Vila-real exime la obligación de estar al corriente de pagos para acceder al Plan Resistir

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Vila-real  ha aprobado las bases de las subvenciones a los sectores afectados por la covid-19, que podrán empezar a solicitarse a partir del próximo lunes. Se trata de las ayudas directas a la hostelería, que concederá el Ayuntamiento y dotadas con 50.000 euros, y la línea de subvenciones Paréntesis, del Plan Resistir de la Generalitat, que cuentan con 1,2 millones para sectores especialmente afectados por las restricciones de contención de la pandemia, como la restauración o centros deportivos.

Las bases, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia, han eliminado el requisito de estar al corriente de pago con la Administración con el objetivo de facilitar el acceso a las ayudas a aquellos negocios que, a consecuencia de la pandemia, no han podido cumplir con sus obligaciones fiscales. «Tenemos que ser especialmente sensibles con la situación de muchos negocios que habitualmente cumplen escrupulosamente con el pago de sus impuestos, pero a los que la covid ha puesto en la tesitura de no poder hacer frente a estos gastos. Estamos en una situación excepcional y, por eso, de manera extraordinaria, hemos trabajado mucho para poder eliminar este requisito», explica el concejal de Economía, Xus Madrigal.

Para solicitar las ayudas, los interesados pueden pedir ya cita previa en la web http://citaprevia.vila-real.es, donde se ha habilitado un botón específico para este servicio bajo el epígrafe Plan Resistir / Ayudas ocio nocturno. Los trámites se gestionarán por personal específico y dedicado en exclusiva a atender estas solicitudes.

Deporte Base

Extracto convocatoria publicada en el BOP

Publicada el sábado 6 de marzo.

QUINTA.- OBLIGACIONES
Los beneficiarios de la subvención, sin perjuicio de las obligaciones genéricas de las leyes de procedimiento administrativo y de la
normativa sectorial, deberán cumplir las obligaciones siguientes:
1.- Someterse a las actuaciones de comprobación por parte del Ayuntamiento y a las de control financiero que corresponden a la
Intervención Municipal.
2.- Se exime, en aplicación de lo previsto en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones, dada la naturaleza de las
presentes subvenciones, de hallarse el beneficiario al corriente de pago de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Vila-real
así como con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social.
3.- No encontrarse incurso en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a excepción de lo previsto en el punto anterior.
4.- No encontrarse inhabilitado por el Ayuntamiento ni por cualquier otra Administración Pública para acceder a nuevas convocatorias de subvenciones.
5.- No encontrarse en trámite de resolución de ningún expediente de inhabilitación para acceder a estas ayudas.
6.- Destinar la subvención para los fines para los cuales ha sido autorizada.

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