La FFCV lanza esta convocatoria de curso online para poder iniciar el plan de estudios federativo de Licencias UEFA.
Las 60 horas lectivas de este Curso de Entrenador de Fútbol Nacional (monitor) se computarán posteriormente a aquellos alumnos que decidan realizar el curso UEFA B (nivel 1).
El curso online comenzará el 30 de septiembre y finalizará el 30 de octubre (En un principio estaba previsto que iniciara el 23 de septiembre, pero debido a retoques en la plataforma online del curso han retrasado una semana el inicio). El precio es de 200 euros, los exámanes presenciales pueden ser en Castellón e incluye 100 horas de prácticas en un club federado.
Cómo matricularse
Para realizar la matrícula en este curso deberá dirigirse al apartado ‘Entrenadores’ de nuestra página web y allí enlazar con la pestaña ‘Plataforma de Cursos‘.
Una vez desplegada, dentro del Curso de Entrenador Nacional C Online deberá seleccionar ‘Información’ para poder acceder a la documentación requerida por el curso.
A continuación debe enlazar con la Preinscripción para poder comenzar el proceso de matrícula.
Formalizada la matrícula, y en la fecha que se establezca, el Curso dará comienzo a través de la plataforma y de manera online, siguiendo los pasos que en la misma se detallen.
Hay de plazo hasta el 27 de septiembre para formalizar la preinscripción en el curso.
3. CRITERIOS DE ADMISIÓN
3.1. Aspirantes con nacionalidad española.
a. Tener dieciséis (16) años cumplidos al comienzo de Curso.
b. Estar en posesión al menos del Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o el Título de
Educación Obligatoria vigente, según el plan de estudios cursado por el aspirante.
c. Certificado médico oficial de aptitud física en el que conste que el alumno no tiene
impedimento para realizar las funciones propias de un entrenador de fútbol, tales como la
dirección de entrenamientos y partidos. En el caso de que el aspirante se encuentre en
posesión de una Licencia federativa con el reconocimiento médico en vigor, quedará exento
de la presentación del certificado anterior.
d. Aquellos aspirantes con problemas de salud o lesiones graves podrán matricularse en el curso
siempre y cuando presenten un certificado médico oficial acompañado del preceptivo
informe que acredite que pueden realizar las funciones propias de un entrenador de fútbol,
tales como la dirección de entrenamientos y partidos. Podrá realizarse una reserva de plazas
para dichos alumnos del 10%.
3.2. Aspirantes con residencia permanente en España.
a. Tener dieciséis (16) años cumplidos al comienzo de Curso.
b. Estar en posesión al menos del Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o el Título de
Educación Obligatoria vigente, según el plan de estudios cursado por el aspirante. Caso de
haber realizado su formación en el extranjero, deberá homologarla en España a través del
Ministerio de Educación y Ciencia.
c. Acreditar un dominio de la lengua española tanto a nivel oral como de forma escrita.
d. Certificado médico oficial de aptitud física en el que conste que el alumno no tiene
impedimento para realizar las funciones propias de un entrenador de fútbol, tales como la
dirección de entrenamientos y partidos. En el caso de que el aspirante se encuentre en
posesión de una Licencia federativa con el reconocimiento médico en vigor, quedará exento
de la presentación del certificado anterior.
e. Aquellos aspirantes con problemas de salud o lesiones graves podrán matricularse en el curso
siempre y cuando presenten un certificado médico oficial acompañado del preceptivo
CURSO ENTRENADOR DE FÚTBOL NACIONAL C
ONLINE
informe que acredite que pueden realizar las funciones propias de un entrenador de fútbol,
tales como la dirección de entrenamientos y partidos. Podrá realizarse una reserva de plazas
para dichos alumnos del 10%.
3.3. Aspirantes sin residencia permanente en España.
a. Tener dieciséis (16) años cumplidos al comienzo de Curso.
b. Estar en posesión al menos del Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o el Título de
Educación Obligatoria vigente, según el plan de estudios cursado por el aspirante. Caso de
haber realizado su formación en el extranjero, deberá homologarla en España a través del
Ministerio de Educación y Ciencia.
c. Acreditar un dominio de la lengua española tanto a nivel oral como de forma escrita.
d. Certificado médico oficial de aptitud física en el que conste que el alumno no tiene
impedimento para realizar las funciones propias de un entrenador de fútbol, tales como la
dirección de entrenamientos y partidos. En el caso de que el aspirante se encuentre en
posesión de una Licencia federativa con el reconocimiento médico en vigor, quedará exento
de la presentación del certificado anterior.
e. Aquellos aspirantes con problemas de salud o lesiones graves podrán matricularse en el curso
siempre y cuando presenten un certificado médico oficial acompañado del preceptivo
informe que acredite que pueden realizar las funciones propias de un entrenador de fútbol,
tales como la dirección de entrenamientos y partidos.
f. Justificación detallada de los motivos de realización del curso en España, dicha justificación
deberá ser aprobada por la Escuela Nacional.
g. El número máximo de admitidos no podrá superar nunca el 10% del total de alumnos.
Los aspirantes de los puntos 3.2 y 3.3 deberán ser objeto de estudio y aprobación por parte de la Escuela Nacional de Entrenadores de la RFEF.
En atención a lo previsto en la Disposición Adicional Octava del Real Decreto
1363/2007, la Real Federación Española de Fútbol manifiesta que toda la formaicón descrita en los apartados anteriores tiene un reconocimiento único y exclusivo de la UEFA (en el marco de la Convención de la UEFA sobre Titulaciones Técnicas) con todas las consecuencias que a nivel de participación en competiciones oficiales reconocidas por la FIFA y la UEFA y de movilidad internacional conlleva formar parte de dichas estructuras como miembro de las mismas.
En este sentido debe señalarse que la UEFA y la FIFA sólo reconocen a la RFEF como el único ente competente en España para realizar dichas formaciones sin que ningún ente no adscrito o reconocido por la RFEF pueda ofertar dichos Diplomas y Licencias con la validez a nivel internacional que prevé la Convención de la UEFA sobre Titulaciones Técnicas.
En cumplimiento de la Disposición Adicional Octava apartado 4 del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial, se informa de que los estudios que se imparten y de los diplomas o certificados que se expiden no tienen el carácter de oficial.