, es competencia de los Gobiernos autonómicos en coordinación con las Autoridades locales pertinentes, fijar los requisitos y protocolos para el uso de los equipamientos deportivos y la realización de los entrenamientos de forma segura. En cualquier caso, y en relación con los entrenamientos, se ha decidido incorporar algunos criterios de carácter general, orientativos, que permitan establecer una continuidad respecto del inicio de las competiciones, estableciendo una serie de pautas y recomendaciones genéricas que permitan conectar, de forma coherente, la preparación previa con el inicio de las competiciones oficiales.
Este Protocolo también persigue contribuir a la fijación de unas normas de prevención y seguridad que deben desarrollarse con ocasión de las competiciones sujetas a la tutela y supervisión de las FFDDEE, así como a las competiciones cuando impliquen

a equipos o a deportistas de diversas Comunidades Autónomas o en los que participen equipos/deportistas de otros países.
Finalmente, cabe aclarar que la vigencia, material y temporal, de este Protocolo quedará siempre condicionada a la evolución de la pandemia, pudiendo en consecuencia sufrir cambios, de alcance nacional o autonómico, según los casos, que serán propuestos por el CSD y decididos en el marco del GTID y de la nueva Plataforma de Coordinación Interterritorial GTID-CCAA, creada, a propuesta del CSD, el pasado 25 de agosto.

2. Objetivos.
El objetivo de este documento es establecer unas bases de tipo sanitario y operativo mínimas y comunes para todas las competiciones oficiales de ámbito estatal y carácter no profesional, o competiciones internacionales que están bajo la tutela organizativa de las Federaciones deportivas españolas.
Los cambios que se produzcan en el contexto global y en las condiciones reglamentarias obligarán, casi con total seguridad, a revisar y adaptar periódicamente estas bases en las próximas semanas o meses a medida que puedan ir cambiando las condiciones de la pandemia en España, tal y como se ha avanzado en el apartado anterior.
Este documento, como no puede ser de otra manera, estará sujeto y será subsidiario de cualquier normativa que, con carácter general o específico, puedan dictar tanto el Gobierno central como las CCAA, ya sea para el conjunto de las actividades deportivas, o para las competiciones deportivas organizadas por las FFDDEE.
En todo caso, el Protocolo también debe estar subordinado a los criterios prioritarios y obligatorios que puedan dictar puntualmente las Autoridades locales en cada uno de los municipios donde deban desarrollarse las competiciones deportivas y los encuentros.
Regirá el principio de que cualquier adaptación de lo dispuesto en este Protocolo será para reforzar la seguridad sanitaria en función de la evolución de la situación.
3. Ámbito de aplicación.
El Protocolo será de aplicación:
a) A las competiciones oficiales de ámbito estatal y carácter no profesional (en adelante: COAE) aprobadas por las respectivas FFDDEE en sus distintas categorías.
b) A las competiciones oficiales de ámbito internacional que se celebren en el territorio del Estado, siempre que se encuentren incluidas en el calendario de la Federación internacional correspondiente en la que se encuentre integrada o afiliada la FDE y ello, en coordinación con los posibles protocolos que hayan fijado las Federaciones
Internacionales.
c) A las concentraciones y actividades que se realicen en el territorio del Estado por deportistas españoles/as que estén clasificados/as, o con posibilidades de clasificación, para los Juegos Olímpicos o Paralímpicos.
d) Los principios básicos de este Protocolo se harán extensivos al conjunto de la actividad federativa nacional e internacional en régimen de concentración.
Entendiendo la necesidad de dotar de un marco de especial protección a las competiciones o actividades destinadas a las categorías inferiores, cada FDE, en coordinación con las autoridades de las CCAA del lugar de celebración de las COAE podrá fijar medidas específicas para la vigilancia y control de las medidas de seguridad e higiene del presente Protocolo. Entre tales medidas específicas se encontrará el nombramiento de una persona responsable de la FDE y un representante de la Federación autonómica, los cuales deberán estar presentes durante el desarrollo de las competiciones para velar por el cumplimiento de las medidas establecidas al efecto. Está medida específica recomendada a las FFDDEE podrá no ser de aplicación a cada partido de los deportes de Ligas regulares durante el desarrollo de las mismas.
4. Procedimiento
a- El CSD coordina este Protocolo consensuado con las FFDDEE y las autoridades competentes de las CCAA, con el objetivo de servir de documento de referencia que contenga las cuestiones que deberán ser observadas por las FFDDEE en la elaboración de sus protocolos.
b.- Una vez vigente este Protocolo cada FDE podrá disponer de un “protocolo-propio” de refuerzo, espejo del actual, en el cuál se verán reflejados la totalidad de los puntos de este Protocolo así como en su caso las especificaciones o aspectos particulares de cada disciplina, modalidad o especialidad deportiva. El CSD seguirá validando estos “protocolos-propios “de refuerzo de todas las FFDDEE.
El CSD deberá validar los protocolos presentados por las FFDDEE en el plazo máximo de 10 días naturales, cuando sea posible (en su caso se acreditarán los motivos de lo contrario), desde que la FDE correspondiente lo presente, entendiéndose aprobado si el CSD no lo valida dentro de ese plazo.
d.- Estos protocolos desplegarán plenos efectos en las competiciones deportivas a las que se refiere este Protocolo.
5. Principio de “autorresponsabilidad” y “voluntariedad”.
El Protocolo y las reglas básicas que se derivan del mismo están sustentados en el principio de “autorresponsabilidad”.
La responsabilidad de cada uno de los participantes en el desarrollo de la competición es individual, siendo el deber de la FDE correspondiente la supervisión

de su cumplimiento y de esta o de los clubes según proceda su aplicación, debiendo extenderse la necesidad/ obligación de control a organizadores, clubes y entidades participantes pertenecientes a los diferentes colectivos o estamentos.
Además de considerarse una obligación esencial, debemos incluir dentro del principio de “autorresponsabilidad” la comunicación inmediata y precoz ante cualquier indicio de posibles síntomas sospechosos de la infección del COVID-19, la adopción de medidas de aislamiento inmediato y la no presencia individual en entrenamientos o competiciones cuando se tenga sospecha de estar infectado o se haya estado en contacto con alguna persona de la que hubiera sospechas de estar infectada.
Por supuesto, nunca acudir a un entrenamiento o participar en competiciones si se tienen sospechas de estar infectado o se haya tenido constancia de positivos en el entorno próximo hasta que se reciba autorización médica por parte de la autoridad sanitaria competente para poder volver a los entrenamientos y/o a los encuentros o competiciones.
Las personas y clubes que se integran en la actividad deportiva federada se sujetan voluntaria y libremente a las normas que fijan las autoridades.
En el deporte de competición la distancia mínima social no se da, ni puede darse y esto implica un riesgo de contagio mayor, que es asumido voluntaria y libremente por los participantes en la competición.
6. Funciones y responsabilidades.
Para velar por el cumplimiento del Protocolo y garantizar que se aplique correctamente, que se cumplan todos los requisitos sanitarios y se revisen adecuadamente sus principios operativos cada club/equipo debe tomar las siguientes medidas:
a- Tanto cada club, cuando sea organizador de la competición o en aquellas actividades necesarias previas a la competición, como la FDE, o el organizador de la competición en el que hayan delegado, debe nombrar a un Delegado de Cumplimiento del Protocolo (en adelante DCP) que se responsabilizará, de asegurar que se cumplan todos los requisitos de las condiciones preventivas de este Protocolo. El DCP debe ser alguien con el suficiente prestigio y autoridad dentro del club para garantizar que todos los integrantes cumplan con las obligaciones establecidas en todas las competiciones.
b- En todas las instalaciones o espacios deportivos donde se desarrolle una competición el organizador deberá designar un Responsable de Higiene (en adelante RH) que posea conocimientos específicos y prácticos sobre la instalación o espacio deportivo y su funcionamiento, cuya única responsabilidad será revisar los principios operativos del Protocolo con las autoridades locales pertinentes, y asegurarse de que se apliquen correctamente en la instalación o espacio deportivo todos los principios, recomendaciones y medidas de higiene aquí establecidas. El RH debe conocer bien la situación epidemiológica local y

