Los clubs deportivos de élite pueden solicitar ayudas a la Diputación de Castellón hasta el 29 de septiembre

El Boletín Oficial de la Provincia ha publicado con fecha de siete de septiembre de 2023 la convocatoria de ayuda dirigida a clubs de la provincia de Castellón que tendrá un importe total de un millón de euros destinados por la Diputación. Hasta el 29 de septiembre de 2023 hay plazo para presentar la solicitud.

Podrán beneficiarse de las subvenciones los clubes deportivos de la provincia de Castellón que participen en competiciones de ámbito nacional o internacional en sus equipos absolutos y/o categorías inferiores en casos especiales.
No podrán tener la condición de beneficiario las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS).
La percepción de ayudas en esta convocatoria será incompatible con la percepción de ayudas en las
siguientes convocatorias:

  • Convocatoria de subvenciones a clubes deportivos de la provincia de Castellón con competiciones
    oficiales de deporte base para la realización de actividades deportivas durante el ejercicio económico
    2023.
  • Convocatoria de subvenciones a clubes deportivos de la provincia de Castellón de municipios con
    población inferior a 3000 habitantes para la realización de actividades deportivas durante el ejercicio
    económico 2023.
  • Gastos subvencionables (gasto corriente)
  • Serán gastos objeto de subvención los que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen dentro del ejercicio 2023. En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.
  • Únicamente serán objeto de ayuda los gastos de carácter CORRIENTE, en ningún caso gasto en
  • bienes inventariables. A tales efectos se considerarán gasto de inversión aquellos suministros de bienes cuya vida útil sea superior a un año, siempre y cuando su importe unitario sea igual o superior a150,00 €.
  • De la actividad subvencionada, ÚNICAMENTE son gastos subvencionables de las presentes ayudas los que se relacionan a continuación:
  • Gastos federativos (licencias deportivas, mutualidad e inscripciones a competiciones).
  • Arbitrajes.
  • Material deportivo no inventariable.
  • Ropa deportiva.
  • Desplazamientos a competiciones (transporte, alojamiento y manutención).
  • Alquiler de instalaciones deportivas.
  • Servicios (médico, nutrición, fisioterapia, entrenamiento, psicología…).
  • Personal (deportistas, entrenadores, coordinadores, directores técnicos…)
    Se considerarán gastos no subvencionables todos aquellos que no se ajusten a los conceptos anteriores.

La cuantía de la subvención no podrá superar el 50% de los gastos subvencionables de la actividad, siendo la subvención máxima de 350.000,00 €, salvo en aquellos casos especiales que, en su caso, sean apreciados por la comisión de valoración, de los que se dejará constancia expresamente en la resolución.

Deporte Base

Criterios de valoración.
Los criterios para valorar las solicitudes que hayan aportado correctamente la documentación exigida en la base octava son los siguientes:
A) Nivel de competición del equipo de máximo nivel en categoría masculina y femenina que compitan a nivel nacional o internacional (hasta 1600 puntos)

  • Equipo femenino absoluto (o de máxima categoría de la entidad) – Hasta 800 puntos. Se valorará la
    estructura, la categoría que milita en la temporada 2022/2023 y los resultados nacionales e internacionales de la temporada anterior.
  • Equipo masculino absoluto (o de máxima categoría de la entidad) – Hasta 800 puntos. Se valorará
    la estructura, la categoría que milita en la temporada 2022/2023 y los resultados nacionales e internacionales de la temporada anterior.
    B) Desplazamientos (hasta 400 puntos)
    Se valorará el número de desplazamientos, el ámbito de los desplazamientos y el personal desplazado.
    C) Deporte base (Hasta 500 puntos)
  • N.º de licencias de deporte base. No se computarán licencias de juegos municipales o de clubes filiales.
    D) Deportistas (Hasta 500 puntos)
  • Deportistas olímpicos y paralímpicos
  • Deportistas internacionales absolutos.
  • Deportistas internacionales en categorías inferiores.
    E) Repercusión en redes sociales (hasta 200 puntos)
  • Seguidores en Facebook, Twitter e Instagram del principal perfil del club (sólo se computará un único perfil por cada red social)
    F) Presupuesto de la actividad (gastos subvencionables) (hasta 300 puntos)
    Se valorará el presupuesto de la actividad (gastos subvencionables) que será el importe que se
    deberá justificar posteriormente.
    Evaluadas cada una de las solicitudes formalizadas, de acuerdo con los criterios de valoración, se distribuirán los créditos mediante el prorrateo del importe máximo de la convocatoria en función de los puntos obtenidos.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor escribir tu comentario:
Por favor ingrese su nombre aquí