¿Cuánto puede deducirse por inscribir a un hijo en un club de fútbol? ¿Y el gasto deportivo en ropa o unas botas? Os explicamos la propuesta del PP

Esta semana el Partido Popular presentaba una serie de medidas para favorecer la práctica deportiva. El presidente del PPCV, Carlos Mazón, explicaba una propuesta pionera a nivel nacional contempla una deducción de hasta 300 euros del 30% del gasto deportivo por unidad familiar en el IRPF. Este porcentaje se verá incrementado hasta el 50% para mayores de 65 años y personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33% , y hasta el 100% para mayores de 75 años y 66% de discapacidad.

Antes de explicar bien la medida hay que establecer varias premisas:

  • La propuesta es una futura medida que pondría en marcha Carlos Mazón en caso de ganar las elecciones en la Generalitat Valenciana y que forma parte de su programa de gobierno. Por tanto, los anuncios deberán desarrollarse en el texto legal oportuno (Ley, decreto ley, etc).
  • Se trata de una deducción en el IRPF (impuesto de la renta)  tributo que grava la renta de las personas residentes en España durante un año natural.
  • Esta iniciativa es una propuesta para incentivar la práctica deportiva en general e intentar que cada vez haya más personas que practiquen actividad física.
  • Es una propuesta ligada al concepto moderno de actividad física, que va ligada a la salud. Cuanta mayor gente practique actividad física, mejor salud y por tanto, también una mayor salud de la sociedad en general y por tanto un menor gasto en sanitario.

Se establecen criterios:

Deporte Base
  1. Grado de discapacidad
  2. Edad, incentivando a colectivos en los que la práctica de la actividad física puede ser especialmente beneficiosa. Por ejemplo, mayores de 65 años.
  3. Modular el incentivo en función de la base imponible. Entendiendo la base imponible como la suma de la base imponible general correspondiente a la suma de los miembros de la unidad familiar y que no supere la cantidad de 40.000 euros. Es decir, todas aquellas familias que sumando la base imponible de ambos cónyuges no superen los 40.000 euros, podrán descontárselo.

La deducción estará condicionada a no superar el importe de 300 euros anuales por persona que genere derecho a la misma. Una persona que pague un gimnasio por 30 euros mes 360 euros al año se podra deducir 108 y por ejemplo el pago de una cuota de 500 euros para jugar en un club de fútbol la deducción sería de 150 euros.

El porcentaje ascenderá al 50 % para contribuyentes con una edad superior a 65 años y ascenderá al 100 % si la edad es superior a 75 años.

El porcentaje ascenderá al 50 % si la persona que realiza la práctica deportiva tiene acreditada una discapacidad igual o superior al 33 por ciento y ascenderá al 100 % si la discapacidad acreditada es igual o superior a un 65 %.

¿Qué gastos podrán incluirse para la deducción? De forma genérica serán las inscripciones a centros deportivos-gimnasios, las fichas federativas de las personas que estén federadas a un deporte determinado.

En cualquier caso, la concreción exacta vendrá determinada en la ley o decreto que regule esta medida si así se impulsa desde el futuro gobierno de la Generalitat.

Conceptos como las botas, zapatillas o el diverso material deportivo, no está previsto que se pueda desgravar en un principio.

Otra reivindicación es la rebaja del IVA DEPORTIVO, que está establecido en el 21%. Este impuesto es de competencia del gobierno central, por tanto el autonómico lo único que puede hacer es solicitar al gobierno central esa rebaja.

Los clubes como tal han de ir a las subvenciones establecidas específicas para ellos a través de las diferentes administraciones.

Esta iniciativa de deducciones está enfocada para que la unidad familiar sume los gastos descritos y pueda deducirlos en la declaración de renta anual. La deducción no es sólo para las personas que estén federadas.

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