las medidas locales vigentes. El RH es además el responsable de implementar el Protocolo para la entrada a la instalación o espacio deportivo y su área de control, que garantice el estado de salud de todas las personas que entren a la instalación o espacio deportivo y que se complete un formulario de síntomas covid-19.
c- Para el control estrictamente sanitario se crea la figura de Jefe Médico (en adelante JM) de cada FDE que se coordinará con los responsables sanitarios de los clubes o las competiciones.
Será necesario elaborar un control de incidencias sanitarias a todos los niveles y reportarlo a las autoridades competentes.
Será responsabilidad de las Federaciones Deportivas Españolas recomendar a todos los deportistas/ técnicos/ árbitros y todo aquel personal necesario para el desarrollo de la competición el uso de la herramienta desarrollada por el Gobierno Radar Covid19 para que se active también el protocolo ordinario para mayor control de la pandemia.
El resultado de la labor de estos tres mecanismos de control previo desembocará, en primera instancia en una decisión del club, o en su caso del deportista si se trata de deporte individual, de alertar a la FDE concernida. Esta, a su vez, según la gravedad de la situación, contagio aislado o posible brote, decidirán alertar o no a las autoridades competentes y al CSD.
Se acompaña de forma esquemática los diversos compromisos o responsabilidades a asumir en relación con la organización y participación en las COAE:
a.- Compromisos del CSD:
– Coordinar e impulsar la adopción de este Protocolo entre FDE y CCAA para el reinicio de las competiciones estatales de carácter no profesional
– Analizar y validar el “protocolo-propio” de refuerzo que cada FDE le podrá remitir.
– Ejercer la coordinación con las autoridades competentes de cada CCAA y el GTID a través de la Plataforma Interterritorial
b.- Compromisos de las autoridades competentes en materia deportiva en las CCAA
– Recibir del CSD los eventuales protocolos-propios de refuerzo de las FFDDEE
c.- Compromisos de cada FDE:
– Considerar la elaboración de un “protocolo-propio-de-refuerzo” para ser validado por el CSD en las condiciones generales que se marca este protocolo.
– Implementar y cumplir todas las medidas necesarias que se contienen en el “protocolo-propio-de-refuerzo” cuando la organización corresponda a la FDE correspondiente.
– Exigir la implementación y cumplimiento de todas las medidas necesarias que se contienen en el “protocolo-propio-de-refuerzo” cuando la puesta en

marcha y desarrollo (organización fáctica o material) de una competición corresponda a una persona o entidad distinta a la FDE correspondiente.
– Exigir a las entidades y las personas participantes en las COAE -y en el caso de los menores de edad: padre/madre/tutor legal- la firma o suscripción obligatoria de un documento en el que se comprometan a cumplir la totalidad de medidas que se encuentren previstas en el protocolo establecido al efecto y en el que se manifestará la correspondiente exoneración de responsabilidad para eventuales casos de contagio en los que no mediase ni culpa ni negligencia organizativa y que sean los propios del actual riesgo objetivo existente que cada persona deba asumir.
– Disponer de un/a Delegado/a de Cumplimiento del Protocolo (DCP) que será el o la responsable de asegurar el cumplimiento de las medidas establecidas. En el caso de las COAE que sean directamente organizadas por las FFDDEE la persona que actué como DCP será directamente nombrada por aquella.
– Recomendar el uso de la aplicación RADAR COVID a todos los implicados en las competiciones.
d.- Compromisos de los organizadores respecto de las COAE:
– Implementar y cumplir todas las medidas necesarias que se contienen en el “protocolo-propio-de-refuerzo”.
– Exigir a quienes participen la implementación y cumplimiento de todas las medidas necesarias que se contienen en el “protocolo-propio-de-refuerzo”.
– Exigir a las entidades y las personas participantes en las COAE -y en el caso de los menores de edad: padre/madre/tutor legal- la firma o suscripción obligatoria de un documento en el que se comprometan a cumplir la totalidad de medidas que se encuentren previstas en el protocolo establecido al efecto y en el que se manifestará la correspondiente exoneración de responsabilidad para eventuales casos de contagio en los que no mediase ni culpa ni negligencia organizativa y que sean los propios del actual riesgo objetivo existente que cada persona deba asumir.
– Disponer de un/a Delegado/a de Cumplimiento del Protocolo (DCP) que será el o la responsable de asegurar el cumplimiento de las medidas establecidas.
e.- Compromisos de las personas y entidades participantes pertenecientes a los diferentes colectivos o estamentos:
– Cumplir todas las medidas necesarias que se contienen en el “protocolo-propio-de-refuerzo”.
– Cumplir de forma estricta todas las medidas que sean dictadas por las autoridades sanitarias; y, en especial, en los casos relacionados con posibles casos de contagio, sintomatología, contacto estrecho, etcétera que requieran de aislamiento, sometimiento a test, facilitar información para rastreos, u otras medidas establecidas por los profesionales de la medicina.
– Firmar el documento en el que se comprometan a cumplir la totalidad de medidas que se encuentren previstas en el protocolo establecido al efecto y en el que se manifestará la correspondiente exoneración de responsabilidad para eventuales casos de contagio en los que no mediase ni culpa ni negligencia organizativa y que sean los propios del actual riesgo objetivo existente que cada persona deba asumir.

