El United Vinaròs recurre ante el Tribunal Deporte para que su Infantil A pueda competir

Un club de fútbol base de la provincia de Castellón, el Club de Fútbol United Vinaròs, ha presentado ante el Tribunal del Deporte de la Comunidad Valenciana un recurso contra la Resolución de la Federación de Fútbol de la Comunidad Valenciana, del 4 de octubre, en el que se excluyó al equipo Infantil A del citado club para competir en la categoría Grupo I Primera Infantil para la presente temporada 2018-19. El Tribunal del Deporte de la Comunidad Valenciana es el órgano supremo en materia jurisdiccional deportiva en los ámbitos disciplinario, competitivo y electoral, que decide en última instancia administrativa las cuestiones de su competencia. Está adscrito orgánicamente a la Consejería competente en materia de deporte y actúa y resuelve con independencia de ésta, así como de las federaciones y otras entidades deportivas y de cualequiera otra administración, entidad o persona.

Castellón Base ha tenido acceso al recurso que detalla los hechos ocurridos. En el pasado mes de septiembre, una vez iniciada la actividad deportiva de la temporada, tanto el club como los padres de los jugadores percibieron que su nivel del equipo era inferior a lo exigido por la categoría del Infantil A en la que había participado el ejercicio anterior. Este mismo conjunto de jugadores que iban a conformar el Infantil A habían obtenido tan sólo 13 puntos de los 84 disputados en el pasado campeonato. El club, además, justificaba la petición de jugar en Segunda por razones económicas (desplazamientos) y finalidad social de la entidad.

Siguiendo las instrucciones de José Francisco Reula, vocal de la Junta Directiva de la Federación Valenciana de Fútbol, el 24 de septiembre el club presenta un escrito en el que de manera simultánea renuncia a participar en Primera Regional Infantil aceptando participar en Segunda y de hecho el club constata que ya no figura en el listado de equipos del Grupo 1 de Primera Infantil dando por hecho que se ha procedido al cambio solicitado.

Deporte Base

Sin embargo, el 26 de ese mismo mes el Comité de Competición acuerda «desestimar la solicitud presentada por el Club de Fútbol United Vinaròs y, en consecuencia, excluir a este equipo en la competición de Infantil Primera Regional Grupo I, no admitiendo su participación en la categoría de Segunda Regional Infantil». El club recurre esta decisión al entender, entre otros razonamientos aportando documentos, que la sanción impuesta tienen un carácter muy grave teniendo en cuenta que en virtud de ellas dieciocho niños se ven impedidos de competir. «Tratándose de medidas de semejante envergadura, entendemos que su aplicación es desmesurada…el equipo Infantil A del United Vinaròs nunca ha tenido intención de dejar de competir, sino de cambiar de categoría. Es más, ha consultado con la propia Federación, a través de José Francisco Reula Soler». El club también entiende que la vacante, perfectamente, podría haber sido cubierta por equipos de Segunda clasificados en la parte alta de sus ligas y que no ascendieron.

El club, por tanto, entiende que su Infantil A no debió ser excluido de la competición ya que su intención era competir con equipos de su nivel. El hecho, además, de que la Segunda Regional tenga dos grupos de 15 equipos en la zona geográfica de la provincia de Castellón, su inclusión no habría necesitado realizar cambio alguno en el calendario y además se podría cubrir la vacante de Primera Regional. «Además en caso de no aceptar la inclusión en Segunda Regional, entendemos que igualmente mantendría el derecho a competir en Primera Regional», recoge el recurso que hace referencia a los principios rectores del deporte y la actividad física recogidos en el artículo 2 de la Ley 2/2011, de 22 de marzo, de la Generalitat, del Deporte y la Actividad Física de la Comunidad Valenciana, como lo son la especial atención a la protección del deportista, la consideración del deporte y de la actividad física como actividades sociales de interés público que mejoren la salud y aumenten la calidad de vida y el bienestar, el derecho de todos los ciudadanos y ciudadanas a practicar, conocer y participar en la actividad física y el deporte en igualdad de condiciones, entre otros, máxima tratándose en este caso de niños y niñas de entre 13 y 14 años de edad, cuya única intención es la de participar en las competiciones de fútbol.