7. Distanciamiento social y medidas de higiene.
En general, el distanciamiento social se considera la forma más eficaz de reducir al mínimo el riesgo de transmisión de la enfermedad, junto con las buenas prácticas de higiene, como el lavado regular de manos.
En todas las competiciones, y entre los que no están en el terreno/pista de juego, se recomienda respetar en todo momento un distanciamiento social de 1,5 metros, y en ningún caso, inferior al fijado como obligatorio por las autoridades competentes.
Se deben aplicar medidas estrictas de distanciamiento entre los deportistas y los demás grupos de personas que se encuentren en la instalación o espacio deportivo en la que se desarrolle la competición.
El uso de la mascarilla por parte de los deportistas y de los equipos arbitrales durante los entrenamientos y las competiciones es voluntaria. En todo caso, en momentos puntuales y ante situaciones excepcionales de la pandemia las autoridades autonómicas y/o las propias FFDDEE, si así lo estiman pertinente, podrán exigir la utilización permanente de las mascarillas durante los entrenamientos y las competiciones cuando estén dentro del terreno/pista de juego.
Es obligatorio que todos los deportistas y resto de integrantes de los equipos (técnicos, auxiliares, equipos arbitrales, etc.) utilicen las mascarillas mientras no estén dentro de la zona de competición o zona de juego, salvo el entrenador cuando esté dando instrucciones a sus deportistas y aquellos deportistas suplentes que en aplicación de las reglas de juego estén en disponibilidad permanente de poder participar en el juego en cualquier momento. Ello resultará extensible a los casos de deportes que no sean de equipo respecto de los participantes cuando no estén interviniendo en la competición.
Recomendaciones para los participantes, los miembros de los equipos y delegaciones deportivas:
a) A nivel familiar y social:
– Cumplir con el distanciamiento social.
– Evitar muestras de afecto y cariño que impliquen contacto físico con terceros ajenos al ámbito de convivencia habitual susceptibles de pertenecer a un grupo de riesgo.
– Reducir el número de contactos al círculo habitual y disminuir el número de personas en reuniones sociales (recomendable menos de 10 personas)
– Uso de la mascarilla individual obligatoria en todo momento.
– Mantener una exquisita higiene de manos con lavados frecuentes con agua y jabón de manera correcta.
– Uso de soluciones hidroalcohólicas si el lavado de manos con agua y jabón no es posible.
– Evitar tocarse con las manos los ojos, nariz y boca.
– Si sufriera de estornudos, o tos, apartarse de cualquier persona y taparse con el brazo aun llevando mascarilla o usar pañuelos desechables, con lavado de manos posterior

– Sustituir la mascarilla si está humedecida.
– Extremar la prudencia en lugares públicos concurridos, guardando la distancia de 1,5-2 metros.
– Evitar, en tanto en cuanto no mejore la situación sanitaria, locales públicos donde el cumplimiento de las medidas preventivas puede resultar más difícil de cumplir.
– Mantener una comunicación fluida con convivientes y contactos estrechos por si surgiera algún contagio no deseado.
b) A nivel de entrenamientos:
Todo lo anterior de la esfera individual y, además:
– Mantener un flujo unidireccional que evite el cruce con otras personas.
– Guardar la distancia mínima en el vestuario o espacio habilitado para tal fin.
– Cambiar, y si no fuera posible limpiar, el calzado de calle con el que se accede a las instalaciones deportivas.
– No utilizar nunca el mismo calzado utilizado en la calle para disputar la competición y/o entrenamientos. Obligatorio el cambio de calzado.
– Mantener la higiene de manos al ir a cambiarse.
– Colocar la ropa de calle en una bolsa y tocarla exclusivamente por el interesado. No dejar la ropa de calle colgada en el vestuario o espacio habilitado. Guardarla toda ella dentro de una bolsa.
– Usar en cada sesión de entrenamiento o competición ropa limpia, recogiéndola y lavando toda la usada.
– Es recomendable el lavado individual de la ropa de uso deportivo.
– Colaborar en la limpieza y desinfección de todo el material utilizado para el desarrollo de la actividad deportiva.
– En situaciones de ejercicio físico la distancia aconsejada cuando existen momentos de hiperventilación (respirar mayor número de veces y con una mayor intensidad) sería de 5-6 metros con los compañeros.
– Después de finalizar los entrenamientos se debe evitar coincidir con otros participantes, estableciendo un margen de tiempo suficiente para realizar las tareas de limpieza o desinfección.
– No compartir bebidas, ni botellas de agua, así como todos aquellos utensilios de uso personal (móvil, tablets, bolsas de deporte, etc.).
– Establecer una secuenciación en la programación de las sesiones. En el caso de los deportes de equipos iría desde individual física, técnica, mini grupal física, técnica, táctica, a pequeños grupos física, técnica, táctica, hasta poder entrenar todo el grupo, sin contacto, y si la situación lo permite con él.
– Ser muy cuidadosos con los tratamientos médicos y fisioterápicos a aplicar a los deportistas.
– Mantener un estricto control médico de cada deportista.
c) A nivel de competición:
Todo lo anterior de la esfera individual y colectiva preventiva y, además:
– Eludir saludos y muestras de afecto, por otras fórmulas de contacto.
– Controlar el mantenimiento de la higiene y desinfección de las instalaciones y de los implementos necesarios para la práctica deportiva de manera escrupulosa.
– Evitar coincidir físicamente con el otro equipo u otros deportistas en la llegada y

salida de las instalaciones.
– Si es necesario el uso de vestuario, se deberán habilitar los necesarios para mantener las distancias de seguridad, y si no fuera posible, establecer turnos. Esto es extensible a los equipos arbitrales y jueces de competición.
– No compartir botellas de agua o cualquier otro líquido, debiendo hacer un uso individual exclusivo.
– No compartir los implementos necesarios para la práctica del deporte.
– Ser extremadamente escrupulosos con todas las atenciones sanitarias, médicas y fisioterapéuticas pre, durante y post competición.
– Tener todas las garantías sanitarias de todos los participantes incluyendo oficiales, equipos arbitrales y demás personas que participan en el desarrollo del encuentro.
8. Reconocimientos médicos previos a la competición.
Dada la evolución de la pandemia de COVID 19, el CSD recomienda que en todas las competiciones, organizadas por las FFDDEE (sin perjuicio de trasladar esta recomendación al resto de organizadores) al iniciar los entrenamientos pre-temporada o en su defecto 72 horas antes del inicio de las competiciones, se realice una prueba específica COVID 19, cuya finalidad será conocer la situación de los deportistas y miembros de los equipos técnicos inscritos, y la eventual detección temprana de posibles positivos o brotes.
Aspectos como el tipo de prueba a realizar, su financiación, la evaluación de su utilidad y si se debe realizar más veces con posterioridad (incluido a través de un mecanismo de pruebas aleatorias no anunciadas) serán determinados con criterios sanitarios, en el marco de los mecanismos existentes de coordinación con las CCAA. Estos analizarán la evolución de los contagios en estas competiciones deportivas de forma regular.
9. Compromisos de los participantes en las COAE.
Todos los participantes (deportistas, técnicos, jueces, clubes, equipos, etc.) en las COAE se comprometen a cumplir todas las medidas establecidas en el apartado 7, así como las normas generales existentes para toda la población.
Será obligatorio cumplir escrupulosamente con las medidas de seguridad y recomendaciones establecidas en los protocolos y seguir las instrucciones de los responsables de sanidad de cada club, instalación o espacio deportivo.
10. Integrantes de los equipos, deportistas individuales o personal de organización presente en la competición.
Los equipos, clubes o deportistas limitarán al máximo el número de personas que, sin ser completamente imprescindibles, compartan entrenamiento, desplazamientos, etc.
Al mismo tiempo y en la medida de lo posible, no se compartirá personal en contacto

directo con los deportistas y/o los técnicos entre diversos equipos, clubes o deportistas.
Los organizadores tratarán de evitar la presencia de personal que no sea imprescindible para la puesta en marcha y desarrollo de la competición.
II) ENTRENAMIENTOS DURANTE LA TEMPORADA.
La vuelta a los entrenamientos de todas las personas sujetas a este Protocolo antes del inicio de las competiciones se podrá realizar cuando las autoridades competentes lo autoricen y de acuerdo con los protocolos y requisitos que estén fijados en cada CCAA, o de los acuerdos interadministrativos que existan entre las diferentes AAPP.
El mismo criterio se seguirá para la continuidad de los entrenamientos durante la temporada.
En el caso de los deportes de equipo, cada club deberá acreditar ante la FDE respectiva y al inicio de la temporada mediante documento formalizado, el cumplimiento de todos los requisitos fijados por las autoridades competentes para el inicio de los entrenamientos. Si los entrenamientos ya se han iniciado lo realizará en el momento en que entre en vigor este Protocolo.
El no cumplimiento de esta obligación impedirá la participación en las competiciones oficiales de todos los equipos del club.
Al mismo tiempo, durante la temporada, cada club enviará a la federación respectiva cada 15 días el documento formalizado de cumplimiento de todos los requisitos fijados por las autoridades competentes para el desarrollo de los entrenamientos.
El no cumplimiento de esta obligación impedirá la participación en las competiciones oficiales bajo la tutela organizativa de la federación de todos los equipos del club durante el período de no comunicación, conforme al procedimiento que cada FDE estipule.
III) DESPLAZAMIENTOS Y ALOJAMIENTO (si fuere el caso).
Se deberán aplicar con carácter prioritario las reglas o normas que con carácter general o específico hubieran dictado el Estado o las CCAA para los tipos de actividades que no son de naturaleza deportiva.
Con el objetivo de facilitar el desarrollo dentro de la máxima normalidad posible de las competiciones, en caso de que se establezcan restricciones a la movilidad interprovincial o interterritorial por parte de las autoridades competentes, las CCAA se comprometen a autorizar el desplazamiento de los deportistas y el personal técnico necesario para la celebración de las competiciones. A efectos de cumplimentar lo anterior las FFDDEE remitirán el listado de deportistas y personal técnico implicados en la celebración de dichas competiciones a las autoridades competentes de las CCAA y en su caso de las CCLL.

Para el caso de la celebración de competiciones de carácter internacional que supongan la entrada en España de equipos/clubes/deportistas extranjeros o la salida al exterior de equipos/clubes/deportistas nacionales, las FFDDEE deberán arbitrar un mecanismo de coordinación con los de equipos/clubes/deportistas implicados a efectos de garantizar el nivel de seguridad sanitaria homogéneo.
1- Para deportistas, personal técnico y operativo.
Cuando los equipos o deportistas se desplacen en medios de transporte colectivo deberán cumplirse las normas que hayan dictado las Administraciones públicas competentes para este tipo de desplazamientos. En todo caso, los equipos o los deportistas valorarán si los desplazamientos individualizados pueden reducir los riesgos.
En todo caso y como mínimo, los equipos y los deportistas deberán cumplir los siguientes requisitos cuando viajen:
1. Uso de mascarillas en todos los espacios públicos durante el viaje.
2. Distanciamiento social con cualquier persona fuera del grupo de deportistas y personal técnico que no forme parte del equipo.
3. Uso regular del desinfectante de manos.
4. Para viajes con autobús cuando no se viaje en coches particulares, los equipos deben asegurarse de que el autobús haya sido completamente desinfectado antes del viaje.
La delegación oficial (p. ej., el presidente del club, la junta directiva, etc.) que viaja con los deportistas y el personal técnico debe mantenerse al mínimo. Salvo que la FDE establezca lo contrario, un máximo de 3 personas de la delegación oficial del equipo podrá asistir a la competición. Dichas personas tendrán las mismas obligaciones que los demás miembros del equipo.
2- Para equipos arbitrales, jueces, personal federativo y personal de la competición
Son recomendables las mismas reglas que en el apartado anterior, debiendo ser el uso de vehículo particular prioritario siempre que sea posible.
Los equipos arbitrales, jueces de competición, el personal federativo y el personal del de la instalación o espacio deportivo deben tener el máximo cuidado y mantener un estricto distanciamiento social en todo momento durante los viajes. Deberán llevar una mascarilla (que cubra la boca y la nariz) durante todo el viaje cuando el distanciamiento social no sea posible, o se prevea imposible, y usar regularmente un desinfectante de manos.

3- Para todos en común.
En caso de los deportes de equipo, o aquellas competiciones de clubes en deportes individuales, si los deportistas, equipos arbitrales, jueces de competición u otro personal participante en las competiciones deben pernoctar se procurará seguir las siguientes recomendaciones:
1- A ser posible los miembros del equipo/club/deportistas individuales se alojarán en habitaciones individuales.
2- Es aconsejable que todos los miembros del mismo equipo se alojen y hagan las comidas necesarias en un único hotel y/o restaurante. Para las comidas, conformar grupos reducidos y estables para minimizar el número de contactos estrechos
3- Debería evitarse el contacto con otros huéspedes o personal del hotel que no sea el imprescindible, mediante sistema de comedor específico.
4- Los propios miembros del equipo/club/ deportistas individuales deberían ser los únicos responsables de manipular el equipamiento y la vestimenta del equipo igual como las maletas y similares.
5- El DCP del equipo será el responsable de asegurarse que el Hotel y/o Restaurante cumpla con las normas establecidas por las autoridades competentes al efecto.
6- Los miembros de los equipos/club/ deportistas individuales (tanto los deportistas como el personal técnico) no deberán abandonar el hotel a menos que sea bajo condiciones previamente acordadas y organizadas y que no impliquen entrar en contacto con nadie fuera de su grupo.
7- El DCP del equipo es responsable de garantizar que las medidas de higiene estándar se cumplan durante cualquier desplazamiento o salida que realice el equipo y mientras dura la estancia en el Hotel y/o Restaurante
El Comité Técnico de Árbitros (CTA) o los Comités Territoriales serán los responsables de velar por el cumplimiento de los requisitos de protección de la salud de los equipos arbitrales/jueces de competición.
Los equipos participantes o los deportistas individuales deben comprometerse a no iniciar los desplazamientos, si alguno de sus deportistas, técnicos u otros miembros de la expedición presentan síntomas compatibles con la infección por COVID-19.
De igual manera debe procederse si alguno de los integrantes de la expedición ha estado en contacto estrecho con alguna persona declarada positiva por test, o con sintomatología pendiente de confirmación.
Igualmente, si no han concluido el periodo de aislamiento o cuarentena recomendado por sus servicios médicos, o por los servicios asistenciales de la sanidad pública o privada, sea cual sea la causa que lo haya motivado.
Los equipos participantes o los deportistas individuales deben comprometerse a efectuar el aislamiento correcto, incluyendo el uso de mascarilla quirúrgica, ante

cualquier inicio de síntomas sea donde sea el inicio de la producción.
De la misma manera, se comprometen a poner en conocimiento inmediato, tanto de las autoridades sanitarias, de la Federación autonómica a la que pertenezcan y a la Federación española respectiva cualquier incidencia en el estado de salud de cualquiera de los miembros de la expedición.
Las obligaciones derivadas de estos aspectos son extensibles a cualquiera de los contactos que hayan podido tener, o puedan estar en contacto con los componentes de la delegación.
IV) INSTALACIONES y/o ESPACIOS DEPORTIVOS.
Todas las instalaciones o espacios deportivos donde deban desarrollarse los entrenamientos y/o competiciones deberán seguir los protocolos de apertura y/o uso establecidos por las autoridades competentes ya sean de ámbito estatal, autonómico o local.
En el caso de los deportes con ligas regulares, los clubes enviarán al inicio de la temporada (o desde el momento de entrada en vigor de este Protocolo) a la FDE respectiva una declaración responsable donde se asegurará el cumplimiento de los requisitos normativos fijados por las autoridades competentes
Lo mismo deberá hacer desde el momento en que hubiera una modificación de las normas aplicables a las instalaciones y/o espacios deportivos y en el plazo máximo de 48 horas desde la entrada en vigor de la nueva normativa.
Deberá someterse también a las normas estatales, autonómicas o en su caso locales las condiciones de seguridad y policiales que resulten necesarias para la organización de la competición y la supervisión de la seguridad en las instalaciones y/o espacios deportivos
Todas las instalaciones y/o espacios deportivos deberán contar con la señalética marcada por la normativa sanitaria y/o de espectáculos públicos, debiendo existir carteles informativos con las medidas higiénicas generales en todo el recinto.
El cumplimiento de los requisitos normativos de higiene y seguridad en las instalaciones y/o espacios deportivos se considera parte integrante de las exigencias técnicas para la autorización federativa de las instalaciones y/o espacios deportivos, por lo que, en caso de detectarse situaciones irregulares, puede suponer la retirada de la autorización para el uso de dichas instalaciones y/o espacios deportivos en competición oficial.

V) COMPETICIONES
La normativa aplicable a las competiciones será, en todo caso, la dictada por las FFDDEE para las COAE.
Todos los clubes o entidades organizadoras de las competiciones y los clubes o deportistas individuales participantes en los mismos deberán cumplir con las previsiones normativas fijadas por las autoridades competentes para este tipo de eventos.
En todo caso, y de manera complementaria, las FFDDEE se asegurarán que en las competiciones oficiales de ámbito estatal que formen parte de las competiciones bajo su tutela se cumplan como mínimo las siguientes reglas siempre que no resulten incompatibles con las normas dictadas por las autoridades públicas competentes que en todo caso serán de aplicación preferente:
1. Programación.
Se programarán todas las competiciones con el tiempo suficiente para que puedan limpiarse todos los espacios necesarios para el desarrollo de la competición y esto debe coordinarse con los posibles horarios televisivos cuando exista retransmisión televisiva de los encuentros.
El club o la entidad organizadora, bajo tutela federativa, será responsable de comprobar el adecuado cumplimiento de los protocolos de higienización y seguridad de las instalaciones por parte de su titular.
2. Condiciones de acceso a las instalaciones deportivas o zonas acotadas por la organización en otros espacios deportivos.
El club o la entidad organizadora de la competición deberá disponer, como mínimo, de los siguientes elementos:
1- Termómetro digital de toma temperatura externa.
2- Botellas de solución hidroalcohólica de manos
3- En la medida de lo posible en la entrada se pondrán alfombras desinfectantes para el calzado.
4- Un número mínimo de 5 cajas de mascarillas para ser distribuidas entre aquellas personas que de forma excepcional deban entrar en el recinto deportivo y no llevaran su propio material de protección y seguridad.
Todos los participantes/asistentes deberán llevar la mascarilla cuando entren en la instalación o zonas acotadas por la organización en espacios deportivos.
El organizador de la competición debe garantizar:

1- Que todos los que vayan a participar y entren en las instalaciones deportivas o zonas acotadas por la organización en espacios deportivos:
a- Haber completado un formulario de control epidemiológico. b- Haberse desinfectado las manos.
c- Usar la mascarilla, salvo que sean los deportistas en la zona de competición o el entrenador y el equipo arbitral o de jueces, aunque es recomendable también su uso durante la competición.
d- Mantener la distancia social.
Si una persona no rellena dicho formulario de control, no puede demostrar las declaraciones hechas en dicho formulario se le denegará el acceso al estadio.
3. Mascarillas y desinfectante de manos.
Las mascarillas que cubren la boca y la nariz deben ser usadas por todos los que operen y participen en la instalación y/o espacios deportivos en todo momento.
El incumplimiento del uso de las mascarillas será reportado al DCP y al RH de la instalación y/o espacios deportivos, y supondrá la expulsión del recinto.
Se debe proporcionar solución hidroalcohólica en todos los puntos de acceso a la instalación y/o zonas acotadas en espacios deportivos y en los puntos de entrada a cada una de las distintas zonas. Todas las personas que entren o cambien de zona deben hacer uso del desinfectante de manos.
Es obligación de todas las personas participantes en la competición llevar su propia mascarilla.
4. Procedimientos de higiene en las instalaciones.
En general, se deben limpiar todas las áreas de la instalación o zonas acotadas en espacios deportivos que vayan a utilizarse para la competición antes de su uso. Estas zonas incluyen, también, las áreas de trabajo de los medios de comunicación, los asientos (dependiendo del uso), las oficinas, las salas de reuniones y las instalaciones sanitarias.
Debe ponerse también especial atención en elementos como la mesa de cronometraje, los equipos informáticos, etc., cuando estos sean necesarios por el tipo de deporte y de encuentro.
Es responsabilidad del club local o el ente organizador de la competición garantizar que dichos procedimientos se han ejecutado de manera adecuada en los momentos anteriores al inicio de esta.

VI) ACTUACIÓN PARA LA DETECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL DE COVID-19
1. Las FFDDEE deberán cumplir y hacer cumplir lo previsto en el presente apartado del Protocolo.
2. Se evitará la presencia o participación en actividades y, en especial, en competiciones personas que: (i) presentasen sintomatología compatible con un contagio; (ii) estuviesen contagiadas sin infección resuelta;
(iii) se hubiese establecido su cuarentena por haber mantenido contacto estrecho con persona contagiada confirmada o, aun no pudiendo ello ser determinado, con persona que presente síntomas compatibles con un posible contagio. En todo caso, los criterios a aplicar por las Federaciones deportivas españolas deberán resultar de lo dispuesto en cada momento por las autoridades sanitarias.
3. Los clubes, respecto de sus integrantes, o los participantes, en el caso de tratarse de modalidades y especialidades que no tengan la consideración de deportes de equipo, tendrán la obligación de comunicar a la federación española los casos que, en base a lo apuntado en el apartado anterior, conlleven la imposibilidad de tomar parte en las competiciones federadas oficiales de ámbito estatal.
4. En los casos de haberse producido un contagio, el regreso a la actividad deportiva, y muy especialmente a las competiciones, requerirá de la autorización correspondiente de la federación española, estando ésta condicionada a la aportación por los interesados de la correspondiente documentación médica acreditativa de la existencia objetiva de una situación que no compromete la salud, ni de la persona afectada, ni de otras personas con las que pudiese tener o llegar a tener contacto en la actividad deportiva.
El incumplimiento de las obligaciones establecidas en el Protocolo supondrá la aplicación del régimen sancionador establecido por cada FDE y/o, en su caso, organizador. En casos de sospecha fundada de brote durante el período de pandemia, la FDE u organizador competente informará al CSD y a la autoridad sanitaria competente el plazo de 24 horas desde el conocimiento de los casos. Las FFDDEE y organizadores se dotarán de los mecanismos oportunos para poder sancionar a aquéllos participantes que incumplan lo dispuesto en este Protocolo y, en su caso, los de refuerzo, pudiendo llegar a la inmediata descalificación.

VII) PÚBLICO
En el momento actual de desarrollo y evolución de la pandemia, y con independencia de que el CSD ha fijado como criterio para las competiciones profesionales sobre las que es competente la no presencia de público, la petición mayoritaria del sector está orientada a la vuelta de las competiciones para la temporada 2020-2021 con presencia controlada y gradual de público, actuando siempre con la prudencia requerida por la propia situación sanitaria.
Con el objetivo de conjugar el regreso de las competiciones federadas oficiales de ámbito estatal y carácter no profesional con la imprescindible seguridad sanitaria, se considera posible, en aras de coadyuvar en la medida de lo posible el regreso a la normalidad social, la presencia de público en el desarrollo de las competiciones objeto de este protocolo, con las siguientes especificidades:
Las competencias sanitarias precisas para una vuelta segura a la competición, que se encuentra en la cúspide de los objetivos perseguidos en este momento, se encuentran radicadas en sede autonómica, por lo que las CCAA podrán adoptar las medidas necesarias para garantizar que el desarrollo de las competiciones con eventual presencia de público, se realice en las mejores condiciones posibles de seguridad sanitaria, variando lo establecido en este apartado.
Las competencias deportivas sobre las competiciones federadas de ámbito estatal y carácter no profesional se encuentran radicadas en las FFDDEE, bajo la tutela del CSD en atención a las funciones públicas delegadas, por lo que éstas podrán adoptar las decisiones que estimen pertinentes sobre afluencia de público en la competición, junto con los organizadores de las mismas, para garantizar el desarrollo de las mismas en igualdad de condiciones de público cuando este pueda ser considerado como un factor esencial por las respectivas FFDDEE, y todo ello sin perjuicio del respeto, en cualquier caso, a las decisiones adoptadas al respecto por parte de las CCAA sobre limitaciones de asistencia de público a que se hace referencia en el párrafo anterior.
En caso de que una Comunidad Autónoma decidiera aprobar la presencia de público, el Consejo Superior de Deportes recomienda que el número máximo de público asistente fijado será de 500 personas para las instalaciones cubiertas y de 1.000 personas para las instalaciones al aire libre, con respeto siempre a los requisitos de carácter general establecidos por las autoridades competentes e incorporando las recomendaciones a los aforos que se acuerden en la Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. Las fases o grupos autonómicos de las competiciones de ámbito estatal se regirán en este aspecto por las disposiciones de la Comunidad Autónoma.
Dada la situación fluida, cambiante y asimétrica de la pandemia, la Plataforma Interterritorial se reunirá antes del 1 de noviembre y una vez que las competiciones oficiales de ámbito estatal se hayan reiniciado, al objeto de valorar la conveniencia de revisar estos aforos.

VII) ACTUACIÓN EN CASO DE POSITIVO EN EL DESARROLLO DE UNA COMPETICIÓN
En caso de que se detecte un positivo en un equipo o durante el periodo de desarrollo de una competición de ámbito estatal y carácter no profesional:
1. Comunicar el positivo a:
a. Consejería de Sanidad de la CCAA correspondiente. Supeditado a las recomendaciones de la CCAA correspondiente.
b. FDE correspondiente
c. Entidad local competente en el territorio donde se desarrolla la competición
2. Automáticamente seguir el protocolo del Ministerio de Sanidad y/o autoridad sanitaria autonómica
3. Si existiese algún contacto estrecho dentro del club, de la misma manera, se deberá seguir el protocolo del Ministerio de Sanidad y/o autoridad sanitaria autonómica.
4. Se deberán desinfectar las instalaciones.
5. Las FFDDEE deberán establecer un sistema de rastreo de posibles casos positivos provocados por contacto estrecho en coordinación con las Autoridades Sanitarias.
La resolución del desarrollo de las competiciones regulares (Ligas), así como las decisiones estimadas en la afectación de la continuidad de la misma será responsabilidad de las Federaciones deportivas españolas establecidas previamente y de conocimiento para todos los participantes. En el caso de que por motivos sanitarios o por una alteración sobrevenida de la movilidad interprovincial o entre CC.AA, cada Federación deberá prever un mecanismo de reserva de calendario al final de la temporada para recuperar partidos, así como un criterio objetivo mínimo de cada FDE y /o competición, según quien sea competente, para dar la competición por resuelta, estableciendo un mínimo de partidos o jornadas celebradas o como alternativa si la situación se prolonga la suspensión de la competición.
IX) ANEJOS
1. Formulario de localización personal (FLP). *A ser completado por todos los participantes en la competición
Nombre tal como aparecen en DNI o en el Pasaporte u otro documento de identidad válido:
Dirección durante la competición (calle/apartamento/ciudad/número postal/país):
Número de teléfono:
Correo electrónico:
Países/CCAA que visitaste o donde estuviste en los últimos 7 días
Responder a las preguntas siguientes en relación con los últimos 14 días:
Esta información se podrá compartir con las autoridades locales de Salud Pública para permitir un rápido rastreo de contactos si un participante en el evento sufre la enfermedad COVID-19 o llegó en contacto con un caso confirmado.
Fdo. El Deportista o Tutor
En____a ____ de 20__ Preguntas SI NO
1
¿Tuvo contacto cercano con alguien diagnosticado con la enfermedad COVID- 19?
2
¿Proporcionó atención directa a pacientes de COVID- 19?
3
¿Visitó o permaneció en un ambiente cerrado con algún paciente con la enfermedad COVID-19?
4
¿Trabajó/estudió de forma cercana o compartiendo el mismo ambiente laboral o de clase con pacientes de COVID- 19?
5
¿Ha viajado con un paciente COVID- 19 en cualquier medio de transporte?
6
¿Ha vivido en la misma casa que un paciente COVID- 1?9?
2. Modelo de lista de verificación.
El organizador de la competición o titular de la instalación desarrollará punto por punto, a partir del protocolo, una lista de verificación que irá incluida en cada plan específico de cada centro, instalación o espacio deportivo, así como en el plan específico de un evento deportivo.
Además, definirá a los responsables de las medidas de prevención en cada apartado, se elaborará una lista que se pueda verificar fácilmente y comprobar su correcto cumplimiento con los apartados que en cada caso correspondan y la adjuntará al Plan específico.
Modelo base de lista de verificación/comprobación:
SI NO N.P RECOMENDACIONES GENERALES – HIGIENE DE MANOS:
O Dispensadores de gel, agua y jabón distribuidos
O Indicaciones para el lavado frecuente
O Material de secado de un solo uso
O Papeleras de pedal para desecho de material
– DISTANCIAMIENTO SOCIAL
O Señalizaciones de distancia mínima de 1,5m
O Flujo de personas por las instalaciones
– EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL (EPIs)
O Indicaciones de uso de mascarillas según necesidades
O Disponibilidad de mascarillas
O Disponibilidad de otros EPIs para el personal sanitario o en caso de tener que acompañar a un sintomático (batas…)
O Control del dispositivo de comprobación del uso de mascarilla en medios de transporte.
O Control del dispositivo de comprobación del uso de mascarilla en la instalación o espacio deportivo
– HIGIENE RESPIRATORIA:
O Cartelería para recordar medidas de higiene respiratoria
O No compartir objetos personales, herramientas o material deportivo, o desinfección de los mismos
O Recipientes para desechar los pañuelos de un solo uso
O Limitaciones al uso de aseos y vestuarios
– LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN
O Recomendaciones de limpieza y desinfección (productos a utilizar)
O Turnos de limpieza y desinfección
O Pautas de ventilación antes, durante y después
O Limpieza y desinfección de zonas comunes
O Limpieza y desinfección de aulas/despachos
O Limpieza y desinfección de gimnasio/zonas deportivas
O Limpieza y desinfección de aseos
O Limpieza y desinfección de vestuarios
O Limpieza y desinfección de materiales deportivos
O Limpieza y desinfección de zonas de restauración
– RESIDUOS
O Papeleras de pedal
O Gestión de residuos
– NORMATIVAS
O Normativa de uso de instalaciones
O Restricción al aforo
O Cita previa
– MEDIDAS DE INFORMACIÓN
O Cartelería informativa
O Charlas informativas
O Formación de personal
O Control del dispositivo de comprobación de que las personas responsables de identificar los síntomas cuentan con la formación e información necesaria para hacerlo.
O Control del dispositivo de comprobación de que se conocen y respetan aforos y las limitaciones de uso de duchas, aseos y vestuarios.
O Control del dispositivo de comprobación de que las personas deportistas (en especial menores) conocen las recomendaciones y están sensibilizadas respecto a la importancia de
O Control del dispositivo de comprobación de que las medidas preventivas adicionales durante el desarrollo
RECOMENDACIONES ESPECÍFICAS – MEDIDAS SANITARIAS EN ACCESO Y USO DE LA INSTALACIÓN
O Establecimiento de puntos de acceso
O Control de flujo de personas
O Control del dispositivo de comprobación de que no acceden a las instalaciones más que las personas acreditadas
O Control del dispositivo de comprobación de que se controlan los aforos y no se superan en los distintos
O Registro diario de control de entrada
O Registro de incidencias
O Protocolo de acceso a la instalación visible
O Provisión de material de desinfección
O Cartelería indicativa de distanciamiento social distribuida por zonas
O Turnos de desinfección de instalaciones
O Limitaciones al aforo
O Fomento del teletrabajo
O Trámites telemáticos
O Pagos telemáticos
O Gestión de zona de residencia (si existe)
O Medidas específicas para modalidades de deportistas con discapacidad
– MEDIDAS SANITARIAS EN ENTRENAMIENTOS
O Controles médicos a deportistas respecto a COVID-19
O Control de asistencia a entrenamientos
O Indicación de uso o no de mascarilla en cada momento
O Indicaciones para el uso de la instalación deportiva
O Indicaciones para el uso de material
O Otras medidas
MEDIDAS SANITARIAS EN COMPETICIÓN -VALORACIÓN DEL RIESGO:
O Número de participantes previsto, incluyendo deportistas, técnicos y espectadores.
O Aire libre o instalación
O Grado de contacto
-MEDIDAS DE PREVENCIÓN ADOPTADAS – DEPORTISTAS E INSTALACIÓN O ESPACIO DEPORTIVO
NP: no procede
O Obligatoriedad o no del uso de mascarillas
O Normativa de uso compartido de material
O Desinfección periódica de la instalación o espacio deportivo
O Señalización en la instalación o espacio deportivo
O Formulario de localización
O Medidas higiénicas en competición
O Cumplimiento del distanciamiento en competición
– PERSONAL DE APOYO Y ESPECTADORES
O Limitaciones al aforo
O Valoración de personas de riesgo
O Formación del personal de apoyo
O Distanciamiento entre el público
O Uso de mascarillas
– CEREMONIA DE APERTURA Y ENTREGA DE TROFEOS
O Adopción de medidas de prevención
– REUNIONES TÉCNICAS
O Medidas de distanciamiento
O Celebración telemática
– DESIGNACIÓN DE UN RESPONSABLE DEL PROTOCOLO
– EXISTENCIA DE UN PROTOCOLO DE CONTINGENCIA ANTE PERSONAS CON SÍNTOMAS
3. Certificado del responsable del equipo.
Sr. ………………………………………………………, mayor de edad y con DNI…………………… , con el número de teléfono ………………….y domicilio en
…………………….. Calle …………………………………………… número……………..
En calidad de Delegado de Cumplimiento del Protocolo (DCP) del equipo
…………………………………………..
CERTIFICO
1- Que ningún participante presenta sintomatología compatible con el Coronavirus SARS- CoV-2 (fiebre superior o igual a 37,5 grados, tos, malestar general, sensación de falta de aire, pérdida del gusto, dolor de cabeza, fatiga, dolor de cuello, dolor muscular, vómitos, diarrea) o cualquier otro síntoma típico de las infecciones.
2- Que ningún participante ha dado positivo ni ha tenido contacto estrecho con alguna persona o personas con sintomatología posible o confirmada de COVID-19 en los 14 días inmediatamente anteriores a la fecha de firma de este documento.
3- Que se ha garantizado documentalmente y puesto a disposición de todos los participantes del encuentro los protocolos de seguridad y medidas informativas y de prevención de higiene y de seguridad de la COVID-19 y que se le ha informado de la exclusión de la competición y de la instalación o zona acotada del espacio deportivo para cualquiera de los participantes que incumpla dichas normas.
4- Que es consciente y acepta que el incumplimiento de las normas del COVID-19 especialmente la no declaración de casos positivos confirmados o personas con síntomas implica una infracción muy grave del código disciplinario que puede llevar como consecuencia una sanción de exclusión de la competición y, en su caso, pérdida de la categoría deportiva.
5- Que el organizador del encuentro ha registrado a todos los participantes en el mismo a los efectos de poder tener una trazabilidad en caso de que se diera un positivo o síntomas de positivo entre alguno de los participantes que haya tenido contacto estrecho con los demás con ocasión del encuentro.
Al mismo tiempo declara estar informado de las medidas específicas de protección e higiene establecidas en el Protocolo del CSD………………… y de la Federación Española de ……………. cuyas normas son de obligado cumplimiento para los participantes en las competiciones deportivas oficiales de ………….. y para todos los clubes afiliados a la Federación que participan en las mismas.
El cumplimiento de las normas antes citadas es una responsabilidad individual de cada uno de los participantes y del club o entidad que organiza el encuentro, sin que exista responsabilidad alguna por parte de la Federación Española de … de los contagios que con ocasión de la disputa de la competición se pudieran producir.
Y para que conste a los efectos oportunos, expido este certificado en ….. el ………….. de …………… de………………..
Firma
4. Declaración responsable.
Sr./a ………………………………… mayor de edad y con DNI………………… con número de teléfono…………… domiciliado en …………………………. en nombre propio o como padre/madre/ tutor/a legal del menor …………………………….. con licencia federada número……………….. emitida por la Federación ……………………. Comparezco y manifiesto como mejor proceda
DECLARO RESPONSABLEMENTE
1- Que tengo pleno conocimiento y conciencia que la práctica del deporte del
……… tanto en los entrenamientos como en los encuentros implica un riesgo de contagio del COVID-19 del cual soy consciente y acepto, en el bien entendido que tendré derecho a poder presentar las reclamaciones oportunas contra aquellas personas que hubieren incumplido las reglas de protección y comunicación establecidas en los protocolos, especialmente cuando haya sido un deportista que hubiere participado en el encuentro.
2- Que no presento sintomatología compatible con el Coronavirus SARS- CoV-2 (fiebre superior o igual a 37,5 grados, tos, malestar general, sensación de falta de aire, pérdida del gusto, dolor de cabeza, fatiga, dolor de cuello, dolor muscular, vómitos, diarrea) o cualquier otro síntoma típico de las infecciones.
3- Que no he dado positivo ni ha tenido contacto estrecho con alguna persona o personas con sintomatología posible o confirmada de COVID-19 en los 14 días inmediatamente anteriores a la fecha de firma de este documento.
4- Que he leído los protocolos de seguridad y las medidas informativas y de prevención de higiene y de seguridad de la COVID-19 dispuestas por el organizador de la competición y del encuentro y las acepto cumplir de manera responsable, en su totalidad, con las pautas de conducta y comportamiento que allí se establecen, aceptando que el Responsable de Higiene del evento puede acordar motu propio mi exclusión de la competición y de la instalación o zona acotada del espacio deportivo en caso de incumplirlas.
5- Que soy consciente y acepto que el incumplimiento de las normas del COVID-
19 especialmente la no declaración de haber dado positivo o no haber declarado el hecho de haber tenido una relación próxima con personas con síntomas implica una infracción muy grave del código disciplinario que puede llevar como consecuencia una sanción de exclusión de la competición y la pérdida de la licencia deportiva por toda la temporada.
6- Que me comprometo a informar al club y a la Federación (antes de cualquier partido) de cualquier síntoma que tenga compatible con el COVID-19, el hecho de haber dado positivo o la existencia de cualquier presunto o confirmado caso de covid-19 en el entorno familiar o próximo y me comprometo a mantener puntualmente informado de la evolución de los mismos a los responsables del club.
Esta información será tratada de manera confidencial y con la exclusiva finalidad de
poder adoptarse las medidas necesarias para evitar el contagio y la propagación del virus. Al cumplimentar el presente documento, el abajo firmante otorga el consentimiento expreso para que la Federación de …………….. pueda hacer un tratamiento de estos datos desde el punto de vista estrictamente médico y de prevención.
Al mismo tiempo y con la firma de este documento se declara conocer las medidas específicas de protección e higiene establecidas en el Protocolo del CSD………………… y de la Federación Española de ……………. cuyas normas son de obligado cumplimiento para los participantes en las competiciones deportivas oficiales de ………….. y para todos los clubes afiliados a la Federación que participan en las mismas.
El cumplimiento de las normas antes citadas es una responsabilidad individual de cada uno de los participantes y del club o entidad que organiza el encuentro, sin que exista responsabilidad alguna por parte de la Federación Española de … de los contagios que con ocasión de la disputa de la competición se pudieran producir.
Y para que conste a los efectos oportunos,
FIRMO
En ….. el ………….. de …………… de………………..
5. Resumen de riesgo.
Evaluación de riesgos ante COVID-19 en eventos multitudinarios: principales consideraciones
Puntuación total del riesgo
Muy preparado para mitigar los efectos de COVID-19 (76-100)
Algo preparado para mitigar los efectos de COVID-19 (51-75)
Poco preparado para mitigar los efectos de COVID-19 (26-50)
Muy poco preparado para mitigar los efectos de COVID-19 (0-25)
0 (Riesgo muy bajo) Muy bajo Muy bajo Bajo Moderado
1 (Riesgo bajo) Muy bajo Bajo Bajo Moderado
2 (Riesgo moderado) Bajo Bajo Moderado Muy alto
3 (Riesgo alto) Moderado Moderado Muy alto Muy alto
4 (Riesgo muy alto) Muy alto Muy alto Muy alto Muy alto
CONSIDERACIÓN PRINCIPAL
El riesgo general de transmisión y la posterior propagación de COVID-19 se consideran muy bajos.
El riesgo general es bajo; sin embargo, se recomienda comprobar si se pueden reforzar las medidas de mitigación.
El riesgo general es moderado; se recomienda invertir esfuerzos significativos para mejorar las medidas de mitigación o habría que reducir el riesgo de transmisión.
El riesgo general de transmisión y la posterior propagación de COVID-19 se consideran muy altos.

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